Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 10/03/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 23 de febrero de 2004, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Marchena (Sevilla). (PP. 636/2004).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Sevilla, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

Cuota fija o de servicio

Uso doméstico

Calibre del contador en mm Euros/mes

13 1,66

15 1,69

20 2,81

25 4,10

30 5,55

40 9,27

50 13,69

65 18,68

80 33,74

Uso industrial, comercial, oficial y extrarradio Calibre del contador en mm Euros/mes

13 3,20

15 3,58

20 5,92

25 8,64

30 11,65

40 19,51

50 34,00

65 39,29

80 66,36

Cuota variable o de consumo

Uso doméstico

De 0 hasta 15 m/bimestre 0,49 euros/m

Más de 15 hasta 30 m/bimestre 0,68 euros /m Más de 30 hasta 50 m/bimestre 1,02 euros /m Más de 50 m/bimestre 1,39 euros /m

Uso extrarradio

De 0 hasta 25 m/bimestre 0,78 euros/m

Mas de 25 m/bimestre 0,94 euros/m

Uso industrial

De 0 hasta 25 m/bimestre 0,65 euros/m

Más de 25 m/bimestre 0,76 euros/m

Uso oficial

Bloque único/bimestre 0,74 euros/m

Bonificación. Los pensionistas que cumplan las condiciones señaladas en la Ordenanza aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el 4 de septiembre de 2003, tendrán una bonificación del 90% en el precio del primer bloque de la tarifa doméstica.

El resto de los conceptos tarifarios (Derechos de acometida, cuota de contratación y reconexión y fianzas) permanecerán vigentes, según lo establecido en la Resolución de 28 de junio de 2002 (BOJA núm., de 23 de julio de 2002).

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos

114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 23 de febrero de 2004.- El Viceconsejero, P.S. (Dto.

137/2000), La Secretaria General Técnica, Asunción Peña Bursón.

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