Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 30/03/2004

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Consejería de la Presidencia

ANUNCIO del Instituto Andaluz de la Mujer, por el que se notifica resolución administrativa sobre procedimiento de reintegro de la subvención que no ha podido ser notificada a las personas interesadas.

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En aplicación de lo prevenido en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a quienes seguidamente se menciona, que por este Instituto, en la fecha que se señala, se adoptó la Resolución cuyo contenido se indica someramente a continuación, la cual no han podido ser notificadas en la forma prevista en los apdos. 1 y 2 del referido artículo 59 por las causas que también se expresan:

1.º Interesada: Asociación de Mujeres Arrebol (El Ejido/Almería) (G-04378725), cuyo domicilio conocido fue Paseo Juan Carlos I, núm. 30.of.6, 04700-El Ejido. Fecha de la Resolución: 2 de diciembre 2003. Contenido:

Se declara el incumplimiento de la obligación de justificar el empleo de la subvención que se concedió a la Asociación de Mujeres Arrebol (El Ejido), con fecha 25 de septiembre de

2001, por un importe de 570,96 euros.

Se requiere el reintegro de dicha cantidad incrementada con los intereses de demora correspondientes, lo que supone un importe total de 620,79 euros.

Se advierte que, en caso de que no se lleve a cabo el reintegro en la forma y plazo que en la Resolución se expresan, se iniciará el oportuno procedimiento de recaudación en vía de apremio.

Causa de la devolución de la notificación: "Ausente". Contra la referida Resolución que agota la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Sra. Directora del Instituto Andaluz de la Mujer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha en que sean notificadas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente, en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de inicio de cómputo anteriormente indicada (si se opta por el recurso de reposición no podrá interponerse el contencioso-administrativo hasta que aquél no sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación presunta).

A efectos del reintegro y los recursos a que se ha hecho mención, se considerará que las resoluciones han sido notificadas el día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de marzo de 2004.- La Secretaria General, Isabel Liviano Peña.

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