Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 12/01/2004

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 16 de diciembre de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se modifica la de 3 de noviembre de 2003, por la que se convocan a concurso de traslado, plazas vacantes y de nueva creación de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Mediante Resolución de 3 de noviembre de 2003, la Secretaría General Técnica convocó a concurso de traslados plazas vacantes y de nueva creación de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

Advertido error en dicha Resolución se procede a la modificación de la misma en el sentido siguiente:

En la base Segunda, punto 1 de la Resolución:

Donde dice:

"Los funcionarios de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias ha transcurrido un año desde la toma de posesión en su actual puesto de trabajo definitivo (art. 57.c del Real Decreto 249/1996), con la excepción prevista en el artículo.c) del Reglamento Orgánico."

Debe decir:

"Los funcionarios de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias ha transcurrido un año desde el nombramiento en su actual puesto de trabajo definitivo (art. 57.c del Real Decreto

249/1996), con la excepción prevista en el artículo 52 c) del Reglamento Orgánico."

En la base Segunda, punto 4 de la Resolución:

Donde dice:

"Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de hijos al amparo de lo dispuesto en el art. 35 del Real Decreto

249/1996, sólo podrán concursar si ha transcurrido 1 año desde la toma de posesión del último destino definitivo."

Debe decir:

"Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de hijos al amparo de lo dispuesto en el art. 35 del Real Decreto

249/1996, sólo podrán concursar si ha transcurrido 1 año desde el nombramiento del último destino definitivo."

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo competente en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, según lo dispuesto en el art. 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.

Sevilla, 16 de diciembre de 2003.- El Secretario General Técnico, Carlos Toscano Sánchez.

Descargar PDF