Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 01/03/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº6 DE GRANADA

EDICTO dimanante del juicio cambiario núm. 276/03. (PD. 592/2004).

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En los autos de J. Cambiario núm. 276/03, se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo, son del tenor literal siguiente:

En Granada, a veintidós de septiembre de 2003. La Ilma. Sra. doña Angélica Aguado Maestro, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número Seis de esta ciudad; habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal núm. 276/03, promovidos a instancia de doña María Teresa Dávila Ponce de León Guerrero de Escalante, representada por la Procuradora doña Josefa Hidalgo Osuna y en su defensa la Letrada doña Juana Inmaculada Serrano Melero; contra Ferroimar, S.L., declarada en rebeldía, versando el juicio sobre resolución de contrato por falta de pago de las rentas y reclamación de las mismas. 1. Declaro haber lugar al desahucio y condeno a Ferroimar, S.L., que deje libre y a disposición de doña María Teresa Dávila Ponce de León Guerrero de Escalante, la vivienda sita en Granada, calle Doctor Azpitarte, complejo Plaza de Toros, bloque 2, escalera 2, piso

1.º-B, con apercibimiento de lanzamiento en otro caso.

F A L L O

1. Declaro haber lugar al desahucio y condeno a Ferroimar, S.L., que deje libre y a disposición de doña María Teresa Dávila Ponce de León Guerrero de Escalante, la vivienda sita en Granada, calle Doctor Azpitarte, complejo Plaza de Toros, bloque 2, escalera 2, piso 1.º-B, con apercibimiento de lanzamiento en otro caso.

2. Condeno a Ferroimar, S.L. pagar a doña María Teresa Dávila Ponce de León Guerrero de Escalante la cantidad de dos mil ciento setenta y cinco euros con cincuenta y cinco céntimos (2.175,55 euros), más las rentas y complementos que resulten hasta la ejecución de la sentencia.

3. Condeno a Ferroimar, S.L., al pago de las costas.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia en forma al demandado Ferroimar, S.L., que se encuentra en ignorado paradero, haciéndole saber que contra el fallo de la misma cabe recurso de apelación que se preparará por escrito dirigido a este Juzgado en el término de cinco días y para ante la Ilma. Audiencia Provincial, expido, firmo y sello la presente en Granada, a veintitrés de septiembre del año dos mil tres.- El Secretario.

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