Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/03/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 11 de marzo de 2004, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifican los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares que se citan.

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La Ley del Parlamento de Andalucía 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas introduce, entre otras, un conjunto de medidas de orden social y medioambientales en materia de contratación con el objetivo de fomentar la integración laboral de las personas con discapacidad y la realización de conductas más respetuosas con el medio ambiente, obligando a los Organos de Contratación a incluir en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares la preferencia en la adjudicación de contratos a aquellas empresas que acrediten dichas circunstancias, valorándose de esta manera por la Administración el compromiso de los ciudadanos con dichos objetivos.

Por otra parte, también se modifican los Pliegos Tipo que se relacionan, conforme a la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 12 de septiembre de 2003 y la Recomendación 8/2003 de 16 de diciembre, y así se incluyen en los mismos la previsión de acreditación automatizada del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la finalidad de evitar que los ciudadanos se vean obligados a aportar datos que ya obren en poder de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por último, el Informe 9/2003 de 16 de diciembre de la Comisión Consultiva de Contratación Administrativa, se pronuncia sobre el artículo 87.1 del Reglamento general de contratación, Informe que ha llevado a la Mesa de Contratación Central a acordar la supresión en el concurso, del acto público por el que la Mesa de Contratación determina cual es la propuesta más ventajosa y formula propuesta de adjudicación a favor la misma.

En virtud de lo expuesto, previo informe favorable de la Asesoría Jurídica y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 245/2000 de 31 de mayo por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud,

RESUELVO

Primero. Modificar los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares que se citan a continuación, quedando redactados como sigue:

Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de suministros mediante procedimiento abierto, modalidad concurso que figura como Anexo I a la Resolución de

29 de abril de 2002, publicada en BOJA núm. 60 de 23 de mayo de

2002. Modificado por resoluciones de 16 de mayo de 2003, publicada en BOJA núm. 100 de 28 de mayo y de 23 de septiembre de 2003, publicada en BOJA núm. 191 de 3 de octubre.

Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de suministros, suministro de prótesis, suministro de material no sanitario y suministro de material fungible sanitario, mediante procedimiento abierto, modalidad concurso, todos ellos al amparo del art. 172.1.a) del TRLCAP, que figuran como Anexos I, II, III, IV, respectivamente, de la Resolución de 19 de junio de 2002, publicada en BOJA núm. 84 de 18 de julio de 2002, con corrección de errores publicada en BOJA núm.

118, de 8 de octubre de 2002. Modificados, posteriormente los tres últimos Pliegos citados por la resolución de 14 de abril de 2003 publicada en BOJA núm. 79 de 28 de abril y todos ellos modificados por resoluciones de 16 de mayo de 2003, publicada en BOJA núm. 100 de 28 de mayo y de 23 de septiembre de 2003, publicada en BOJA núm. 191 de 3 de octubre.

Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de servicios mediante procedimiento abierto, modalidad concurso, que figura como Anexo II a la Resolución de

29 de abril de 2002, publicada en BOJA núm. 60 de 23 de mayo de

2002, con corrección de errores publicada en BOJA núm. 84 de 18 de julio de 2002. Modificado por resolución de 16 de mayo de

2003, publicada en BOJA núm. 100 de 28 de mayo.

Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares, para la contratación de consultoría y asistencia mediante procedimiento abierto modalidad concurso, que figuran como Anexo V de la Resolución de 19 de junio de 2002, publicada en BOJA núm. 84 de

18 de julio de 2002, con corrección de errores publicada en BOJA núm. 118, de 8 de octubre de 2002 y modificada

posteriormente por resolución de 16 de mayo de 2003, publicada en BOJA núm. 100 de 28 de mayo.

Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares, para la contratación del arrendamiento de bienes muebles con opción de compra mediante procedimiento abierto, modalidad concurso, aprobado por Resolución de 22 de octubre de 2002, publicada en BOJA núm. 133 de 14 de noviembre de 2002 y modificado por Resolución de 16 de mayo de 2003, publicada en BOJA núm. 100 de

28 de mayo.

El apartado 6.3.4 de la cláusula 6.3 "Criterios de

Adjudicación", de los Pliegos de Suministros y de Arrendamiento que se citan y el 6.3.3 de los pliegos de Servicio y

Consultoría y Asistencia, quedan como sigue:

"Se dará preferencia en la adjudicación del contrato a aquellas empresas que en el momento de acreditar su solvencia técnica, justifiquen tener en la plantilla de sus centros de trabajo radicados en Andalucía un número no inferior al 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, siempre que las proposiciones presentadas igualen en sus términos a la más ventajosa desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan de base para la adjudicación. En los mismos términos se darán

preferencia a aquellas empresas que presenten un adecuado compromiso medioambiental de acuerdo con lo previsto en el artículo 120 de la Ley del Parlamento de Andalucía 18/03 de 29 de diciembre de 2003, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.

De persistir el empate o en el caso de que no se den los supuestos previstos en el párrafo anterior, la adjudicación recaerá en primer lugar en la oferta más económica de las incursas en igualdad de puntuación. En segundo lugar, se aplicarán por orden de importancia en cuanto a la mayor ponderación asignada en el concurso, los criterios de

valoración establecidos en el mismo."

En el subapartado que proceda del apartado 5.3.2.1 de la cláusula 5.3 "Documentación Personal (Sobre núm. 1)" de los pliegos citados, se añaden dos nuevos párrafos:

"Documento acreditativo, en su caso, de tener en la plantilla de sus centros de trabajo radicados en Andalucía un número no inferior al 2 por 100 de trabajadores con discapacidad, por tener un grado de minusvalía igual o superior al 33 por.

Documentos que justifiquen, en su caso, el grado de compromiso medioambiental de la empresa."

La cláusula 6.4. Propuesta de Adjudicación, de los Pliegos reseñados, modifica su redacción quedando como sigue:

"6.4.1. La Mesa, tras la lectura del informe técnico, elevará al Organo de Contratación las proposiciones junto con el acta y la propuesta de adjudicación, en la cual incluirá, en todo caso la ponderación de los criterios de adjudicación, previstos en el presente pliego.

6.4.2. Previamente a la Resolución de adjudicación, el Organo de Contratación, o la Unidad Administrativa que éste designe a tales efectos, requerirá al licitador o licitadores que vayan a resultar adjudicatarios del contrato o contratos la siguiente documentación, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social:

- Certificación positiva de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social correspondiente acreditativa de que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus

obligaciones con la Seguridad Social, entendiendo por tales las previstas en el artículo 14 del Reglamento General.

- Certificación positiva expedida por el órgano competente de la AEAT justificativa de hallarse al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entendiendo por tales las recogidas en el artículo 13.1 letras, b), c), y d) del citado Reglamento. Dicha certificación podrá ser sustituida por declaración responsable del interesado de que cumple las circunstancias señaladas y autorización expresa a la

Administración contratante para que pueda procederse a la cesión de la información por parte de la Administración competente, en cuyo caso deberá aportar debidamente

cumplimentado el modelo Anexo IV "Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía en procedimientos de contratación".

- Certificación positiva expedida por el órgano competente de la Consejería de Economía y Hacienda, justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, según lo establecido en la letra e) del artículo 13.1 del citado Reglamento. Dicha certificación podrá ser sustituida por declaración responsable del interesado de que cumple las circunstancias señaladas y autorización expresa a la

Administración contratante para que pueda procederse a la cesión de la información por parte de la Administración competente, en cuyo caso deberá aportar debidamente

cumplimentado el modelo Anexo IV "Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía en procedimientos de contratación".

- Documento que acredite estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, mediante presentación del alta referida al ejercicio corriente o, en su caso, del último recibo del citado impuesto, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.

La documentación señalada podrá aportarse en original o copia compulsada.

El plazo para la aportación de dicha documentación será de 5 días hábiles a partir de la recepción del escrito requiriendo la misma."

El apartado 6.3.1 de la cláusula 6.3, "Propuesta y Resolución de Adjudicación" en los Pliegos Tipo de Cláusulas

Administrativas Particulares para la contratación de

suministros, servicios y consultoría y asistencia, mediante procedimiento negociado con publicidad/sin publicidad, que figuran como Anexos I, II y III de la Resolución de 23 de agosto de 2002, publicada en BOJA núm. 111 de 21 de septiembre de 2002 con corrección de errores al Pliego de consultoría y asistencia publicada en BOJA núm. 129, de 5 de noviembre de

2002. Modificados todos por Resolución de 16 de mayo de 2003, publicada en BOJA núm. 100 de 28 de mayo y el de suministros por la resolución de 23 de septiembre de 2003, publicada en BOJA núm. 191 de 3 de octubre, queda como sigue:

"6.3.1. Previamente a la Resolución de adjudicación, el Organo de Contratación, o la unidad administrativa que éste designe a tales efectos, requerirá al licitador o licitadores que vayan a resultar adjudicatarios del contrato o contratos la siguiente documentación, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social:

- Certificación positiva de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social correspondiente acreditativa de que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus

obligaciones con la Seguridad Social, entendiendo por tales las previstas en el artículo 14 del Reglamento General.

- Certificación positiva expedida por el órgano competente de la AEAT justificativo de hallarse al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias, entendiendo por tales las recogidas en el artículo 13.1 letras, b), c), y d) del citado Reglamento. Dicha certificación podrá ser sustituida por declaración responsable del interesado de que cumple las circunstancias señaladas y autorización expresa a la

Administración contratante para que pueda procederse a la cesión de la información por parte de la Administración competente, en cuyo caso deberá aportar debidamente

cumplimentado el modelo Anexo IV "Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía en procedimientos de contratación".

- Certificación positiva expedida por el órgano competente de la Consejería de Economía y Hacienda, justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, según lo establecido en la letra e) del artículo 13.1 del citado Reglamento. Dicha certificación podrá ser sustituida por declaración responsable del interesado de que cumple las circunstancias señaladas y autorización expresa a la

Administración contratante para que pueda procederse a la cesión de la información por parte de la Administración competente, en cuyo caso deberá aportar debidamente

cumplimentado el modelo Anexo IV "Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía en procedimientos de contratación".

- Documento que acredite estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, mediante presentación del alta referida al ejercicio corriente o, en su caso, del último recibo del citado impuesto, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.

La documentación señalada podrá aportarse en original o copia compulsada.

El Plazo para la aportación de dicha documentación será de 5 días hábiles a partir de la recepción del escrito requiriendo la misma".

El subapartado d), del apartado 5.3.2.1 de la cláusula.3. Documentación Personal (Sobre núm. 1) de todos los Pliegos Tipo citados, queda como sigue:

d) Una declaración responsable, otorgada por el firmante de la proposición ante una autoridad administrativa (conforme al modelo que figura como Anexo III), Notario Público u Organismo Profesional cualificado, de que el licitador no está incurso en ninguno de los casos de prohibición de contratar con la Administración previstos en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Dicha declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Asimismo, si voluntariamente lo decide podrá incluir a los efectos pertinentes el Anexo IV, relativo a la

Autorización para la cesión de información sobre las

obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía en procedimientos de contratación.

Se añade un Anexo IV a todos los Pliegos Tipos citados: ANEXO IV

AUTORIZACION PARA LA CESION DE INFORMACION RELATIVA A

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO Y LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ANDALUCIA EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION

Don/Doñacon

DNI , en nombre propio/en

representación decon CIF

(cumplimentar lo que proceda).

AUTORIZACION

A la Consejería de /

Organismo Autónomo

(cumplimentar lo que proceda) de la Junta de Andalucía, a solicitar la cesión de la información por medios informáticos o telemáticos, sobre la circunstancia de estar o no al corriente de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Andalucía así como con el Estado a efectos del procedimiento de contratación

(indicar el procedimiento contractual de que se trate), de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, disposición adicional cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias, y demás disposiciones de

aplicación.

En ........... a .... de ........... de 200 ....

Fdo.: ................................

(sello de la empresa)

Segundo. La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de marzo de 2004.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.

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