Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 08/01/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 22 de diciembre de 2003, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Sevilla. (PP. 4782/2003).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de

2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto

137/2000, de 16 de mayo,

DISPONGO

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera 0,97 euros

Kilómetro recorrido 0,66 euros

Hora de espera o parada 14,52 euros

Carrera mínima 2,66 euros.

Tarifa 2

Bajada de bandera 1,19 euros

Kilómetro recorrido 0,81 euros

Hora de espera o parada 18,16 euros

Carrera mínima 3,34 euros.

La Tarifa 2 se aplicará en los supuestos siguientes:

a) Servicios realizados en sábados, domingos y festivos de 0 a

24 horas.

b) Servicios realizados en horas nocturnas de 22 a 6 horas.

c) Servicios realizados durante los días de Feria de Abril y Semana Santa.

d) Servicios realizados los días 24 y 31 de diciembre de

0 a 24 horas.

Suplementos:

Por cada maleta, bulto o conjunto

de bultos de más de 60 cms 0,37 euros

Servicios en días de Feria de Abril

y Semana Santa de 22 a 6 horas, sobre

lo marcado en el apartado taxímetro

en la Tarifa 225%

Servicios especiales (sobre lo marcado

en el aparato taxímetro)

Aeroclub de Tablada, Puerto Batán,

Abonos Sevilla, Astilleros

y Esclusa 1,61 euros

Ida al Cámping Sevilla 3,52 euros

Esta Resolución surtirá efecto el día 1 de enero de 2004, siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos

114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 22 de diciembre de 2003.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.

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