Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 12/02/2004

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 14 de enero de 2004, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de esta Universidad, por el sistema de promoción interna.

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En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 6/2001, de

21 de diciembre, de Universidades y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía

281/2003, de 7 de octubre (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 28 de octubre de 2003), previa negociación de la Junta de Personal de Administración y Servicios y de acuerdo con las Bases de la convocatoria aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, de 19 de diciembre de 2003,

R E S U E L V O

Convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Cádiz, por el sistema de promoción interna, con sujeción a las bases aprobadas por el Consejo de Gobierno provisional por acuerdo adoptado en su sesión de 19 de diciembre de 2003.

Cádiz, 14 de enero de 2004.- El Rector, Diego Sales Márquez. ANEXO I

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1. Se convoca proceso selectivo para cubrir 3 plazas por el sistema de promoción interna.

1.1. Los aspirantes que superen el proceso selectivo podrán permanecer en su puesto de trabajo siempre que el número de puestos ofertados sea inferior al de opositores que han superado el proceso selectivo y dicho puesto cumpla los requisitos necesarios de adscripción a grupo de titulación.

1.1.1. El perfil genérico de estas plazas es el siguiente:

- Liderar, representar y llevar a cabo los pasos estratégicos de los diferentes programas del sistema bibliotecario de la UCA.

- Planificar, coordinar y dirigir con criterios de calidad, la gestión de los recursos y de los servicios que la biblioteca oferta a los usuarios, para conseguir los objetivos fijados en la planificación estratégica del sistema bibliotecario de la UCA.

- Determinar los objetivos específicos de trabajo de cada biblioteca y/o unidad, distribuir las tareas y objetivos, seguimiento y coordinación de los resultados en los planes de implantación de mejora en los servicios bibliotecarios.

- Gestionar el presupuesto de funcionamiento de la biblioteca así como planificar y gestionar la infraestructura y el equipamiento asignado.

- Dirigir, coordinar y motivar al personal en las tareas y trabajos asignados, potenciando la formación en relación al puesto de trabajo y al desarrollo de la carrera profesional.

- Elaborar trabajos técnicos de naturaleza diversa (formación y mantenimiento de colecciones; gestión del proceso técnico; servicios al usuario; evaluación de servicios; y gestión de recursos humanos, económicos y espaciales).

- Liderar los diferentes proyectos específicos, potenciando las relaciones internas y externas de la biblioteca y/o unidad.

1.2. El presente proceso selectivo se regirá por las bases de esta convocatoria, y en cuanto le sea de aplicación la Ley

30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado, de 10 de abril) y los Estatutos de la Universidad de Cádiz.

1.3. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo II.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo III de esta convocatoria.

1.5. La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios será de noventa días naturales, a contar desde la finalización del primer ejercicio.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización del proceso

selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Tener nacionalidad española.

2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes el título de Ingeniero, Arquitecto, Licenciado Universitario o equivalente, como mínimo.

2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5. Pertenecer el día de finalización del plazo de

presentación de solicitudes al Cuerpo o Escala de Ayudantes Archivos, Bibliotecas y Museos, prestar servicios en la Universidad de Cádiz con carácter definitivo en la situación de servicio activo o con reserva de plaza y poseer una

antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan y reunir los demás requisitos exigidos.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente en las Subdelegaciones del Gobierno de cada provincia, en las Delegaciones de Gobierno de Ceuta y

Melilla, y en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, o bien obteniendo el modelo Anexo VI en la siguiente dirección de Internet: http://www-personal.uca.es/PAS/OPOSICIONES/.

Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de

concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, presentarán junto a la instancia y según modelo anexo VII, el cual se puede obtener en la dirección de Internet arriba citada, solicitud en la que harán constar aquellos méritos que

consideren oportunos de los relacionados en el Anexo II.B. Asimismo, podrán aportar cuanta documentación estimen

oportuna para la mejor valoración de los extremos contenidos en las presentes bases de convocatoria.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes,

pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.2. La presentación de solicitudes (ejemplar núm. 1

"ejemplar a presentar por el interesado" del modelo de

solicitud) se hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se dirigirá al Rector de la Universidad.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Organismo competente.

A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen.

3.3. Los aspirantes con minusvalías deberán indicar la

minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios que esta adaptación sea necesaria.

3.4. Los derechos de examen serán de 21 euros, y se

ingresarán en la cuenta corriente número 3300177522, abierta en la oficina principal de Unicaja en Cádiz, a nombre de "Universidad de Cádiz", indicando "Proceso selectivo de ingreso en la Escala de Facultativos".

En la solicitud deberá figurar el sello de la entidad

bancaria, acreditativo del pago de los derechos, y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de

admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá

publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos, y se determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en la Universidad convocante. En la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad, así como la causa de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para poder subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión. Contra la resolución por la que se excluya

definitivamente a algún aspirante, se podrá interponer

recurso contencioso-administrativo, previa comunicación a este Rectorado, con los plazos y requisitos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo.

4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.

5. Tribunales.

5.1. El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo IV de esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o si hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la bae 5.2.

5.4. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus miembros. Celebrará su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no

previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal, se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus

trabajos de asesores especialistas para las pruebas

correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Cádiz.

5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para

garantizar la confidencialidad del contenido de los

ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozcan la identidad de los

aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de

1985 (Boletín Oficial del Estado del 22), o cualesquiera otros equivalentes.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, calle Ancha, núm. 10, 11001 Cádiz, teléfono 956

015089/39.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.

5.11. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera de las recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 21 de abril de 1989).

5.12. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,

debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de los mismos se iniciará, según la

Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado de

14 de marzo), por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra "X". En el supuesto de que no exista ningún

aspirante cuyo primer apellido comience por la letra "X", el orden de actuación se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra "Y" y así sucesivamente.

6.3. La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los siguientes ejercicios, se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede de los Tribunales señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para

facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede de los tribunales, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de

antelación.

6.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el

Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o

falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía

administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de

Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley

30/1992, modificada por Ley 4/1999, de RJPAC.

7. Lista de aprobados.

7.1. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará

pública en el Rectorado, en el lugar de celebración de los ejercicios, así como en la siguiente dirección de

Internet:http://www-personal.uca.es/PAS/OPOSICIONES, la relación única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad. Dicha relación

contendrá la puntuación obtenida en la fase de concurso y de oposición, desglosando esta última en cada uno de los

ejercicios celebrados.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad,

especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios. De acuerdo con lo establecido en el

artículo 22.1 del RD 364/1995, de 10 de marzo, el Rector remitirá la mencionada lista de aprobados al BOJA para su publicación.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

8.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA de la lista de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar en el Rectorado de la Universidad los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura en el anexo V que aparece publicado, junto con la convocatoria, en la siguiente dirección de Internet: http://www-

personal.uca.es/PAS/OPOSICIONES/.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio; este certificado deberá ser expedido por el facultativo de

medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirán por las

Delegaciones de Salud de la Junta de Andalucía.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalías, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la

Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

8.2. Quienes tuvieren la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro de Personal de la Dirección General de la Función Pública o del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de

trienios, así como fecha de su cumplimiento.

8.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4. Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes

aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas enviado a la Universidad convocante, con el apartado "reservado para la Administración"

debidamente cumplimentado, así como el certificado a que se refiere la base 3.1.

8.5. La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados, deberá realizarse en el plazo de siete días, a partir de la publicación del nombramiento de funcionarios de carrera en el BOJA, previa oferta de los mismos.

8.6. La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de

publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del nombramiento de funcionario de carrera.

9. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO II

EJERCICIOS Y VALORACION

II. A. Ejercicios.

El procecidimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, que no tendrán carácter eliminatorio.

Primer ejercicio. Consistirá en contestar un cuestionario de competencias, para valorar las capacidades relacionadas con el perfil de las plazas y el contenido del bloque I del temario. La duración máxima de este ejercicio será de dos horas y media.

Segundo ejercicio. Consistirá en realizar por escrito, una prueba técnico-profesional para valorar las habilidades técnicas, la capacidad de gestión y la aplicación de los conocimientos profesionales relacionados con el perfil y temario de las plazas. La duración máxima de esta prueba será de cuatro horas.

El Tribunal presentará diferentes opciones (una por cada uno de los siguientes apartados en que se divide el temario de las presentes pruebas selectivas: Biblioteconomía y

Organización bibliotecaria; Tecnología de la Información; Gestión y Organización de la Biblioteca; Documentación e Información científica; Gestión, Planificación y Organización de los Documentos y Servicios de Archivos), de entre las cuales los aspirantes deberán realizar dos, pudiendo utilizar los manuales de legislación no comentados que consideren oportunos. Esta prueba se realizará en soporte informático, utilizando para ello el paquete informático para Windows, de Microsoft Office 97, o superior.

Tercer ejercicio. Consistirá en presentar el ejercicio

técnico-profesional al Tribunal, para valorar la presentación según criterios de calidad, la capacidad y el autocontrol. La duración máxima de la presentación será de cuarenta y cinco minutos. Para ello, el Tribunal entregará una copia del segundo ejercicio, al término del mismo, a los candidatos, que dispondrán de un mínimo de una semana para preparar su exposición, pudiendo utilizar los medios audiovisuales que crean convenientes. Al término de la exposición, el Tribunal planteará preguntas a los aspirantes sobre el contenido de la misma.

II. B. Valoración.

Fase de concurso: La valoración de los méritos en esta fase se realizará de la siguiente manera:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en los Cuerpos o Escalas de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos o categoría laboral equivalente se valorará asignándose 0,00076 puntos por día de servicios reconocidos. Los servicios

prestados en otros Cuerpos o Escalas de Funcionarios o

categoría laboral equivalente se valorará asignándose 0,00038 puntos por día de servicios reconocidos. La antigüedad del funcionario se valorará hasta un máximo de 3,2 puntos,

teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

No se computarán, a efectos de antigüedad, los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

b) Puesto de trabajo: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

- Nivel 20: 0,4 puntos.

- Nivel 22: 0,8 puntos.

- Nivel 23: 1,2 puntos.

- Nivel 24: 1,6 puntos.

- Nivel 26: 3,2 puntos.

La valoración efectuada en este apartado, que no podrá

superar los 3,2 puntos, no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos

económicos de las mismas.

c) Grado Personal Consolidado: Por ocupar un puesto de

trabajo que en la Relación de Puestos de Trabajo en vigor al día de la publicación de la convocatoria en el BOJA esté adscrito al grupo A o B, se otorgará la siguiente puntuación:

- Grado personal 20: 0,4 puntos.

- Grado personal 22: 0,8 puntos.

- Grado personal 23: 1,2 puntos.

- Grado personal 24: 1,6 puntos.

- Grado personal 26: 3,2 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

d) Cursos de formación y perfeccionamiento: Por la

participación en cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de los grupos A o B de administración general, organizado y/u

homologado por organismo oficial de formación de funcionarios y/o Universidad de Cádiz, en los que se haya expedido diploma y certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento se otorgará la siguiente puntuación:

- Cursos de hasta 15 horas de duración: 0,12 puntos por cada curso.

- Cursos de 16 a 30 horas de duración: 0,16 puntos por cada curso.

- Cursos de 31 a 50 horas de duración: 0,20 puntos por cada curso.

- Cursos de más de 50 horas de duración: 0,24 puntos por cada curso.

- En aquellos Cursos en los que en la certificación no

aparezca el número de horas de duración: 0,12 puntos por cada curso.

- En los casos en que se haya expedido certificado de

aprovechamiento, se incrementará en 0,05 puntos el valor del curso.

Por la impartición de los cursos indicados anteriormente, se otorgará la puntuación indicada según la duración del curso, incrementada en un 100 por ciento.

Solamente se valorarán aquellos cursos que se hayan realizado en los 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de

terminación del plazo de presentación de solicitudes.

La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos.

e) Libros, Publicaciones y Ponencias: Los libros y

publicaciones autoría de los participantes en el proceso selectivo, en materias propias de las funciones asignadas a los funcionarios de Administración General, en los que conste depósito legal e ISBN, se valorarán a razón de 0,40 puntos por libro y 0,20 puntos por publicación. Las publicaciones en revistas especializadas se valorarán a razón de 0,12 puntos, cualquier otra publicación, ponencia o similar, se valorará a razón de 0,12 puntos por cada una.

La puntuación máxima de este apartado no podrá superar los 2 puntos.

f) Experiencia: La experiencia en los puestos desempeñados por el solicitante, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se valorará de acuerdo con la siguiente gradación:

- Por cada día de desempeño de funciones de jefatura de servicio: 0,0014 puntos por día.

- Por cada día de desempeño de funciones de jefatura de sección: 0,0008 puntos por día.

- Por cada día de desempeño de funciones de carácter técnico, correspondientes al grupo B, sin responsabilidades de

servicio o sección: 0,0005 puntos por día.

- Por cada día de desempeño de cualesquiera otras funciones:

0,0001 puntos por día.

La puntuación máxima de este apartado no podrá superar los

6,4 puntos.

El Gerente de la Universidad, a la vista de la documentación acreditativa de la realización de los cursos a que se refiere el apartado d), y una vez hechas las actuaciones que

considere oportunas, facilitará al Tribunal certificación resumen de los méritos alegados en los distintos apartados, para su valoración por el Tribunal.

Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la siguiente manera: De cero a cinco puntos el primer ejercicio; de cero a diez puntos el segundo ejercicio; y de cero a cinco puntos el tercer ejercicio, siendo

necesario para superar la fase de oposición obtener un mínimo de diez puntos entre los tres ejercicios, y no haber obtenido un cero en ninguno de ellos.

La calificación final del proceso selectivo vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, por aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en esta fase.

ANEXO III

P R O G R A M A

I. Organización de la Administración.

1. La Administración participativa. La dirección

participativa. La administración por objetivos: dirección por objetivos y programación de proyectos.

2. Administración para la calidad. La calidad como filosofía de gestión. Los círculos de calidad. Otros instrumentos de mejora de la calidad.

3. Modelos de calidad. El modelo europeo de calidad: Su aplicación a la Universidad.

4. La planificación estratégica. Interacción en un sistema de calidad.

5. El factor humano en la organización. El grupo en la

organización: Comunicación y comportamiento grupal. El

trabajo en equipo. La motivación.

6. El liderazgo. Clases. Ambito de actuación. Factores de influencia.

7. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma de decisiones. Los conflictos en las organizaciones. La

negociación. El cambio organizacional. La resistencia al cambio.

8. La comunicación interna en las organizaciones: Génesis y desarrollo.

II. Biblioteconomía y organización bibliotecaria.

1. El sistema español de bibliotecas. Legislación nacional y autonómica.

2. Legislación española sobre Patrimonio artístico,

bibliográfico y documental. La Ley de Propiedad Intelectual.

3. Panorama de la investigación en Biblioteconomía y

Documentación.

4. Bibliotecas nacionales: concepto y función.

5. Bibliotecas públicas: concepto y función.

6. Bibliotecas especializadas: concepto y función.

7. Bibliotecas digitales: concepto y función.

8. Historia de las bibliotecas.

9. Historia del libro.

10. Del libro impreso al soporte electrónico. Impacto en la organización bibliotecaria.

11. Hemerotecas y Mediatecas.

12. Edificios para bibliotecas: nuevos espacios para nuevos servicios.

13. Los catálogos. Concepto, evolución y tendencias actuales.

14. Servicios de Proceso Técnico. Situación y perspectivas de futuro.

15. Servicios al usuario. Perspectivas en entornos

cooperativos.

16. Sistemas de organización del conocimiento.

17. Economía de la información y gestión del conocimiento.

18. La cooperación bibliotecaria.

19. Del intercambio de recursos a los consorcios de

bibliotecas. Situación de los consorcios de bibliotecas en España.

III. Tecnología de la Información.

1. De la biblioteca en papel a la biblioteca híbrida.

Panorama de la evolución de la biblioteca desde la

perspectiva de la tecnología de la información.

2. Teleinformática y redes, interconexión de sistemas y protocolos.

3. Redes teleinformáticas en la actualidad: desarrollo, funcionamiento, organización.

4. Impacto Internet en la organización de los servicios y en el acceso a la información.

5. Servicios teleinformáticos básicos. Aplicaciones en

Informática y Documentación.

6. Herramientas para la búsqueda de información en Internet.

7. De los sistemas automatizados de gestión de bibliotecas a los Sistemas integrados de gestión de Información.

Tendencias, perspectivas y realidades en la gestión

automatizada de las bibliotecas.

8. Panorama de la automatización de bibliotecas en España.

9. Estado de la automatización del Sistema bibliotecario de la Universidad de Cádiz.

10. Formatos bibliográficos. El formato Marc. Otros formatos de intercambio de información.

11. Opac?s: diseños, prestaciones y acceso.

12. Soportes ópticos multimedia.

13. Tendencias actuales en servicios y redes de

teledocumentación públicas.

14. Innovación técnica en Información y Documentación. La Sociedad y la Industria de la Información.

15. Gestión electrónica de documentos.

16. De la conservación a la digitalización: concepto y

función. Programas y proyectos de digitalización en

bibliotecas.

IV. Gestión y organización de la biblioteca universitaria.

1. De la gestión de catálogos a la gestión de información. Tendencias y perspectivas de la biblioteca universitaria.

2. Nuevas tendencias de planificación y gestión en

Bibliotecas Universitarias.

3. Impacto de las tecnologías de la información en la

organización de la biblioteca universitaria. Modelos y

tendencias.

4. Panorama de la biblioteca universitaria en España.

5. Sistemas y redes nacionales e internacionales de

cooperación en bibliotecas universitarias y de investigación.

6. El sistema bibliotecario de la Universidad de Cádiz.

7. Planificación, organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias.

8. Gestión de la colección bibliográfica: formación,

mantenimiento y evaluación. Programas de desarrollo de las colecciones. Colecciones documentales en entornos

electrónicos.

9. El sistema de Gestión de Calidad en las bibliotecas

universitarias.

10. Modelos y tendencias de evaluación en las bibliotecas universitarias.

11. Gestión y administración de bibliotecas universitarias: recursos financieros y humanos.

12. Gestión y administración de bibliotecas universitarias: instrumentos y técnicas de gestión.

13. Gestión y administración de bibliotecas universitarias: técnicas de evaluación de los servicios.

14. Gestión y administración de bibliotecas universitarias: técnicas de difusión y marketing de los servicios.

15. Los Servicios de Proceso Técnico en bibliotecas

universitarias. Impacto de las Tecnologías de la Información en su organización.

16. Los Servicios al usuario. Impacto de las Tecnologías de la Información en su organización.

17. La cooperación bibliotecaria: sistemas y redes de

bibliotecas universitarias.

18. Servicios de Información Electrónica.

19. La biblioteca fuera del campus universitario:

organización de servicios en entornos virtuales.

20. La biblioteca fuera del campus universitario: servicios bibliotecarios para la enseñanza a distancia y el entorno socioeconómico.

V. Documentación e Información Científica

1. Gestión de la información y del conocimiento en

bibliotecas.

2. Situación actual, problemas y perspecivas de futuro de la edición científica. Publicaciones electrónicas y acceso a la información.

3. Producción científica y Bibliometría.

4. El Sistema español de Investigación Científica y Des- arrollo Tecnológico. El Plan Nacional de I+D. Papel de la biblioteca universitaria en los planes de I+I+D.

5. La documentación en la Sociedad de la Información.

6. Análisis documental.

7. Análisis documental en Internet.

8. Organización, representación y recuperación de la

información.

9. Gestión de la Información.

10. Referencia e información bibliográfica.

11. Fuentes de información generales.

12. Fuentes de información en Humanidades.

13. Fuentes de información en Ciencias Sociales.

14. Fuentes de información en Ciencia y Tecnología.

15. Fuentes de información en Biomedicina.

16. Fuentes de información para la Unión Europea.

17. Literatura Gris.

18. Recursos de información en Internet.

19. Tendencias actuales en la recuperación de la in-

formación.

20. El mercado de la información. Tendencias y perspectivas de futuro.

VI. Gestión, planificación y organización de los documentos y servicios de archivos.

1. El documento en la legislación administrativa: La Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, actualizada

conforme a las modificaciones introducidas por la Ley4/1999, y su desarrollo normativo. Su incidencia en los archivos.

2. El documento electrónico: concepto y características. Problemáticas y estrategias para su tratamiento archivístico. Estándares de conservación.

3. La Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español y la normativa posterior. El patrimonio documental: incidencias y relación con los archivos y el patrimonio documental de las universidades.

4. El documento de archivo. Concepto, evolución y valores.

5. La gestión documental en la universidad. Conceptos,

funciones y objetivos fundamentales.

6. La gestión de la documentación administrativa I.

Planificación y análisis para la implantación de un sistema coorporativo.

7. La gestión de la documentación administrativa II. El establecimiento de los componentes del sistema en el

tratamiento documental (clasificación, valoración y expurgo, descripción y recuperación).

8. La gestión de la documentación administrativa III.

Implantación del sistema. Intervención en los archivos de gestión u oficina. La formación del personal administrativo encargado de la implantación del sistema.

9. La gestión de la documentación administrativa IV. La formación del expediente, tramitación y aplicación del

tratamiento archivístico.

10. La gestión de la documentación administrativa V.

Seguimiento y evaluación del sistema. Auditorías internas de la gestión documental y los archivos de gestión.

11. Establecimiento de programas y medidas para la protección de los documentos esenciales de la universidad.

Identificación, valoración y fases de implantación.

12. Propuesta para la organización y la planificación en un archivo universitario.

13. La identificación de los fondos documentales de la

administración universitaria. Metodología y perspectivas.

14. El proceso documental en los archivos universitarios. Transferencias: criterios y organización. Instrumentos de control. Los ingresos extraordinarios de documentos.

15. La clasificación de documentos. Concepto, objetivos y sistemas. Los cuadros de clasificación: principios,

características y estructura.

16. La valoración de la documentación universitaria.

Principios, procesos y métodos. Los calendarios de

conservación y eliminación de documentos.

17. El acceso a la documentación pública. Evolución del marco legislativo y situación actual. El acceso a la documentación universitaria.

18. El edificio e instalaciones del archivo. Programa

arquitectónico y planificación general. Area de depósitos: Instalaciones y mobiliario. Medidas de seguridad, prevención y corrección de agentes degradantes ambientales. Area de trabajo y zonas abiertas al público.

ANEXO IV

TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Miembros titulares:

Presidente: Excmo. y Magfco. Sr. don Diego Sales Márquez, Rector de la Universidad de Cádiz.

Secretaria: Doña Ana Remón Rodríguez, Funcionaria de Carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Cádiz, en representación de la Junta de Personal y Administración y Servicios.

Vocales: Doña Sonsoles Celestino Angulo, Funcionaria de Carrera de la Escala de Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla, Montserrat Espinós Ferrer, Funcionaria de la Escala Facultativa de la

Universidad Pompeu Fabra, ambas en representación de la Universidad de Cádiz, y doña Elena García Almozara,

Funcionaria de Carrera de la Escala de Facultativos de

Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Cádiz, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Miembros suplentes:

Presidente: Excmo. Sr. don Manuel Larrán Jorge, Vicerrector de Planificación Económica e Infraestructuras de la

Universidad de Cádiz.

Secretaria: Doña Inmaculada Monís González, Facultativa de la Diputación Provincial de Cádiz, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Vocales: Ilmo. Sr. don José Ramón Repeto Gutiérrez, Gerente de la Universidad de Cádiz, don Antonio Moreno Verdulla, Profesor Titular de Escuela Universitaria, ambos en

representación de la Universidad de Cádiz, y doña María Luisa Ruiz Franco, Funcionaria de Carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Cádiz, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

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