Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 24/03/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 89/2004, de 2 de marzo, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Ronda (Málaga), del 28,05% de una parcela sita en la Unidad de Ejecución UE-19 La Rotonda de la citada localidad, con destino a sede judicial; y se adscribe a la Consejería de Justicia y Administración Pública.

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Por el Ayuntamiento de Ronda (Málaga) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía el 28,05% de una parcela ubicada en la UE-19 "La Rotonda" de dicho municipio, destinada a la construcción de un Edificio de Usos Múltiples para equipamientos, con destino a albergar diversas dependencias judiciales.

Por la Consejería de Justicia y Administración Pública se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá disponer de instalaciones con la capacidad que precisa la administración de justicia en el Partido Judicial.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 2 de marzo de 2004,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Ronda (Málaga) del 28,05% de la siguiente finca:

Parcela urbana de terreno destinado a equipamientos sita en Ronda, sector La Rotonda, en la Unidad de Ejecución UE-19 "La Rotonda", con superficie de 4.300 m. Linda: Norte, Carretera de Circunvalación; Este, Zona Verde 1; Oeste, Zona Verde 3; y, Sur, calle N-O y Zonas Verdes 5 y 6.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Ronda, a favor del Ayuntamiento del citado municipio, al folio 101 del tomo 729, libro 507, finca núm. 29.335.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parte de la parcela donada, que se adscribe a la Consejería de Justicia y Administración Pública con destino a sede de los órganos jurisdiccionales del Partido Judicial de Ronda.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 2 de marzo de 2004

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE SALGUEIRO CARMONA

Consejero de Economía y Hacienda

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