Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 254 de 30/12/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE CONCEPCION

ANUNCIO de bases.

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BASES PARA LA PROVISION MEDIANTE CONCURSOOPOSICION COMO FUNCIONARIO DE CARRERA

DE LA PLAZA DE INSPECTOR JEFE

1. Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante concurso oposición como funcionario de carrera de la plaza de Inspector Jefe (Jefe de Inspección), Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, vacante en la plantilla de personal funcionario, incorporada a la Oferta de Empleo Público, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo A, Nivel 24 de complemento de destino y complemento específico consignado en la plantilla de funcionarios.

1.2. A las pruebas selectivas le serán de aplicación las bases de la presente convocatoria, y en su defecto, la Ley 30/84, la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D. 896/91, de 17 de junio, el R.D. 364/95, de 10 de marzo; la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Los aspirantes seleccionados quedarán sujetos al régimen de incompatibilidad establecido por la normativa vigente.

1.3. Requisitos:

A) Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión de la titulación de licenciado en Derecho o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

B) Todos los requisitos a los que se refiere la base 1.3, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

2. Procedimiento de selección.

2.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el siguiente:

2.1.1. Fase de concurso.

La fase de concurso se celebrará previamente a la fase de oposición, puntuándose hasta la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes con arreglo al siguiente baremo:

A) Experiencia profesional:

(Sólo se tendrán en cuenta años completos), se computarán los servicios prestados hasta el día en que se inicie el plazo para la presentación de instancias.

1. Por cada año completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública, en plaza de igual o similares características a la convocada, prestados en la Administración tributaria estatal o autonómica y para cuyo desempeño se exigió la misma titulación: 0,50 puntos/año.

2. Por cada año completo de servicios prestados en la Administración Local (Inspección tributaria) en plaza de igual o similares características a la convocada y para cuyo desempeño se exigió la misma titulación: 1 punto/año. A efectos de puntuación, no podrán acumularse puntos de los apartados precedentes (A.1 y A.2) por servicios prestados durante el mismo período de tiempo. Estos servicios prestados en Administración Pública se acreditarán con certificación del Organismo correspondiente. No se computarán en ningún caso los servicios prestados como funcionario de empleo. La puntuación máxima a obtener en este apartado (A) será de 5 puntos.

B) Formación:

1. Por asistencia a cursos, seminarios, congresos o jornadas organizados por la Administración Pública u Organismos de ella dependiente, u otras Entidades públicas o privadas en

colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales, con contenidos relacionados con las plazas objetos de la convocatoria, debidamente acreditados:

- De menos de 10 horas lectivas o de 1 día de duración: 0,15 puntos.

- De 11 a 20 horas lectivas o hasta 3 días de duración: 0,25 puntos.

- De 21 a 50 horas lectivas o hasta 7 días de duración: 0,40 puntos.

- De 51 a 80 horas lectivas o hasta 10 días de duración: 0,50 puntos.

- De 81 a 150 horas lectivas o hasta 20 días de duración: 0,55 puntos.

- De 151 a 200 horas lectivas o más de 30 días de duración:

0,60 puntos.

- De más de 201 horas en adelante de duración o más de dos meses de duración: 1 punto.

2. Otras titulaciones:

Por reunir otros títulos diferentes al exigido como requisito en la base 1.3:

- Licenciatura en Sociología; Lic. en Ciencias Políticas; Lic. en Ciencias Económicas: 3.

- Diplomatura en Relaciones Laborales; Dip. en Ciencias Económicas y Empresariales; Diplomatura en Gestión y

Administración Pública: 2.

La puntuación máxima a obtener en este apartado (B) será de 5 puntos.

La puntuación de la fase de concurso será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

apartados del baremo anterior.

2.1.2. Fase de oposición.

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

A) Primer ejercicio: Consistirá en la contestación a cincuenta preguntas tipo test, ofreciendo en cada cuestión cuatro respuestas probables de las cuales una será cierta, de entre los temas que figuran en el Anexo 1, cada pregunta acertada correctamente será valorada en 0,2 puntos, el tiempo máximo para la realización de esta prueba será de una hora y treinta minutos.

B) Segundo ejercicio: Consistirá en exponer, oralmente, en un período máximo de 40 minutos, 4 temas extraídos a la suerte de entre los comprendidos en el programa anejo a la convocatoria de la siguiente forma:

Dos temas extraídos del programa de la segunda parte del temario (Procedimientos Tributarios).

Dos temas extraídos del programa de la tercera parte del temario (Tributos Locales). La realización de las pruebas de este ejercicio será pública.

Se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos. Si una vez desarrollados los dos primeros temas, o transcurridos veinte minutos de exposición, el tribunal apreciara

deficiencia notoria en la actuación del aspirante, podrá invitar a éste a que desista de continuar el ejercicio. Concluida la exposición de la totalidad de los temas, el tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre materias objeto de las mismas y pedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias. El diálogo podrá tener una duración máxima de quince minutos.

C) Tercer ejercicio: Se desarrollará, por escrito, durante un período máximo de una hora, y consistirá en la redacción de un informe, con propuesta de resolución, sobre un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la

siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 24 horas y máximo de 30 días (salvo que los aspirantes renunciaran a este Derecho). Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas de

antelación. En cualquier momento los Tribunales podrán

requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

2.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

2.3. Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de cero a diez. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de los asistentes en aquel, siendo el cociente la calificación definitiva.

2.4. A la media de suma de las puntuaciones obtenidas por el aspirante en cada ejercicio se le sumarán los puntos que resultan del concurso, obteniéndose la calificación

definitiva.

3. Solicitudes.3.1. Las solicitudes dirigidas al Ilmo. Sr. Alcalde se presentarán dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. En ellas se indicará necesariamente la plaza a la que se aspira. Se presentarán, a ser posible, en el impreso que facilitará el Servicio de Personal, acompañadas del resguardo de haber abonado los derechos de examen, de fotocopia del DNI, de la titulación académica y documentación acreditativa de los méritos alegados.

3.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de La Línea de la Concepción o asimismo en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.3. El pago de los derechos de examen se efectuará mediante ingreso en Caja Municipal mediante ingreso directo o por transferencia, en la cuenta corriente del Ayuntamiento de La Línea número de cuenta 2103 0611 20 0030009170 de Unicaja. En los ingresos bancarios constará necesariamente el nombre del aspirante y plaza. El importe de los derechos de examen será de 30 euros.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse de oficio o a petición del interesado en cualquier momento.

3.5. Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas,

debiendo acompañar certificado expedido por la Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le

incapacita para el desempeño del puesto de trabajo al que aspira.

3.6. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso, acompañarán a sus instancias los documentos

acreditativos de los méritos a tener en cuenta, además de enumerarlos en la solicitud. Los documentos habrán de ser originales, legalizados, o caso de presentarse fotocopias, deberán estar debidamente compulsadas por órgano competente, previa exhibición del original. No se tendrán en cuenta por el Tribunal los méritos que no hayan sido alegados y justificados documentalmente junto con la solicitud inicial.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias el Ilmo. Sr. Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos, que se expondrá en el tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento, así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, para subsanar los defectos que hayan motivado su

exclusión.

5. Tribunales.5.1. El Tribunal estará integrado en la

siguiente forma: Presidente: El Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Línea de la Concepción o Concejal en quien delegue. Vocales: El Jefe del Servicio de Personal. Dos funcionarios designados por el Presidente de la Corporación. Un representante de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Un representantes de la Junta de Personal. Secretario: El

Secretario General del Excmo. Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.

Todos los integrantes del Tribunal actuarán con voz y voto, excepto el Secretario que sólo tendrá voz. Junto a los

titulares se nombrarán suplentes en igual número y con los mismos requisitos. Los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para la plaza convocada.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad, al menos, de los Vocales. En caso de ausencia accidental del Presidente, lo sustituirá el vocal de mayor jerarquía, antig?edad y edad, por este orden, de conformidad con lo dispuesto en el art.

23.2 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso se ausencia accidental del Secretario, lo sustituirá el Vocal representante del Ayuntamiento, y si hubiera más de uno, el de mayor antig?edad y edad, de

conformidad con lo establecido en el art. 25.2 de la Ley

30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir notificándolo al Ilmo. Sr. Alcalde, cuando

concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

5.6. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los

resultados.

5.7. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la

Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los arts.

102 y ss. de la Ley 30/92. Los miembros del Tribunal

percibirán las dietas y asistencias establecidas por la legislación vigente.

5.8. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria.

6. Lista de aprobados, presentación de documentos y

nombramiento de funcionarios.

6.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se publicará en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la Corporación.

6.2. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará público el anuncio del aspirante aprobado, con

especificación de la puntuación total obtenida. Dicho anuncio será elevado al Ilmo. Sr. Alcalde con propuesta de los

candidatos para el nombramiento de funcionarios.

6.3. En el plazo de veinte días naturales los aspirantes que figuren en el anuncio a que se refiere la base anterior deberán presentar en el Servicio de Personal de este Ayun tamiento la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la base 1.3.

6.4. Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya

acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás

circunstancias que consten en su expediente personal.

6.5. Si dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la

responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

6.6. En el plazo de treinta días desde la aportación por los aspirantes propuestos de los documentos referidos, el Ilmo. Sr. Alcalde nombrará funcionarios de carrera a los aspirantes aprobados. El plazo para tomar posesión será de 30 días a contar desde la notificación del nombramiento al interesado, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al empleo. Norma final.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/92, y en las presentes bases.

PRIMERA PARTE DEL TEMARIO: PARTE GENERAL

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y

contenido. Procedimiento de reforma.

Tema 2. Los derechos y deberes fundamentales, las libertades públicas y los principios rectores de la política social y económica en la Constitución Española. La protección y

suspensión de los derechos fundamentales.

Tema 3. La Corona. Las funciones del Rey. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial: Designación,

organización y funciones.

Tema 4. El Poder Legislativo. Congreso de los Diputados y Senado. Composición, elección, y disolución. Atribuciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: Los reglamentos parlamentarios.

Tema 5. El Poder Ejecutivo. El Gobierno: Composición y

funciones. La designación y la remoción del Presidente del Gobierno. Las funciones del Presidente del Gobierno.

Tema 6. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Disposiciones normativas con fuerza de ley. El reglamento.

Tema 7. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: La motivación. La notificación y la

publicación.Tema 8. El procedimiento administrativo. Concepto y clases. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Estructura y principios generales. El interesado en el procedimiento administrativo.

Tema 9. Fases del procedimiento administrativo general: Iniciación, ordenación e instrucción y terminación. El

silencio administrativo.

Tema 10. Régimen Local español. Principios constitucionales. Regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.

Tema 11. El Municipio (I): Concepto y elementos. El término municipal. Alteraciones de términos municipales. La población municipal. El Padrón de habitantes.

Tema 12. El Municipio (II): Organización. Organos necesarios: El Alcalde, Tenientes de Alcalde, el Pleno y la Comisión de Gobierno. Organos complementarios: Comisiones informativas y otros órganos.

Tema 13. Las competencias municipales: Sistema de

determinación. Competencias propias, compartidas y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios.

Tema 14. La Provincia como Entidad Local. Organización y competencias.

Tema 15. Otros entes locales. La Comarca. El área

metropolitana. La Mancomunidad.

Tema 16. Reglas comunes a las Entidades Locales. Potestad normativa: Ordenanzas y bandos. Régimen de sesiones y adopción de acuerdos.

Tema 17. Los bienes de las corporaciones locales. Clases de bienes. Patrimonio de las Entidades Locales.

Tema 18. Los contratos de las corporaciones locales.

Tema 19. La intervención en la actividad de los ciudadanos y la prestación de servicios. Formas de gestión directa. Formas de gestión indirecta.

Tema 20. El personal al servicio de las Entidades Locales. SEGUNDA PARTE DEL TEMARIO: PARTE ESPECIALPROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

Tema 1. Disposiciones generales del ordenamiento tributario. Principios generales. Normas tributarias. Los tributos.

Tema 2. La aplicación de los tributos. Principios generales. Normas comunes sobre actuaciones y procedimientos tributarios.

Tema 3. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria.

Tema 4. Normas comunes de los procedimientos de gestión tributaria. Iniciación, tramitación y resolución.

Tema 5. Las declaraciones tributarias. Efectos. Tipos de declaraciones.

Tema 6. Las liquidaciones tributarias. Efectos. Clases de liquidaciones.

Tema 7. Las comprobaciones realizadas por los órganos de gestión. Normativa aplicable.

Tema 8. El régimen de recargos en la LGT. Especialidades del procedimiento sancionador en el área de gestión.

Tema 9. El procedimiento de revisión. Normas comunes.

Procedimientos especiales de revisión. Recurso de reposición. Reclamaciones económico-administrativas.

Tema 10. La devolución de ingresos indebidos. Normativa aplicable. Devoluciones. Rectificación de autoliquidaciones. Supuestos especiales.

Tema 11. Inspección Tributaria. El obligado tributario en las actuaciones inspectoras. Tipología de los obligados

tributarios. Capacidad y representación del obligado

tributario.

Tema 12. Inspección Tributaria. Actuaciones inspectoras. Clases. Actuaciones de comprobación e investigación.

Actuaciones de obtención de información. Actuaciones de valoración. Otras actuaciones de la Inspección.

Tema 13. Inspección Tributaria. Fases del procedimiento de comprobación e investigación. Iniciación.

Tema 14. Inspección Tributaria. Procedimiento de Inspección. Desarrollo. Fase de instrucción.

Tema 15. Inspección Tributaria. Procedimiento de Inspección. Terminación. Fase de liquidación. Duración de las actuaciones de comprobación e investigación. Derechos de los

contribuyentes en el procedimiento inspector.

Tema 16. Inspección Tributaria. Facultades de la inspección de los tributos. Examen de la documentación del interesado. Obtención de información a través de terceras personas.

Tema 17. Inspección Tributaria. Facultades de la inspección de los tributos. Entrada y reconocimiento de fincas. Adopción de medidas cautelares. Otras facultades de la inspección.

Tema 18. Inspección Tributaria. Calificación y prueba en el procedimiento inspector. La prueba. Medios de prueba. La obtención ilícita de la prueba. La calificación. Los negocios anómalos. Estimación indirecta.

Tema 19. Inspección Tributaria. Documentación derivada de las actuaciones inspectoras. Comunicaciones. Diligencias.

Informes.

Tema 20. Inspección Tributaria. Documentación derivada de las actuaciones inspectoras. Actas. Resto de documentación que puede generarse en el procedimiento inspector. Ordenación de la documentación: El expediente administrativo.

Tema 21. Inspección Tributaria. Finalización del procedimiento inspector. Liquidaciones derivadas de las actas: Tramitación y recursos contra las mismas. Finalización anormal del

procedimiento.

Tema 22. Procedimiento sancionador. Infracciones simples- infracciones graves. Tipos de sanciones y órganos competentes para sancionar.

Tema 23. Procedimiento sancionador. Procedimiento para la imposición de sanciones pecuniarias por la imposición de infracciones tributarias graves. Procedimiento para la

imposición de sanciones pecuniarias por la imposición de infracciones tributarias simples. Procedimiento para la imposición de sanciones no pecuniarias por la imposición de infracciones tributarias simples o graves.

Tema 24. Recaudación. La gestión recaudatoria. Concepto y características de la gestión recaudatoria. Régimen legal. Organización de la gestión recaudatoria.

Tema 25. Recaudación. El procedimiento de recaudación. El pago voluntario y el período ejecutivo de pago.

Tema 26. Recaudación. Procedimiento de apremio. Motivos de impugnación, suspensión y término del procedimiento de

recaudación.

Tema 27. Recaudación. Obligados al pago. Deudores principales de las deudas tributarias.

Tema 28. Recaudación. Obligados al pago. Deudores no

principales de las deudas tributarias.

Tema 29. Recaudación. Formas de la extinción de las deudas. El pago o cumplimiento. Otras formas de extinción de las deudas.

Tema 30. Recaudación. Garantías sobre la deuda tributaria. Derecho de prelación. Hipoteca legal tácita. Hipoteca

especial. Afección de bienes. Derecho de retención. Garantías en los casos de aplazamientos y fraccionamientos de pago. Anotación preventiva de embargo.

Tema 31. Recaudación. Aplazamientos y fraccionamientos. Sujetos. Objeto. Procedimiento. Incumplimiento.

Tema 32. Recaudación. Embargo, depósito y enajenación de bienes y derechos. Aspectos generales. Embargo de bienes y derechos.

Tema 33. Recaudación. Depósito de bienes embargados.

Enajenación de bienes y derechos.

Tema 34. Recaudación. Procesos concursales. La Hacienda Pública como acreedor privilegiado. Actuación de la Hacienda Pública en quiebras y suspensiones de pagos.

Tema 35. Recaudación. Tercerías y acciones civiles y penales. TERCERA PARTE DEL TEMARIO: PARTE ESPECIALTRIBUTOS LOCALES

Tema 1. La Ley reguladora de las Haciendas Locales. Ambito de aplicación. Recursos de las Haciendas Locales. Enumeración.

Tema 2. Los tributos locales. Normas generales, imposición y ordenación de los mismos.

Tema 3. Recursos de los municipios. Enumeración. Tributos propios: Impuestos, tasas y contribuciones especiales.

Participación en tributos del Estado. Precios públicos. Prestación personal y de transporte.

Tema 4. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Antecedentes y naturaleza.

Tema 5. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Hecho imponible y exenciones.

Tema 6. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Sujetos pasivos y supuestos de responsabilidad.

Tema 7. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Base imponible y base liquidable.

Tema 8. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La deuda

tributaria. Conceptos de cuota y deuda tributaria.

Tema 9. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La deuda

tributaria. Tipos de gravamen.

Tema 10. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La deuda

tributaria. Bonificaciones sobre la cuota.

Tema 11. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Devengo y período impositivo. Efectividad catastral y tributaria.

Tema 12. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Deberes formales del sujeto pasivo.

Tema 13. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La gestión tributaria.

Tema 14. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Régimen

derogatorio y transitorio tras la reforma de la LRHL.

Tema 15. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Incidencia del valor catastral en el sistema tributario español.

Tema 16. Impuesto sobre Actividades Económicas. Naturaleza y hecho imponible, beneficios fiscales.

Tema 17. Impuesto sobre Actividades Económicas. Período impositivo y devengo, sujeto pasivo y régimen de facultades.

Tema 18. Impuesto sobre Actividades Económicas. Lugar de realización de las actividades. El local en el Impuesto sobre Actividades Económicas.

Tema 19. Impuesto sobre Actividades Económicas. Los elementos tributarios. Las tarifas del IAE. Generalidades.

Tema 20. Impuesto sobre Actividades Económicas. Las tarifas del IAE: Sección Primera.

Tema 21. Impuesto sobre Actividades Económicas. Las tarifas del IAE: Las actividades de construcción y promoción

inmobiliaria. La Secciones Segunda y Tercera.

Tema 22. Impuesto sobre Actividades Económicas. La deuda tributaria en el IAE. Clases y tipos de cuota. Liquidación, notificación y pago.

Tema 23. Impuesto sobre Actividades Económicas. La gestión del IAE: Gestión censal y gestión tributaria, la matrícula del IAE.

Tema 24. Impuesto sobre Actividades Económicas. La delegación de competencias en materia de gestión censal. Revisión de los actos administrativos.

Tema 25. Impuesto sobre Actividades Económicas. La inspección del IAE: Régimen de delegación y régimen de colaboración. Recursos frente a actos de inspección.

Tema 26. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Antecedentes. Naturaleza. Hecho imponible. Exenciones y bonificaciones. Sujeto pasivo.

Tema 27. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Base imponible. Cuota. Devengo.

Tema 28. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Gestión y comprobación.

Tema 29. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Naturaleza. Hecho imponible. Exenciones y bonificaciones. Sujetos pasivos. Cuota. Período impositivo y devengo. Gestión.

Tema 30. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Naturaleza. Hecho imponible. Exenciones y

bonificaciones.

Tema 31. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Sujetos pasivos. Base imponible, cuota y devengo. Gestión.

Tema 32. Las tasas por la prestación de servicios

urbanísticos.

Tema 33. La tasa por licencia de apertura de establecimientos.

Tema 34. La tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras.

Tema 35. Las tasas por utilizaciones privativas y

aprovechamientos especiales del dominio público municipal. La Línea de la Concepción, 9 de noviembre de 2004.El Alcalde, Juan Carlos Juarz Arriola.

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