Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/03/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. NUM. 3 DE TORREMOLINOS

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 297/2003. (PD. 880/2004).

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NIG: 2990141C20033000346

Procedimiento: J. Verbal (N) 297/2003.

Juzgado: J. Primera Instancia núm. 3 de Torremolinos (Antiguo Mixto núm. Tres).

Juicio: J. Verbal (N) 297/2003.

Parte demandante: Pilar Díaz Naval.

Parte demandada José Antonio Visedo Hidalgo.

Sobre: J. Verbal (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

S E N T E N C I A

En Torremolinos a 11 de febrero del 2004.

Doña María José Ferrer Fernández, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Torremolinos, ha visto los presentes autos de juicio verbal de desahucio por falta de pago de la renta, tramitados con el núm. 297/03 y promovidos por doña Pilar Díaz Naval, representada por el Procurador don José Antonio López Espinosa Plaza y asistida por la Letrada doña Elena Matamala del Yerro, contra don José Antonio Visedo Hidalgo, en rebeldía.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda promovida por doña Pilar Díaz Naval contra don José Antonio Visedo Hidalgo, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio solicitado y a su resolución del contrato de arrendamiento que une a las partes. En su virtud, condeno a la parte demandada a estar y pasar por esta resolución y a que desaloje, deje libre y a disposición de la parte actora los locales de negocio núms., 4 y 5 del inmueble Shopping Center Montemar, Avda. Carlota Alesandri núm.

57 de Torremolinos, con apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en plazo legal, imponiendo asimismo a la parte demandada el pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente Resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mí Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 2.12.03 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos

156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación a José Antonio Visedo Hidalgo.

En Torremolinos, a veintiséis de febrero de dos mil cuatro.- El/La Secretario/a Judicial.

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