Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 15/03/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE CHIPIONA

CORRECCION de errores a anuncio de bases que se citan (BOJA núm. 18, de 28.1.2004).

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Doña María Dolores Reyes Ramos Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Chipiona, en uso de las atribuciones conferidas el art. 21 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, he resuelto con esta fecha dictar el siguiente

A N U N C I O

Habiéndose aprobado por acuerdo de la Comisión Municipal de Gobierno de fecha 26 de febrero de 2004, por el cual se modificaban las bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de promoción interna, mediante concurso-oposición de tres plazas de Oficial de la Policía Local, de conformidad con el requerimiento efectuado por la Consejería de Gobernación, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 2 de fecha 3 de enero de 2004 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número

18 de fecha 28 de enero de 2004, procédase hacerse público las rectificaciones de las bases mencionadas, quedando las bases redactadas como a continuación se detallan: Base segunda. Donde dice "Decreto 196/1992, de 24 de noviembre, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía," habrá que sustituirse por "Decreto

201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local".

Base Tercera. El apartado 3.1.a) quedará redactado "Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en los Cuerpos de la Policía Local, en la categoría inmediata inferior a la que aspiran, computándose a estos efectos el tiempo en el que se haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo".

Base quinta. El apartado 5.1 quedará tal y como sigue "- Expirado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa-Presidenta aprobará la relación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, expresando la causas de exclusión, y será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz a la que pertenezca el municipio, indicando en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, los lugares donde se encuentren al público, tal y como establece el art. 7.1 del Decreto 201/2003, de 8 de julio".

Base sexta. El apartado 6.1 quedará modificado con el siguiente texto "El Tribunal estará constituido, bajo la presidencia del Alcalde/sa o Concejal/a en quien delegue, por cuatro vocales, predominantemente técnicos y el Secretario de la Corporación o el funcionario que se designe como sustituto, con voz y sin voto:

El Tribunal estará constituido por los siguientes miembros:

a) Presidente: La de la Corporación o Concejal/a de la misma en quien delegue.

b) Secretario: El de la Corporación, o funcionario/a en quien delegue, con voz y sin voto.

c) Vocales:

- Un Representante de la Junta de Andalucía, nombrado/a por la Consejería de Gobernación.

- Dos técnicos a propuesta de la Alcaldía-Presidencia.

- Un representante de la Junta de Personal".

El apartado 6.5 quedará "El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del/a Presidente/a, del/a Secretario/a y dos vocales, como así dispone el art. 8 del Decreto 201/2003, de 8 de julio. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas selectivas y aplicar los baremos correspondientes".

Base séptima. El apartado 5 será sustituido por ".- La duración máxima entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente será de un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco, art. 6 del apartado i del Decreto

201/2003, de 8 de julio."

Base octava. Quedará redactada por el siguiente texto:

"El proceso selectivo constará de las siguientes pruebas y fases:

1. Primera fase: Concurso.

1. El Tribunal comprobará los méritos justificados por los/as aspirantes y les asignará la puntuación que corresponda según el baremo del Anexo IV, que será expuesta en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.

2. En ningún caso la valoración de los méritos puede ser superior al 45% de la máxima prevista en la fase de oposición ni servirá para superar dicha fase.

2. Segunda fase: Oposición, que consta de la siguiente prueba: Prueba de conocimiento. Que consta de un ejercicio:

Consistirá en una prueba de conocimientos, compuesta por dos partes, la primera, la contestación, por escrito, de los temas o cuestionario de preguntas alternativas, propuestos por el Tribunal para cada materia de las que figuren en el temario de la convocatoria; y la segunda, la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario par aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos en las contestaciones y otros cinco, en la resolución practica. La calificación final, será la suma de ambas dividida por dos. Para su realización se dispondrá de tres horas, como mínimo".

Base undécima. El apartado 11.4 será sustituido por el

siguiente: "La no incorporación o el abandono de estos cursos, por causas que se considere injustificada e imputable al alumno, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en la oposición, el concurso o en el concurso-oposición y la

necesidad, en su caso, de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias".

El apartado 11.5 será el que detalla a continuación: "Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe emitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente que, de no superar, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en la oposición, el concurso o en el concursooposición y la

necesidad, en su caso, de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias".

El anexo I y el anexo II quedan suprimidos, pasando el anexo III y el anexo IV a ser el anexo I y II, respectivamente.

Lo que se hace público a los efectos oportunos, procediendo a la publicación en los Boletines Oficiales correspondientes, así como su inserción en el Tablón de Edictos de esta Corporación.

Chipiona, 27 de febrero de 2004

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