Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 27/02/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 5 de febrero de 2004, por la que se convoca el concurso de recursos educativos digitales aptos para su ejecución en software libre.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El desarrollo experimentado por las tecnologías de la información y la comunicación ha supuesto un nuevo escenario en el que situar cualquier actividad humana. Las posibilidades de producir, almacenar y difundir información, y el acceso a la misma, está produciendo cambios en nuestra sociedad que se traducen en nuevas formas de vivir, de trabajar, de divertirse, de aprender y de pensar.

En estas condiciones, el acceso a la información y el conocimiento a través de las tecnologías de la información y la comunicación se convierte en algo fundamental tanto para el desarrollo de la persona como de la propia sociedad; por lo que quedar al margen de estas tecnologías se convierte en una nueva forma de analfabetismo y exclusión social a la que los poderes públicos han de hacer frente.

Por ese motivo el Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto 72/2003, de 18 de marzo, de Medidas de Impulso de la Sociedad del Conocimiento en Andalucía, en el que se recogen numerosas actuaciones dirigidas a garantizar a toda la ciudadanía andaluza el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en condiciones de igualdad, potenciando para ello la implantación de un software de código abierto, gratuito y libre.

Consciente de la importancia de dar respuestas a esta nueva situación desde la educación, un número importante de las medidas que figuran en el precitado Decreto van dirigidas a promover la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como recurso educativo en los centros docentes. Este proceso requiere, entre otros elementos, disponer de una amplia colección de recursos educativos digitales en software libre para el desarrollo del currículum, a la que los centros y el profesorado puedan tener fácil acceso desde las redes telemáticas.

Para la elaboración de estos materiales y programas se hace imprescindible contar con la participación del profesorado, porque la experiencia docente debe ser aprovechada como fuente importante de conocimiento profesional. Se trata con ello de poner a disposición de toda la comunidad educativa en forma de recursos, materiales de apoyo y programas.

En este sentido, el artículo 11.2 del mencionado Decreto

72/2003, de 18 de marzo, establece que se incentivará entre el profesorado la producción de programas y materiales educativos en soporte informático o para su utilización en redes telemáticas, especialmente aquellos desarrollos que se realicen mediante software libre; por todo lo cual D I S P O N G O

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto convocar el concurso de recursos educativos digitales en software libre.

Artículo 2. Destinatarios.

Podrá participar en este concurso el profesorado de centros sostenidos con fondos públicos de todos los niveles educativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 3. Requisitos de los trabajos.

Podrán presentarse a este concurso recursos educativos digitales, tales como programas informáticos, páginas para ser vistas desde un navegador, animaciones, sonido y vídeo digital, simulaciones, documentos interactivos, etc., que reúnan los siguientes requisitos:

a) Servir de apoyo al desarrollo del currículum.

b) Ser dinámicos, motivadores y fáciles de usar.

c) Presentarse bajo licencia de software libre y ser aptos para su ejecución bajo sistema operativo Guadalinex

(http://www.guadalinex.org) sin necesidad de utilizar

emuladores de sistemas operativos diferentes.

d) Estar adaptados o prever la adaptación al alumnado con discapacidad visual y auditiva.

Artículo 4. Características de los trabajos.

1. Los trabajos presentados deberán disponer de un manual con los siguientes apartados: breve descripción del trabajo, requerimientos mínimos y requerimientos aconsejables del equipo para su ejecución (microprocesador, velocidad, memoria RAM, capacidad de disco duro, tarjeta de sonido, etc.), módulos adicionales necesarios (plug-ins), instrucciones de

instalación, funcionamiento y sugerencias de aprovechamiento didáctico (etapas educativas o disciplinas a las que va dirigido, objetivos educativos que se pretenden y propuestas de utilización e integración en el currículum).

2. Si se trata de un programa, el archivo que inicie su ejecución deberá llamarse "inicio", deberá poseer una ayuda "en línea" con instrucciones de utilización, e irá acompañado del procedimiento o mecanismo de instalación necesario. Además, el manual acompañará al programa como un archivo con el nombre de "manual.rtf" y formato de texto RTF (el manual podrá contener imágenes, pantallas, esquemas... para la mejor comprensión de su contenido).

3. Los trabajos destinados a verse desde un navegador deberán reunir además las siguientes características:

a) El manual será accesible desde la página de inicio, que deberá llamarse "index.html".

b) El direccionamiento de las páginas y recursos debe ser relativo para asegurar la portabilidad de las páginas a otras estructuras de almacenamiento (por ejemplo, para referir desde /carpeta1/carpeta2/ el archivo foto.gif situado en /carpeta1/ imagenes/, se debe usar ../imágenes/foto.gif en lugar de /carpeta1/imagenes/foto.gif).

c) Los directorios, archivos HTML, imágenes, recursos y demás componentes deberán nombrarse todos con caracteres en

minúscula, evitando el uso de caracteres acentuados, eñes y espacios, para asegurar la portabilidad y compatibilidad de las páginas entre diferentes soportes y servidores.

d) Las páginas deberán optimizarse para ser visualizadas correctamente con una resolución de pantalla de 800 x 600 y 256 o más colores, usando el navegador Mozilla incluido en

Guadalinex.

Artículo 5. Procedimiento de concurrencia.

1. Documentación: El profesorado que desee concurrir a esta convocatoria presentará instancia dirigida a la Ilma. Sra. Directora General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, según el Anexo I de esta Orden. La instancia deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

- Ficha de características del trabajo presentado según el Anexo II de esta Orden.

- Declaración firmada por todos los autores y autoras, según el Anexo III, en la que se exprese que el trabajo presentado es original, que los autores poseen los derechos de uso y

reproducción del código, textos, imágenes y recursos multimedia incluidos en el trabajo. Del mismo modo deberá especificarse que el trabajo no ha sido comercializado ni premiado

anteriormente y si ha recibido ayuda económica de alguna Administración, entidad pública o privada (especificando el tipo de ayuda, cuantía e institución patrocinadora).

- Los trabajos deberán presentarse por duplicado en disquetes o CD-ROM. Todos los discos incorporarán una etiqueta

identificativa que incluya el título del trabajo. Asimismo incluirán el código fuente de los programas presentados a concurso o los archivos fuente de las animaciones que contenga, para que puedan ser modificados por cualquier persona.

2. Lugar de presentación: Los trabajos podrán presentarse en el Registro General de la Consejería de Educación y Ciencia, y en los registros de las Delegaciones Provinciales y los Centros del Profesorado de ésta, sin perjuicio de los demás

procedimientos que se establecen en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Plazo: El plazo para la presentación de trabajos será de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta disposición en el BOJA.

Artículo 6. Jurado.

Para la valoración de los trabajos se constituirá un Jurado que será presidido por la Ilma. Sra. Directora General de

Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, o persona en quien delegue, y estará compuesto por:

- El Jefe de Servicio de Planes de Estudio de la D. G. de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado.

- Un asesor o una asesora de formación de la red de Centros del Profesorado de Andalucía.

- Dos profesores o profesoras de las etapas educativas a las que van dirigidos los trabajos, que se encuentren en activo.

- Dos funcionarios o funcionarias de la D.G. de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, uno/a de los cuales actuará como secretario/a.

Este Jurado podrá requerir el informe de expertos en el proceso de selección de los trabajos presentados.

Artículo 7. Criterios de valoración.

La valoración de los trabajos presentados será realizada de acuerdo con los siguientes criterios:

- El interés o relevancia del tema para el apoyo al desarrollo del currículum.

- La claridad, concreción y rigor en sus planteamientos.

- Diversidad de actividades (de inicio, de desarrollo, de ampliación, de evaluación, de atención a la diversidad, etc.) que plantea.

- Capacidad para desencadenar otros tipos de actividades educativas y/o para promover estrategias de trabajo colectivo.

- El carácter interactivo, la facilidad de utilización; la existencia de instrucciones de uso claras y precisas, así como las sugerencias de aprovechamiento didáctico.

- La rapidez de ejecución o carga y la economía de recursos necesarios para ello.

- Se priorizarán los trabajos adaptados al alumnado con discapacidades visuales y auditivas.

Artículo 8. Premios.

1. Los mejores trabajos de entre los que resulten seleccionados por el Jurado serán premiados con hasta 6.000 euros.

Corresponde al Jurado realizar la propuesta de la cuantía del premio que se asigna a cada trabajo.

2. Los premios asignados a los trabajos seleccionados lo serán hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se destina a la convocatoria.

Artículo 9. Resolución de la Convocatoria.

El Jurado a que se refiere el artículo 5 de esta Orden emitirá su fallo procediendo la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado a elevarlo a definitivo mediante Resolución, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En dicha Resolución constará la cuantía del premio otorgado a cada trabajo.

Artículo 10. Publicación y difusión de los trabajos premiados.

La Consejería de Educación y Ciencia publicará y difundirá los trabajos premiados. Los autores y autoras de los trabajos seleccionados quedan comprometidos a colaborar con esta Consejería en la adecuación de los trabajos a los criterios que se estimen oportunos para su difusión y utilización.

Artículo 11. Retirada de los trabajos no seleccionados.

1. Los materiales presentados que no hayan sido seleccionados para su publicación, podrán ser retirados por sus autores, autoras o personas autorizadas en la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado, C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, 41071 Sevilla.

2. El plazo para retirar estos materiales será de un mes, contado a partir de la fecha de publicación de la Resolución en BOJA.

3. Aquellos materiales que no hayan sido retirados en el plazo citado, serán destruidos.

Disposición Final Primera. Difusión de la presente Orden.

1. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia darán traslado inmediato o informarán de la

publicación de esta Orden a todos los centros docentes de su ámbito de gestión a los que resulte de aplicación.

2. Los Directores y Directoras de cada centro arbitrarán las medidas necesarias para que el contenido de esta Orden sea conocido por todos los sectores de la comunidad educativa, y entregarán una copia de la misma al Consejo Escolar, al Claustro de Profesores, a las Asociaciones de Madres y Padres del Alumnado y, en su caso, a la Junta de Delegados del Alumnado y a sus Asociaciones.

Disposición Final Segunda. Recursos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición Final Tercera. Delegación de competencias y entrada en vigor.

1. Se delega en la Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado las competencias para adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

2. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de febrero de 2004

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

ANEXO I

CONCURSO DE RECURSOS EDUCATIVOS DIGITALES

EN SOFTWARE LIBRE

Don/Doña:

DNI/NIF:NRP (si se trata de profesorado funcionario):

Con domicilio en:

Teléfono:Correo electrónico:

Destinado en el centro:De la localidad de:

Cuenta bancaria (20 dígitos):

Don/Doña:

DNI/NIF:NRP (si se trata de profesorado funcionario):

Con domicilio en:

Teléfono:Correo electrónico:

Destinado en el centro:De la localidad de:

Cuenta bancaria (20 dígitos):

Autor(es) del trabajo titulado:

Desean participar en el Concurso de recursos educativos digitales en software libre.

Firmado:

ILMA. SRA. DIRECTORA GENERAL DE EVALUACION EDUCATIVA Y

FORMACION DEL PROFESORADO

Concurso de recursos educativos digitales en software libre Torretriana. Isla de la Cartuja. 41071 Sevilla.

ANEXO II

CONCURSO DE RECURSOS EDUCATIVOS DIGITALES

EN SOFTWARE LIBRE

Datos del trabajo presentado

Título del trabajo:

Breve descripción del trabajo:

Resumen de los objetivos:

Etapa(s) educativa(s) a las que va dirigido:

Materias o áreas de las que trata:

Para los programas informáticos:

Posibilidad de ejecución sin necesidad de instalación previa (Sí/No):

Requerimientos mínimos del equipo para su ejecución

(microprocesador, velocidad, memoria RAM, resolución gráfica, capacidad de disco duro, tarjeta de sonido, etc.):

Requerimientos aconsejables del equipo para su ejecución:

Para las páginas destinadas a ser vistas desde un navegador: Módulos adicionales (plug-ins) requeridos para la visualización de las páginas:

ANEXO III

CONCURSO DE RECURSOS EDUCATIVOS DIGITALES

EN SOFTWARE LIBRE

Don/Doña:DNI/NIF:

Don/Doña:DNI/NIF:

Don/Doña:DNI/NIF:

Autor/a/es del trabajo titulado:

DECLARA(N):

Que el trabajo es original, y que posee(n) los derechos plenos de uso y reproducción del código, textos, imágenes y recursos multimedia incluidos en el trabajo.

Que el trabajo no ha sido comercializado ni premiado

anteriormente.

Que el trabajo Sí/No (táchese lo que no proceda) ha recibido una ayuda económica de euros

de la Administración o entidad

Que en caso de que el trabajo resulte premiado, el/la/los autor/a/es autorizan a la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía su reproducción, publicación y

alojamiento en sus servidores de información.

Firma

Firma

Firma

Descargar PDF