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De conformidad con lo establecido en el artículo único y en las bases 2.1, y 2.11 del Anexo I de la Resolución de 8 de julio de
2002 (BOJA núm. 87, de 25 de julio), por la que se convoca proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de determinadas categorías de personal no sanitario de Grupo A dependientes del Servicio Andaluz de Salud; habiéndose publicado, mediante Resoluciones de 15 de octubre de 2003 (BOJA núm. 207, de 28 de octubre), la resolución definitiva de los concursos de traslados para la provisión de plazas básicas vacantes de Psicólogos y Técnicos de Función Administrativa, convocados por Resoluciones de 2 de mayo de 2002 (BOJA núm. 66, de 6 de junio); vistas las actas de los Tribunales Calificadores de las categorías que se citan; y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio) por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el Decreto 245/2000, de 31 de mayo (BOJA núm. 65, de 6 de junio) de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General,
HA RESUELTO
Primero. Acumular, a las plazas ofertadas en el proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de las categorías de Psicólogos y Técnicos de Función Administrativa -convocados mediante Resoluciones de
8 de julio de 2002- las plazas convocadas y no adjudicadas como consecuencia de la resolución definitiva de los concursos de traslados de dichas categorías, convocados por Resolución de 2 de mayo de 2002, así como las plazas que han resultado vacantes tras la resolución definitiva de los mismos (ver cuadro Anexo).
Segundo. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de diciembre de 2003.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.
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