Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 16/12/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA

ANUNCIO de bases.

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Por Decreto de Alcaldía núm. 1.913/2004, de 18 de noviembre de 2004, se han aprobado las Bases y Convocatorias de diversas plazas de la plantilla de funcionarios y personal laboral fijo de esta Corporación, cuyo texto es el que sigue:

I. Normas generales.

Primera. Se convocan para cubrir en propiedad las plazas de este Excmo. Ayuntamiento que figuran en los anexos de estas Bases generales.

Estas plazas pertenecen a la plantilla de funcionarios de carrera y personal laboral, de esta Corporación y están dotadas de los haberes correspondientes al grupo de clasificación que igualmente se especifica. El aspirante que obtenga plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidad actualmente vigente, sin perjuicio de que por el puesto que ocupe le sea de aplicación otro de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo.

Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuran en Anexos cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales.

Segunda. La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases y Anexos correspondientes y, en su defecto, se estará a lo establecido en el Real Decreto

781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/84, de 2 de agosto, Real Decreto

896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de la Administración Local, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

II. Requisitos de los aspirantes.

Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Ser español o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regule la materia.

B) Tener cumplidos 18 años de edad.

C) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

E) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente.

F) Estar en posesión o condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los anexos de esta convocatoria.

G) Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los anexos correspondientes.

Cuarta. Los requisitos establecidos en la base tercera, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse en último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo.

III. Solicitudes.

Quinta. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancias que les serán

facilitadas por el Negociado de Personal de este Ayuntamiento, sito en la Plaza de Andalucía núm. 6 de esta localidad, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente y presentada en el

Registro General de Documentos de esta Corporación, con justificante de ingreso en la Tesorería Municipal de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fija en 50 euros, o en defecto se acompañará el resguardo del giro postal o telegráfico de su abono. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la

publicación de un extracto de estas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

Durante el plazo de presentación de instancias se adjuntarán a las mismas, en las convocatorias en que figure la fase de Concurso en sus anexos respectivos, relación detallada de los méritos y justificantes de los mismos por parte de los

solicitantes, sin que sean tenidos en cuenta, ni valorados, aquellos méritos aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo referido. Los documentos aportados en la fase de Concurso habrán de ser originales o fotocopias debidamente compulsadas.

IV. Admisión de los candidatos.

Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen por este

Ayuntamiento, se publicará en el Boletín Oficial de la

Provincia de Sevilla Resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, y en su caso causa de no admisión.

Séptima. Tanto para subsanar los errores de hecho como para solicitar su inclusión en el caso de resultar excluido, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a aquél en que se haga pública dicha lista de aspirantes en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

Octava. De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración social de los Minusválidos y en la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con discapacidad en Andalucía, en las pruebas selectivas para el ingreso en Cuerpos y Escalas de Funcionarios de carrera y Personal Laboral, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el

desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o períodos en prácticas, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los

interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.

V. Tribunales.

Novena. Los Tribunales calificadores de los ejercicios y méritos de los aspirantes, a que se contraen las distintas convocatorias, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, de reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, quedará compuesto de la siguiente manera:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Junta de Andalucía.

Dos Técnicos o experto designado por el Presidente de la Corporación.

Dos representantes designados por la Junta de Personal del Ayuntamiento, si la plaza es de personal funcionario, o por el Comité de Empresa, si la plaza es de personal laboral.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Todos los componentes del Tribunal tendrán voz y voto.

Asimismo a todos los miembros se les asignará un suplente y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y que no se hallen previstos en las Bases. En caso de que no se halle presente el Presidente o su

suplente, asumirá las funciones del mismo, el Vocal de mayor edad. El Vocal de menor edad sustituirá al Secretario, en caso de ausencia de éste o de su suplente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlo, cuando concurran las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal respectivo, no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes al de las plazas convocadas.

Todos los miembros del Tribunal tendrán derecho a la

percepción de asistencia, en la forma y cuantía señaladas en la legislación vigente.

El Tribunal respectivo, en las pruebas que se consideren convenientes, podrá recabar la colaboración de asesores en la materia de que se trate. Tales asesores actuarán con voz pero sin voto.

VI. Desarrollo de los ejercicios.

Décima. El calendario de inicio de las pruebas, hora y lugar de realización, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Igualmente se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la

siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días. Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en el tablón de edictos de la Corporación

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal.

Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el aspirante cuyo primer apellido, y según la lista de admitidos

alfabéticamente ordenada, comience por la letra "A". Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido comenzara por la letra indicada, actuaría en primer lugar aquel opositor cuyo primer apellido comience por la letra del alfabeto inmediatamente siguiente.

VII. Sistema de calificación.

Undécima. Fase oposición. Todos los ejercicios de las

distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los

aspirantes, si así lo decide el Tribunal calificador, serán obligatorios, eliminatorios y calificados hasta un máximo de

10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

Si en alguno de los temas o partes que contengan los

ejercicios al aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando por tanto eliminado.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de cero a diez. Se despreciarán las notas máximas y mínimas,

eliminándose solamente una de cada una de ellas, cuando éstas fueran varias.

La calificación de los ejercicios será la media resultante de dividir la suma de los puntos otorgados por cada uno de los miembros del Tribunal entre el número de los mismos cuyas calificaciones no hayan sido despreciadas.

El sistema de calificación general no regirá para aquellas pruebas en cuyos anexos se establezca otro distinto.

La puntuación total de la fase de oposición será la resultante de la suma de las calificaciones obtenidas por los aspirantes aprobados en todos y cada uno de los ejercicios.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de edictos de la Corporación.

Fase concurso. En aquellas convocatorias en que así se

determine en sus anexos respectivos, esta fase será como a continuación se indica, salvo que en los anexos se

estableciera una fase de concurso diferente, y se valorará conforme al siguiente baremo:

1. Titulaciones académicas.

Por poseer título académico relacionado con el puesto que se concursa, aparte de la exigida para acceder al grupo que pertenece, hasta un máximo de 1,50 puntos, en la forma

siguiente:

- Titulación máxima dentro de la rama, profesión o

especialidad: 1,50 puntos.

- Segundo nivel de titulación con las características

anteriores: 0,75 puntos.

- Tercer nivel de titulación con las características

anteriores: 0,50 puntos.

A estos efectos de equivalencia de titulación, sólo se

admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación y Ciencia con carácter general y válidos a todos los efectos. No se valorarán como méritos, títulos académicos

imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior a que se aleguen.

2. Cursos y Seminarios.

Por la participación en Cursos y Seminarios, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 1,50 puntos, en la forma siguiente:

- Cursos hasta 9 horas: 0,10 puntos.

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,35 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,50 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,75 puntos.

- Cursos de más de 300 horas: 1,00 punto.

Si el curso se hubiera impartido por un organismo oficial (adicionales): 0,20 puntos.

3. Prestación de servicios en Administraciones Públicas. Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos, en la forma

siguiente: por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses prestados en las Administraciones Públicas: 0,25 puntos.

4. Experiencia.

La experiencia en las mismas áreas de conocimientos

correspondientes a la del puesto solicitado se valorará hasta un máximo de 4 puntos, de la forma siguiente:

- Por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses, en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,75 puntos.

- Por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses, en la empresa privada: 0,40 puntos.

5. Publicaciones, conferencias, cursos, seminarios, etc. Se valorarán hasta un máximo de 1,5 puntos otros méritos, tales como publicaciones o conferencias, cursos, seminarios, etc., siempre y cuando estén relacionados con las funciones asignadas al puesto a desempeñar.

En ningún caso la valoración total de los méritos de

conformidad con lo dispuesto en los apartados anteriores, podrá ser superior al 45% de la puntuación máxima prevista en la fase de Oposición.

El Tribunal sólo podrá valorar aquellos méritos que hayan sido alegados previamente por los aspirantes en la relación

adjuntada a la instancia en la que solicitan tomar parte en la convocatoria.

- Para los cursos y seminarios: diploma o certificación de asistencia expedido por Centro u Organismo oficial.

- Para los servicios prestados en Administraciones Públicas: certificación expedida por funcionario competente.

- Para los servicios prestados en empresas privadas: contrato de trabajo y certificado de cotización a la Seguridad Social.

Aquellos méritos de entre los alegados, que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecido en esta Base, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal calificador.

Resuelta esta fase, se publicará en el tablón de edictos de la Corporación el resultado de la misma, detallándose la

puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes que

hubiesen superado la fase previa de Oposición.

VII. Puntuación final y propuesta de selección.

Duodécima. Finalizada la fase Oposición y Concurso, el

Tribunal hará pública en el tablón de edictos de la

Corporación, la puntuación de los aspirantes que hubieran superado todos los ejercicios, sumadas a la puntuación de la fase de Concurso, así como la propuesta de nombramientos a favor del aspirante/s, sin que puedan rebasar éstos el número de plazas convocadas.

Seguidamente el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados a la Presidencia de la Corporación, para su nombramiento.

IX. Presentación de documentos y nombramientos.

Décimotercera. El aspirante o aspirantes propuestos aportarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, en la forma indicada en la base duodécima, los documentos

acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera y cuarta de la convocatoria, y los que se exijan en su caso, en cada uno de los Anexos. El cumplimiento del requisito C) de la base tercera habrá de acreditarse a través del certificado médico correspondiente. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos para ocupar plaza, no podrán ser nombrados o formalizar el correspondiente contrato, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia. Los que tuvieren la condición de funcionarios públicos o personal laboral fijo de este Ayuntamiento, estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.

Cumplidos los anteriores trámites, el Presidente de la

Corporación resolverá el nombramiento o contratación a favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenido plaza, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar desde el día siguiente al que sea notificado.

En aquellos casos en que el aspirante no tomara posesión en el plazo indicado, no reuniese los requisitos exigidos para ocupar la plaza, o no superarase los respectivos cursos de formación, cuando así se establezca, perderá su derecho a la plaza, formulándose nueva propuesta en la forma prevista, a favor del aspirante que, habiendo superado todos los

ejercicios, figure en el puesto inmediatamente inferior en el orden de calificación.

Décimocuarta. Los aspirantes a funcionarios, además de superar las pruebas de selección establecidas en la convocatoria respectiva, deberán superar los cursos de formación que se determinen para las plazas en que así se indique en los anexos de esas Bases Generales.

De dichos cursos de formación quedarán exentos aquellos aspirantes que acrediten las condiciones que se llegarán a especificar en los anexos respectivos a dichas plazas.

Los aspirantes propuestos por el Tribunal Calificador que pasen a realizar el curso de formación que se contenga en el anexo de las convocatorias en que así se determine estarán, en cuanto a su nombramiento, a lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión e Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, quedando, en cuanto a materia de retribuciones a lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo previsto en los anexos de la convocatoria en que así se determinare, perderán el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera.

Quienes no pudieran realizar dicho curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social

sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente

justificada y apreciada por la Administración, podrán

efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Décimoquinta. Los aspirantes a convocatorias de personal laboral quedarán sujetos, desde la formalización de su

respectivo contrato de trabajo, a la normativa laboral, no alcanzando la condición de personal laboral fijo hasta la superación satisfactoria del período de prueba fijado en el Convenio Colectivo para personal laboral fijo.

X. Impugnación.

Décimosexta. La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente de los de Sevilla, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, puede interponer recurso potestativo de

reposición en el plazo de un mes a contar de la mencionada publicación, o cualquier otro recurso que estime pertinente.

Contra las actuaciones del Tribunal se podrá formular recurso de alzada ante el Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que se haga pública su actuación en el tablón de edictos de la Corporación, en los términos previstos en la Ley 30/92, modificada por Ley 4/99.

Personal Funcionario

ANEXO I

Plaza: Arquitecto Técnico.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la: Escala de la Administración Especial, Subescala de Técnicos Medios.

Grupo: B.

Nivel C.D.: 23.

Sistema de selección: Concurso-Oposición libre.

Complemento específico: el establecido en la VPT.

Titulación exigida: Arquitecto Técnico.

Fase oposición.

Primer ejercicio: consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: consistirá en realizar por escrito en el tiempo máximo de 2 horas, un ejercicio práctico propuesto por el Tribunal, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978: significado y estructura. Principios Generales. Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. La Corona. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

4. La organización del Estado en la Constitución. Las

Comunidades Autónomas: Estatutos de Autonomía. La

Administración Local.

5. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

6. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

7. El procedimiento administrativo. Significado. Concepto de interesado. Las fases del procedimiento administrativo.

8. Los recursos administrativos: concepto, clases y principios generales.

9. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

10. Organización y funcionamiento de la Administración Local: el Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

11. Potestades de la Administración Local. Potestad normativa: Reglamentos, Ordenanzas, Bandos. Competencias de los Entes Locales: materias en las que puede asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.

13. Las Haciendas Locales: clasificación de los recursos. Ordenanzas Fiscales.

14. El Personal al servicio de las Entidades Locales. La Función Pública Local: organización, selección y situaciones administrativas. El Personal Laboral.

Materias específicas

1. La legislación urbanística española. Antecedentes. Régimen del Suelo y Valoraciones: Régimen Urbanístico de la propiedad del suelo.

2. Valoraciones: Criterios, deducciones, concesiones y

derechos reales. De obras, edificaciones, instalaciones, plantaciones y arrendamientos. Supuestos. Valor según tipos de suelos.

3. Ordenación del territorio en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Planes de ordenación, coordinación, cooperación y organización. Protección de la legalidad. Disposiciones.

4. Objetivos y contenidos de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

5. La Ordenación Urbanística. Instrumentos de Ordenación: enumeración, desarrollo y regulación. Actuaciones de interés público.

6. El Régimen Urbanístico del suelo. Clasificación y régimen de las distintas clases. Parcelaciones.

7. Instrumentos de intervención del mercado del suelo. Los patrimonios públicos del suelo. Derechos.

8. Ejecución de los instrumentos de planeamiento. Formas de gestión de la actividad urbanística. Proyectos de

urbanizaciones.

9. Actuaciones por unidad de ejecución: Disposiciones

generales y sistemas.

10. Las actuaciones urbanizadoras mediante obras públicas ordinarias, áreas de gestión integrada y la ejecución de obras de edificación definidas como otras formas de ejecución de las unidades.

11. La conservación de obras y construcciones. Obras de urbanización. Obras de edificación y obras en inmuebles en general.

12. La disciplina urbanística: disposiciones, licencias urbanísticas. La inspección urbanística. Protección de la legalidad.

13. Las infracciones urbanísticas y sus sanciones.

Disposiciones generales y los tipos básicos y específicos de las infracciones y sanciones.

14. Ordenación de la Edificación: motivos. Disposiciones generales. Exigencias técnicas y administrativas de la

edificación. Agentes de la edificación. Responsabilidades y garantías.

15. El Plan General de Ordenación Urbana de Los Palacios y Villafranca. Disposiciones generales y particulares.

Regulación de sistemas y usos. Condiciones comunes y

ordenanzas de edificación. Anexos y modificaciones puntuales.

16. Normativa Técnica reguladora del servicio de

abastecimiento de Los Palacios y Villafranca.

17. Normativa Técnica reguladora del servicio de saneamiento de Los Palacios y Villafranca.

18. Condiciones para la concesión de licencias e instalaciones de quioscos en la vía pública de Los Palacios y Villafranca. Disposiciones generales, condiciones, régimen de distancias, facultades de la Corporación y condiciones de instalación.

19. Regulación de la ocupación de la vía pública con terrazas y estructuras auxiliares de Los Palacios y Villafranca. Normas comunes, ocupaciones y exposiciones en general.

20. Limpieza y vallado de solares de Los Palacios y

Villafranca. Normas generales. Derivaciones a suelos

urbanizables y no urbanizables.

21. Ordenanzas de vallas publicitarias, carteleras y rótulos de Los Palacios y Villafranca. Condiciones de los

emplazamientos y de las instalaciones. Régimen jurídico.

22. Normas mínimas de accesibilidad en edificios. Normas técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte en Andalucía.

23. Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. Disposiciones generales, específicas,

derechos de los trabajadores. Anexos a las mismas.

24. Normas aplicables al tratamiento de aguas residuales y su desarrollo.

25. Condiciones generales y específicas para los servicios y Centros de Servicios Sociales en Andalucía.

26. Protección del dominio público viario y limitaciones a la propiedad según la Ley de Carreteras y su Reglamento General.

27. Reglamento sanitario de las piscinas de uso colectivo: objeto, ámbito y definiciones. Instalaciones y servicios.

28. Las viviendas de Protección Oficial: legislación

reguladora. Ambito de aplicación. Destino, superficies y módulos. Normas de diseño. Régimen de usos y accesos.

Financiación y ayudas. Tramitación.

29. Demoliciones: trabajos previos y acondicionamiento de terrenos. Proceso y condiciones de ejecución. Medidas de seguridad en el trabajo. Criterios de medición y valoración.

30. Cimentaciones: diferentes tipos. Zapatas. Tipos y

cálculos. Pilotes: teoría de los distintos sistemas.

31. Cimentaciones: proceso y condiciones de ejecución. Medidas de seguridad en el trabajo. Controles de calidad. Criterios de medición y valoración.

32. Saneamiento: criterios de diseño. Características

constructivas. Controles y pruebas. Criterios de medición y valoración. Conservación y mantenimiento.

33. Estructuras de hormigón armado. Normativa de aplicación. Condiciones de ejecución. Medidas de seguridad en el trabajo.

34. Cerramientos de fachadas de ladrillo. Normativa de

aplicación. Condiciones de ejecución. Medidas de seguridad en el trabajo.

35. Cubiertas: distintos tipos. Normativa de aplicación. Soluciones constructivas. Puntos singulares. Controles de calidad y prueba. Criterios de medición y valoración. Medidas de seguridad en el trabajo. Conservación y mantenimiento.

36. Obras de urbanización, pavimentación y redes de servicios. Normativa de aplicación. Criterios de diseño y calidad. Criterios de medición y valoración. Conservación y

mantenimiento.

37. Fisuras en el hormigón armado: diferentes tipos.

Características. Causas y efectos. Vigilancia y tratamiento. Ayudas de laboratorio.

38. Las humedades en la construcción. Diferentes tipos, características. Causas y efectos. Prevención. Tratamiento. Reparaciones.

39. Clasificación de empresas contratistas de obras. Grupos, subgrupos y categorías y su clasificación. Supuestos.

40. Garantías exigidas para los contratos con la

administración: prestaciones, constitución y efectos.

41. Los Pliegos. El pliego de clausulas administrativas generales. El pliego de clausulas administrativas

particulares. El pliego de prescripciones técnicas

particulares. Exenciones y excepciones.

42. De la tramitación de los expedientes de contratación. Clases de expedientes. Tramitación.

43. De la adjudicación de los contratos: procedimientos y formas de adjudicación. Normas generales de procedimiento.

44. Cesión de los contratos y subcontratación. Pagos.

45. De la adjudicación de los contratos: criterios de ofertas desproporcionadas o temerarias de subastas. Valoración y observación de las proposiciones.

46. De la ejecución y modificación de los contratos: dirección e inspección de la ejecución. Facultades del órgano de

contratación. Reajustes, resolución, prórrogas, penalidades, modificaciones y suspensiones.

47. Anteproyectos, proyectos y expedientes de contratación, según el Reglamento General de la Ley de Contratos.

48. Contrato de Obras: preparación. Contrato de Concesión. Publicidad.

49. La ejecución, modificación y extinción de los contratos de obras. Ejecución de obras por la Administración.

Personal Laboral Fijo

ANEXO I

Plaza: Operadora Telefonista.

Número de plazas: 1.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: el establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado Escolar, FP 1 o equivalente.

Fase oposición.

Primer ejercicio: consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: consistirá en realizar por escrito en el tiempo máximo de 2 horas, un ejercicio práctico propuesto por el Tribunal, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales.

2. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales.

3. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y

disposiciones generales.

4. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

5. Organización y funcionamiento de la Administración Local: el Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

Materias específicas

1. Atención al público. Reglas básicas en el trato con el ciudadano. Insatisfacción de los ciudadanos. Derechos de los administrados. Atención telefónica. Conocimiento, utilización y atención de un servicio telefónico. Manejo y utilización de guías telefónicas.

2. Centralitas privadas de commutación. Características funcionales de las líneas telefónicas. Directorios y

programación. Harware específico. Tarjetas de sistema.

3. Los sistemas de seguridad de las centralitas. Seguridad dinámica: principios de confidencialidad. Seguridad estática: los sistemas propios y los de alimentación ininterrumpida.

4. El Sistema Ibercom. Características fundamentales.

5. Instalación de buscapersonas: manejo y utilización.

6. La telefonía móvil.

7. Redes trunking: funcionamiento, operatividad.

8. Repetidores, redes y mallas, medios de transmisión.

9. La selección en las comunicaciones. Tonos de información. Tráfico en la red. Sistemas telefónicos.

ANEXO II

Plaza: Editor.

Número de plazas: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: el establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado Escolar, FP 1.º o equivalente.

Fase oposición.

Primer ejercicio: consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: prueba de carácter práctico que consistirá en la elaboración de un guión técnico de un informativo de 5 minutos de duración y posterior montaje del mismo. El

aspirante deberá montar al menos tres noticias de las cinco propuestas por el Tribunal, con una duración máxima de un minuto cada una de ellas, para lo cual dispondrá de los siguientes materiales:

Una unidad de control de edición (A/broll). Dos magnetoscopios players. Un magnetoscopio recorder. Una mesa de mezcla de video. Una mesa de mezcla de audio. Dos monitores de video, uno previo y otro programa. Un amplificador de sonido. Un monitor de audio. Una cinta SVHS en la que llevará grabada la voz en off de las noticias, y las demás cintas de video necesarias para el montaje de las noticias.

Para la elaboración de esta prueba el aspirante dispondrá de

90 minutos como máximo.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales.

2. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales.

3. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y

disposiciones generales.

4. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

5. Organización y funcionamiento de la Administración Local: el Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

Materias específicas

1. Televisión: análisis y síntesis de la señal de televisión. Barrido, entrelazado. La señal de TV en color. Parámetros y tolerancias. Elección de la frecuencia subportadora de color. Codificador PAL. Modulación Cuadratura. Generador de sincros PAL. Ancho de banda de la señal de video en banda base. Señal de barra de color.

2. Sonido: propagación del sonido. Cualidades del sonido. Medida y control de la señal de audio. El decibelio. Vumetro y Picometro. Sistemas reductores de ruido. Micrófonos.

3. Colorimetría, óptica e iluminación: naturaleza de la luz. Conceptos fotométricos y unidades. Leyes de Graznan. Conceptos básicos de lentes y objetivos. Correctores de temperatura de color. Características de la visión humana. Iluminación básica para TV. Tipos de proyectores.

4. Control de imagen: esquemas de bloques de una cadena de cámaras. CCD: concepto y tipos. Ajustes básicos de cámara, knee, slope, gamma, balance de blancos y negros. Operación de control de cámaras.

5. Características y operación de equipos. El mezclador: tipos de incrustaciones, luminancia, lineal y croma. Función del DSK. Cortinillas, tipos. Buses de pgm, pst, key y auxiliar. Transiciones. Sincronización de señales. Operación del monitor de forma de onda y vectorscopio. Conceptos básicos de DVE. Conceptos básicos de generadores de carácteres. Operación de magnetoscopios: reproducción con DT. Operación con editoras del tipo BVE: el time-track, multisplit, gestión EDL, Init Panel, Switcher memory y DME memory, Teclas PF. El impulso GPI, tipos y utilización.

6. Grabación magnética: fundamentos. Características y tipos de cintas magnéticas. Tipos de grabación magnética de la señal de video. Diagrama de bloques básicos de la señal de video en un magnetoscopio.

7. Magnetoscopios: características básicas. Tipos de señal de entrada/salida. El TBC. Servomecanismos: función del CTL. El código de tiempo. Sistema de video profesional: Umatic SP. Betacam SP, Betacam SX, Betacam Digital. Color Framing.

8. Conceptos digitales. Coversión analógica/digital: teorema de Nyquist, muestreo, cuantificación, codificación y

almacenamiento. Sistemas de compresión de video: MJPEG, MPEG2, normas de compresión, entropía, redundancia, función de la DCT. Interfaz SDI. Características básicas de la norma CCIR

601.

9. Técnicas de realización: nociones generales sobre técnicas de realización. Continuidad. Conceptos básicos del montaje. Modos de edición: assemble, insert, dividida, pre-read. Composición de la imagen. Edición on-line y off line. Edición no lineal.

ANEXO III

Plaza: Ayudante Cámara.

Número de plazas: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: el establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado Escolar, FP 1 o equivalente.

Fase oposicion.

Primer ejercicio: consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: prueba de carácter práctico que consistirá en la grabación de varios planos en exteriores e interior y montaje de una cámara en Plató, con todos sus accesorios, trípode, zoom, ect... Para la ejecución de este ejercicio el aspirante, dispondrá de un máximo de 70 minutos.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se

calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales.

2. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales.

3. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y

disposiciones generales.

4. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

5. Organización y funcionamiento de la Administración Local: el Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

Materias específicas

1. Física: conocimientos básicos de electricidad. Ley de Ohm. Pilas y baterías. Amperímetros. Voltímetros. Transformadores.

2. Sonido: naturaleza del sonido. Características y

propagación. Fenómenos acústicos. Fisiología del oído. La Voz. Micrófonos: tipos. Soportes de micrófonos (cajas, jirafa, antivientos). Mesas de sonido para ENG.

3. Colorimetría: naturaleza de la luz. Características del color. Mezcla aditiva de colores. Métodos sustractivo de mezcla de colores. Coeficientes tricromáticos de una luz de color. Concepto fotométrico. Unidades. Temperatura de color. Fotómetros y Termo colorímetros. Características de la visión humana. Leyes de Tricromía. Triángulo internacional de color.

4. Optica: reflexión y refracción. Absorción. Lentes.

Formación de imágenes. Distancia focal. Luminosidad y Número F. Número T. Círculos de confusión, profundidad de campo y profundidad de foco. Distancia hiperfocal. Objetivos. Clases de objetivos: focal y focal variable (zoom). Multiplicadores. Macros. Filtros: neutros, de temperaturas de color, difusores, efectos especiales, polarizadores. Ajuste del grupo óptico de la cámara.

5. Operación y elementos de la cámara. Tipos de cámara. Mandos operativos de la cámara. Movimientos de Cámara: estáticos, pedestales, trípodes y demás elementos mecánicos. Diferentes planos de encuadre. Composición del plano. Profundidad, enfoque y perspectiva. Equilibrio de masas. Gradación tonal. Configuración ENG y EFP.

6. Televisión: análisis y síntesis de la imagen de TV.

Generalidades del sistema PAL. La señal de TV en color. Monitoreado de la imagen. Vectorscopio. Monitor de forma de onda.

7. Cámara de TV en color. Configuración de la cadena de cámara. Diagrama de bloques. Sistemas ópticos de Cámara. Divisor de haz luminoso. Vidic 3/4n. Plumbic 3/4n. Santic

3/4n, CCD: FT, IT, FIT, HAD, Hiper HAD. Procesado de la señal de vídeo: preamplificación y control de ganancia, registro. Ajuste de cámara: ganancia, niveles. Convergencias. Corrección de Gamma. Corrección de detalle (DTL). Balance de blancos. Balance de negros. Ajuste de diafragma. Visor de cámara. Señalización. Intercomunicación. Relación de aspecto 4/3 ó

16/9.

8. Nociones de grabación magnética: formatos. Magnetoscopios portátiles para reportaje. Cuidado y conservación de cintas. Configuraciones de trabajo con equipos ligeros. Grabación y reproducción del sonido. Medida y control de la señal de audio. Toma de sonido en reportaje. Nivel micrófono y nivel línea. Alimentación Phanton.

9. Iluminación: fundamentos de la iluminación. Luz llave o principal. Luz de relleno. Contraluz. Luz ambiente. Tipos de lámparas y clases de luces. Temperaturas de color. Tipos de proyectores y accesorios. Instrumentos de medida: fotómetro. Cálculos de potencias y consumo de un plan de iluminación en una entrevista con una o dos personas.

10. Realización: conocimiento del lenguaje audiovisual (Guión Técnico, Racord, Salto de eje, Ritmo...) ya sean grabados o en directo.

ANEXO IV

Plaza: Auxiliar Sonido.

Número de plazas: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: el establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado escolar, FP 1 o equivalente.

Fase oposición.

Primer ejercicio: consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Prueba de carácter práctico que consistirá en la realización del control de un informativo de al menos 15 minutos de duración. Para ello el aspirante dispondrá de un guión técnico y comprobará las conexiones de micrófonos, ecualización de voces de locutores, preparación de jingles, ráfagas y totales. Para la ejecución de este ejercicio el aspirante, dispondrá de un máximo de 45 minutos en total. Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales.

2. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales.

3. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y

disposiciones generales.

4. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

5. Organización y funcionamiento de la Administración Local: el Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

Materias específicas

1. Eléctrica: diodos. Transistores. Montajes básicos.

Conceptos básicos de modulación de amplitud y frecuencia. Interconexionado e instalaciones de equipos. Normativa de instalaciones eléctricas de baja tensión.

2. Características físicas del sonido: ondas sonoras.

Frecuencias. Longitud de onda. Timbre. Fase. Velocidad de propagación.

3. La voz y la audición humana: mecanismo de la voz.

Características de los sonidos emitidos en intensidad y frecuencia.

4. Medida del sonido: nivel de presión sonora: el decibelio. Sonómetros. Vumetros. Picómetros. Dinámica. Distorsión

(armónica, intermodulación).

5. Música: octava. Armónicos. Instrumentos musicales.

6. Acústica y sonorización: absorción, aislamiento y

resonancia. Transmisión del sonido. Reverberación: señal directa, reflexión, eco, reverberación. Tiempos óptimos de reverberación para los distintos locales de toma de sonido. Ecualización. Generadores de ruido. El amplificador. Etapas de potencia. Crossorvers. Altavoces, cajas acústicas y cajas de monitorización. Potencia acústica y respuesta en frecuencia. Interconexionado e instalación de equipos.

7. Micrófonos: características; sensibilidad, curva de

respuesta, direccionalidad, distorsión e impedancia. Tipos de micrófonos y su empleo en los distintos casos de toma de sonido. Directividad. Nivel de ruido.

8. Mezclador de audio: diagrama de bloques. Tipos de módulos y sus distintas secciones: entradas de micro y líneas; filtros y ecualización; envíos auxiliares; puntos de inserción;

asignación; panorama; fader; pfl; solo. Subgrupos. Master. Monitorización. Retorno de efectos. Medidores de nivel. Técnicas de mezcla. Tipos de mezcladores: mesa de

sonorización, mesa de monitores, mesa de comentarista, mesa múltiplex.

9. Grabación magnética: fundamentos físicos del magnetismo: campos magnéticos; propiedades de los materiales magnéticos; procesos de magnetización. El proceso de registro.

Polarización. Ecualización. La Reproducción. Magnetófonos: sistemas de transporte, cabezas magnéticas. La cinta

magnética: estructura, tipos y características. Ajustes de un magnetófono. Cintas patrón.

10. Conceptos de técnica digital: conceptos generales de técnica digital. Sistemas de numeración. ConversiónAD/DA: muestreo y antialiasing. Cuantificación. Frecuencias de muestreo. Grabación digital: principios básicos. Tipos de corrección de errores. Grabadores de cabeza rotatoria (DAT). Grabadores de cabeza estacionaria (DASH). El compact disc. Soportes magneto-ópticos(mini disk). La grabación y edición en disco duro.

ANEXO V

Plaza: Publicista TV.

Número de plazas: Una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: el establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado Escolar, FP 1 o equivalente.

Fase oposición.

Primer ejercicio: consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: prueba práctica que consistirá en la confección y edición de una cuña de radio en base a los datos aportados por el Tribunal. Para su realización el aspirante contará con una mesa de sonido, micrófono, reproductor de CD y sistema informático, pudiendo utilizar los programas de grabación sound forge 5.0 y cool edit pro 2.0. Para la

realización del ejercicio el aspirante dispondrá de un tiempo máximo de 60 minutos.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales.

2. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales.

3. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y

disposiciones generales.

4. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

5. Organización y funcionamiento de la Administración Local: el Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

Materias específicas

1. La Construcción del mensaje televisivo.

2. La comprensión y la adhesión.

3. La firma y la atribución.

4. Criterios y procesos de selección.

5. La creación de anuncios de radio.

6. La publicidad como proceso de aprendizaje.

7. El anuncio (I): las variables de ejecución del anuncio.

8. El anuncio (II): las variables físicas del anuncio.

9. El anuncio (III): las variables del contenido del anuncio.

10. La repetición del anuncio.

11. Técnicas de control.

12. Teoría de la estrategia.

13. Plan de marqueting.

14. La comunicación comercial.

15. La publicidad y las relaciones públicas.

16. La fuerza de venta y la promoción de ventas.

17. La esencia de la estructura.

18. Las cinco partes fundamentales de la organización.

19. La organización como sistema de flujos.

20. Los parámetros de diseño.

Lo que se hace público para general conocimiento. En Los Palacios y Villafranca, 24 de noviembre de 2004.- El Alcalde- Presidente, Antonio Maestre Acosta.