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Por Orden de 26 de abril de 2002 (BOJA núm. 54, de 9 de mayo de 2002), se regula el procedimiento de colaboración entre la Consejería de Turismo y Deporte y las Entidades Locales andaluzas para la construcción de instalaciones deportivas en el marco de las competencias atribuidas, de conformidad con lo establecido en los Decretos 132/1996, de 16 de abril y
181/1999, de 14 de mayo, sobre reestructuración de Consejerías y sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte, respectivamente.
Mediante Resolución de 13 de noviembre de 2003 (BOJA núm. 229, de 27 de noviembre de 2003) de la Dirección General de Trabajo e Infraestructuras Deportivas, se procedió a comunicar a las Entidades Locales andaluzas interesadas en participar en el procedimiento de colaboración interadministrativa para la construcción de instalaciones deportivas durante el ejercicio
2004 de conformidad con las normas contenidas en la antes citada Orden de 26 de abril de 2002.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.º de la citada Orden de 26 de abril de 2002, procede la apertura del plazo de subsanación de las subvenciones solicitadas con cargo al capítulo VII del programa presupuestarios de gastos 46.A de esta Consejería, en aquellos casos que dicha solicitud no recogiera los datos y documentación establecidos en el artículo
6.º de la mencionada Orden.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el mencionado artículo 8.º de la Orden de 26 de abril de 2002, esta Delegación Provincial
HA RESUELTO
Primero. Cumplir el trámite de subsanación para las Entidades Locales solicitantes de la citada convocatoria, que se relacionan en el Anexo y por los motivos allí expuestos.
Segundo. Exponer la presente Resolución junto con su correspondiente Anexo y copia de su publicación en BOJA, en los tablones de anuncios de la Delegación Provincial de Turismo y Deporte de Huelva, sita en Avda. de Alemania, de Huelva.
Tercero. Los solicitantes que hayan de subsanar su solicitud o aportar alguna documentación requerida por el artículo 6.º de la Orden de 26 de abril de 2002 dispone de un plazo improrrogable de diez días, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución, para presentarlas, indicándoles que si así no lo hicieran se les tendrá por desistido de la petición formulada.
Huelva, 27 de enero de 2004.- El Delegado, Miguel Romero Palacios.
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