Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 26/03/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Medio Ambiente

CORRECCION de errores a la Orden de 28 de enero de 2004, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos para la financiación de gastos derivados de la aplicación del Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21, y se convocan ayudas para el año 2004 (BOJA núm. 31, de 16.2.2004).

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Advertido error en el texto de la citada Orden, publicada en el BOJA núm., de 16 de febrero de 2004, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

Página 3.957; en el artículo 11, donde dice:

1. El pago de la subvención se efectuará en dos fases, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la Ley de Presupuesto de cada ejercicio. Un primer pago del 50%, que tendrá la consideración de anticipo, y un segundo pago del 50% restante una vez justificado correctamente por el beneficiario el gasto total de la actividad subvencionada. Para el mandamiento de pago de la cantidad anticipada, el beneficiario deberá constituir un aval bancario en la Caja de Depósitos radicada en la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda por el importe de dicha subvención parcial, a disposición de la persona titular de la Dirección General de la Consejería de Medio Ambiente competentes para otorgar la subvención, para garantizar que la inversión subvencionada se realiza en su totalidad de acuerdo con la subvención por la que se concedió. El depósito constituido se cancelará una vez se acredite dicho extremo.

Debe decir:

1. El pago de la subvención se efectuará en dos fases, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la Ley de Presupuesto de cada ejercicio. Un primer pago del 50%, que tendrá la consideración de anticipo, y un segundo pago del 50% restante una vez justificado correctamente por el beneficiario el gasto total de la actividad subvencionada.

Sevilla, 9 de marzo de 2004

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