Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 10/02/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE INSTR. Nº1 DE MARBELLA (ANTIGUO Nº1)

EDICTO dimanante del procedimiento de menor cuantía 62/2001. (PD. 273/2004).

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NIG: 2906943C20011000041.

Procedimiento: Menor Cuantía 62/2001. Negociado: PF.

Sobre: Menor Cuantía Núm./01.

De: D. Udo-Werner Becker.

Procurador: Sr. Enrique Ag?era Lorente.

Contra: Steguweit Diseño de Muebles, S.L., y don Michael Gustav Bordelius.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Menor Cuantía 62/2001 seguido en el Juzgado de Instrucción Núm. Uno de Marbella (Antiguo Mixto Núm. Uno) a instancia de D. Udo-Werner Becker contra Steguweit Diseño de Muebles, S.L., y don Michael Gustav Bordelius sobre Menor Cuantía Núm. 62/01, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En Marbella, a doce de noviembre de dos mil dos.

La Sra. doña M.ª José Lario Parra, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Marbella y su partido, habiendo visto los presentes autos de Menor Cuantía

62/2001 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante D. Udo-Werner Becker con procurador don Enrique Ag?era Lorente y dirigido por Letrado; y de otra como demandados Steguweit Diseño de Muebles, S.L., y don Michael Gustav Bordelius declarados en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y,

FALLO

Que estimando la demanda planteada por el Procurador don Enrique Agüera Lorente, en nombre y representación de D. Udo- Werner Becker contra Steguweit Diseño de Muebles, S.L., y don Michael Gustav Bordelius, declarados en rebeldía, debo condenar a las significadas partes demandadas a abonar a la actora la suma de 5.847,23 euros (972.897 ptas.), más los intereses legales correspondientes de dicha cantidad determinados a partir de la interposición de la demanda judicial, y todo ello con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia a dicha parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días, conforme a lo preceptuado en la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados rebeldes en ignorado paradero Steguweit Diseño de Muebles, S.L., y don Michael Gustav Bordelius, extiendo y firmo la presente en Marbella a diez de abril de dos mil tres.- El/La Secretario.

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