Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 02/03/2004

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCIONde 16 de febrero de 2004,de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Contratados Doctores (Modalidad Ordinaria).

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La Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, a tenor de lo dispuesto en los artículos 2.2 e) y 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, convoca Concurso Público de Méritos para la contratación de Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Contratados Doctores (artículos 50 y 52 de la LOU) que se relacionan en el Anexo II de esta convocatoria, para desempeñar funciones docentes y, en su caso, investigadoras en las materias que se especifican.

El presente Concurso se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (Boletín Oficial del Estado de 24 de diciembre), por la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 31 de diciembre), por el Decreto 298/2003, de 21 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla y por la Normativa sobre el Procedimiento de Contratación de Personal Docente e Investigador aprobada por la Comisión Gestora de esta Universidad con fecha 12 de julio de 2002.

1.ª Requisitos de los aspirantes.

1.1. Estas contrataciones no están sujetas a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad.

1.2. Para ser admitido al presente concurso, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.2.1. Tener cumplidos los 18 años y no haber cumplido la edad de jubilación.

1.2.2. Estar en posesión del título de doctor.

1.2.3. Los candidatos a plazas de Profesores Ayudantes Doctores deberán estar en posesión de la correspondiente acreditación por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria. Asimismo deberán cumplir los requisitos de desvinculación correspondientes recogidos en la Ley Orgánica de Universidades articulo 50 y disposiciones transitorias

4.º y 5.º.

1.2.4. Los candidatos a plazas de Profesores Contratados Doctores deberán estar en posesión de la correspondiente acreditación por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

1.2.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

1.2.6. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

1.3. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

1.4. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada en cada caso.

2.ª Presentación de solicitudes.

2.1. La solicitud se efectuará mediante instancia-currículum debidamente cumplimentada y firmada, según modelo establecido por la Universidad Pablo de Olavide que se facilitará en Información (Edificio 9) de esta Universidad (Anexo III).

2.2. A dicha solicitud, los interesados adjuntarán, documentalmente justificados, cuantos méritos estimen oportunos en orden a la adjudicación de la plaza a la que concursen. Dichos méritos deberán ser numerados en el orden correspondiente que figura en la instancia-currículum, al objeto de su comprobación e identificación por la Comisión de Contratación.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se podrán alegar nuevos méritos.

2.3. La titulación requerida se acreditará mediante fotocopia del título correspondiente o, en su caso, del justificante de haber abonado los derechos para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones extranjeras, deberá acreditarse la correspondiente homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

2.4. Para acreditar los requisitos los candidatos deberán presentar:

- Plazas de Profesores Ayudantes Doctores:

a) Declaración jurada de no haber tenido ninguna relación contractual, estatutaria o como becario en esta Universidad. En el caso de haber tenido relación contractual, estatutaria o como becario con esta Universidad, certificación que acredite haber realizado durante al menos dos años, tareas docentes y/o investigadoras en centros no vinculados a esta Universidad.

b) Documentación acreditativa de la evaluación positiva de la actividad docente e investigadora para la contratación de profesorado universitario en la figura de Profesor Ayudante Doctor por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

- Plazas de Profesores Contratados Doctores:

Documentación acreditativa de la evaluación positiva de la actividad docente e investigadora para la contratación de profesorado universitario en la figura de Profesor Contratado Doctor por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

2.5. Quienes deseen tomar parte en este concurso remitirán la correspondiente solicitud (Anexo III) al Excelentísimo y Magnífico Señor Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, carretera de Utrera, Kilómetro 1, 41013- Sevilla, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en el plazo expresado a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

2.6. Los aspirantes deberán abonar a través de transferencia o mediante efectivo a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, la cantidad de 19 euros en concepto de derechos de examen. El impreso correspondiente se facilitará junto con la instancia.

2.7. El ingreso deberá efectuarse en el Banco Santander Central Hispano, en la cuenta 0049-5048-50.2616135233, abierta en esa entidad a nombre de "Universidad Pablo de Olavide. Ingresos Diversos", haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, núm. de orden de la plaza a la que concursa, núm. de documento: 099, Referencia 1: 002 y Referencia

2: DNI/NIF/Pasaporte.

A la instancia-curriculum deberá adjuntarse el justificante acreditativo original del pago de los derechos. La falta de pago de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. Los interesados deberán presentar una instancia-curriculum y abonar los derechos de examen por cada código y tipo de plaza a la que se pretenda concursar.

2.9. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública, en el plazo máximo de los diez días hábiles siguientes, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos con indicación, en este último caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las

correspondientes listas en el tablón de anuncios de este Rectorado y en la página web de esta Universidad. Contra esta Resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días hábiles.

Cuando algún interesado, habiendo presentado la solicitud dentro de plazo, no acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados, dispondrá de ese mismo plazo (diez días hábiles desde la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos) para la presentación de dichos documentos acreditativos. Sólo se valorarán los méritos que el concursante reúna a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y que estén debidamente acreditados. Dado que se trata de un procedimiento de concurrencia competitiva, el mencionado plazo de diez días hábiles no podrá ser ampliado.

Una vez resueltas las reclamaciones, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos por el procedimiento anteriormente mencionado.

2.10. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado.

3.ª Resolución del concurso.

3.1. Los méritos de los aspirantes serán juzgados por las Comisiones de Contratación de esta Universidad.

El baremo que rige para todas las plazas convocadas se acompaña con esta convocatoria (Anexo I).

Las Comisiones de Contratación se reservan el derecho de efectuar entrevistas personales a aquellos candidatos que se estime oportuno a fin de aclarar aspectos determinados de los "curricula" presentados.

3.2. Las Comisiones encargadas de examinar y valorar las instancias serán competentes para resolver las dudas que puedan surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo.

3.3. El plazo máximo en que las comisiones de contratación resolverán el concurso será de cinco días hábiles desde la recepción de las solicitudes en el departamento afectado. El Area de Recursos Humanos publicará las propuestas de adjudicación en el tablón de anuncios del Rectorado en el plazo de dos días desde su recepción.

Contra estas propuestas, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Excmo. y Magnífico Señor Rector de esta Universidad, en el plazo de un mes a partir de su publicación. Dicha publicación tendrá carácter de notificación a los adjudicatarios de las plazas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5-b de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que no se efectuará notificación personal alguna.

4.ª Duración de los contratos.

La duración de los contratos será la siguiente:

4.1. Iniciación:

Los aspirantes propuestos se personarán en el Area de Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide para la firma del contrato, en el plazo de diez días, a partir del día siguiente a la publicación de la propuesta de adjudicación de la plaza. En el caso de que el adjudicatario de la plaza no se persone en dicho plazo para la firma del contrato se entenderá que renuncia al mismo.

Los efectos del contrato serán del día siguiente de la firma del mismo.

La documentación a presentar por los adjudicatarios de las plazas para poder firmar el contrato será la siguiente:

a) Originales de la documentación requerida en el punto 2.4 de la convocatoria.

b) Original y 2 fotocopias del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

c) Original y fotocopia de la Titulación requerida.

d) Certificado Médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) Dos fotografías tamaño carné.

f) Número de afiliación a la Seguridad Social (fotocopia del documento de afiliación a la SS).

g) Datos bancarios.

h) Solicitud de compatibilidad, si procediese, acompañada de certificados de horario expedidos por el Centro o Departamento correspondiente de esta Universidad, en cuanto a la actividad docente, y por el titular del órgano competente en materia de personal, en cuanto a la actividad pública o privada que se pretende compatibilizar. En el primer caso se acompañará fotocopia de la última nómina.

Durante la vigencia del contrato la Universidad podrá pedir al adjudicatario la aportación de los originales correspondientes a cualquier otro documento presentado al concurso. La no aportación de los originales requeridos o la no veracidad de los datos del curriculum podrá determinar la resolución del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar en derecho. Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido por la Comisión de contratación. En todo caso se acompañará dicha traducción de los documentos indicados en los apartados comprendidos entre a) y h) anteriores. La traducción oficial podrá realizarse en cualquiera de los siguientes organismos:

a) En la representación diplomática o consular de España en el extranjero.

b) En la representación diplomática o consular del país del que proceden los documentos en España.

c) Por traductor jurado debidamente inscrito y autorizado en España.

Los adjudicatarios de las plazas no podrán comenzar su actividad sin haber firmado el contrato y sin estar dados de alta en Seguridad Social.

No se admitirá la retroactividad de efectos económicos en ningún caso.

4.2. Terminación:

Para las plazas de Profesores Ayudantes Doctores, hasta el 30 de septiembre de 2004, prorrogable por años hasta un máximo de 4 años.

La duración inicial de los contratos de Profesores Contratados Doctores, será de 5 años de prestación de servicios efectivos.Para que sus contratos puedan ser renovados, este profesorado habrá de someterse a evaluación de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria la actividad desempeñada en los primeros cinco años de vigencia del contrato. Superada esta evaluación positiva, el contrato pasará a tener carácter indefinido, con los efectos que reglamentariamente se establezcan.

5.º Retirada documentación.

Los concursantes que no hayan obtenido plaza podrán retirar la documentación presentada al concurso en el plazo de tres meses desde que devenga firme la resolución administrativa (o judicial, en su caso) del concurso.

A partir de dicho plazo, la Universidad dispondrá de dicha documentación, pudiendo llevar a cabo su destrucción.

6.º Disposición final.

Contra esta Resolución podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios de esta Universidad, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999 (BOE de 14 de enero).

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 16 de febrero de 2004.- El Rector accidental, El Vicerrector de Ordenación Académica y Postgrado, Juan Fernández Valverde.

ANEXO I

BAREMO PARA LA CONTRATACION DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR EN LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE

I. Expediente, títulos y formación considerando la calidad y relación con la plaza objeto de concurso, hasta 2 puntos.

II. Docencia e investigación considerando la calidad y relación con la plaza objeto de concurso, hasta 4 puntos desglosados así:

II.1. Por actividad docente, hasta 2 puntos.

II.2. Por actividad investigadora, hasta 2 puntos.

III. Otros méritos, hasta 1 punto desglosado así:

III.1. Otras titulaciones, hasta 0,1 puntos.

III.2. Cursos y cursillos recibidos, hasta 0,1 puntos. III.3. Actividad profesional, hasta 0,8 puntos.

IV. Adecuación de los méritos del concursante a las necesidades docentes e investigadoras de la Universidad Pablo de Olavide, hasta 3 puntos.

La Comisión de Contratación determinará para cada concursante dicho grado de adecuación, oído el responsable del área de conocimiento correspondiente a la plaza objeto de concurso. Si la Comisión de Contratación lo estima oportuno, los concursantes a la plaza convocada tendrán que presentar un programa de la asignatura y podrán ser citados a una entrevista ante la Comisión. Cuando en la plaza objeto de concurso se requiera a los concursantes un perfil concreto, esta circunstancia tendrá que ser valorada por la Comisión de Contratación quedando constancia en el Acta.

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