Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Convocada plaza de Policía Local, mediante sistema de concurso-oposición, mediante publicación en BOJA núm. 18 de 28 de enero de 2004, al amparo de la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, y observados determinados errores se anuncia:
En la base 1.ª donde dice: 1.1 "En virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, la presente convocatoria tiene por objeto la provisión en propiedad, mediante sistema de turno libre, por el procedimiento de concurso-oposición para los Policías de este municipio con nombramiento de funcionario interino y por oposición para el resto de los aspirantes ..."
Debe decir: 1.1 1 "En virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, la presente convocatoria tiene por objeto la provisión en propiedad, mediante sistema de turno libre, por el procedimiento de concurso-oposición para los Policías de este municipio con nombramiento de funcionario interino, con nombramiento anterior a la entrada en vigor de la Ley 13/2001 de 11 de diciembre, y por oposición para el resto de los aspirantes ...".
En la base 3.1 donde dice: 3.1 Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
b) Tener dieciocho años y no haber cumplido los treinta.
e) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.
Debe decir: 3.1 Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
b) Tener dieciocho años y no haber cumplido los treinta y cinco.
e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.
En la base 6.1, donde se determina la composición del Tribunal Calificador, el número de miembros vocales de este, se reducen a cuatro:
Un representante de la Consejería de Gobernación.
Un representante de la Junta de Personal o delegado de personal del sindicato más representativo.
Dos Vocales a designar por la Alcaldía.
En la base 7.ª 5 donde dice: "Entre la terminación de una prueba y el comienzo de siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
Debe decir: "Entre la terminación de una prueba y el comienzo de siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días y máximo de cuarenta y cinco días naturales".
Cuevas de San Marcos, 21 de enero de 2004.- El Alcalde, Rafael M. Cano González.
Descargar PDF