Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 01/04/2004

3. Otras disposiciones

Otros. EMPRESA PUBLICA DE PUERTOS DE ANDALUCIA

RESOLUCION de 18 de marzo de 2004, por la que se crean, suprimen y modifican los ficheros de datos de carácter personal de este Organismo Público.

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El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas únicamente podrá hacerse por medio de disposición de carácter general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

Al mismo tiempo, la disposición adicional primera de la citada Ley Orgánica LOPD establece un plazo de tiempo para la adecuación de los ficheros a la misma, ordenando a las Administraciones públicas responsables de ficheros aprobar la disposición de creación de los mismos o adaptar la ya existente a las previsiones de esta ley.

En la Empresa Pública de Puertos de Andalucía se hace necesario, por lo tanto, aprobar la presente disposición de regulación de ficheros automatizados para adecuar los mismos a la LOPD, tal y como establece el mencionado artículo 20, procediendo, al mismo tiempo a derogar la anterior Resolución de este organismo, Orden de fecha 3 de agosto de 1994, reguladora de los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en este organismo dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 9 de septiembre), y dictada al amparo de lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica

5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, derogada por la citada Ley Orgánica 15/1999.

Por consiguiente, a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, sobre creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal y asegurar a los administrados el ejercicio de sus legítimos derechos, y en el ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas dispongo:

Primero. Declaración de ficheros.

Los ficheros conteniendo datos de carácter personal responsabilidad de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía serán los contenidos en los anexos que se acompañan a esta Resolución, adaptando el fichero "Gestión de Personal" a las modificaciones que la normativa de protección de datos recomienda y suprimiendo el fichero "Clientes/proveedores" ambos contenidos en la Resolución de este mismo Organismo de fecha 3 de agosto de 1994 (BOJA de 9 de septiembre), incluyendo 16 nuevos ficheros que no aparecían en la mencionada Resolución.

Segundo. Creación.

Se crean en la Empresa Pública de Puertos de Andalucía los ficheros automatizados de datos de carácter personal, 16 nuevos ficheros, que se describen en el Anexo II de la presente Resolución, y que no aparecían en la anterior Resolución de 3 de agosto de 1994 dictada por este Organismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica15/1999, de 13 de diciembre.

Tercero. Adaptación.

Se aprueba la modificación del fichero automatizado de "Gestión de Personal" cuyas características figuran en el Anexo II de esta Resolución, y creado por Orden de fecha 3 de agosto de 1994, reguladora de los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en este organismo dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 9 de septiembre).

Cuarto. Supresión.

Se suprime el fichero "Clientes/Proveedores" creado por Orden de fecha 3 de agosto de 1994, reguladora de los ficheros automatizados de datos de carácter personal existentes en este organismo dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 9 de septiembre).

Disposición derogatoria única.

Con el fin de facilitar la información de una manera clara para el conocimiento público se relacionan los ficheros de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía, en una sola

disposición, conteniendo los términos recogidos en el artículo

20.2 de la LOPD.

Mediante la presente Resolución queda derogada la Orden de este mismo Organismo dictada en fecha 3 de agosto de 1994 (BOJA de 9 de septiembre).

Disposición final única.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía".

Sevilla, 18 de marzo de 2004.- La Directora Gerente,

Montserrat Badía Belmonte.

ANEXO I

Listado de ficheros automatizados de datos de carácter

personal existentes en la Empresa Pública de Puertos de Andalucía:

1. Usuarios.

2. Proveedores.

3. Control de Acceso a edificios.

4. Control de presencia.

5. Promoción de Servicios.

6. Agenda de Comunicaciones y Medios.

7. Gestión de Personal.

8. Siniestros.

9. Registros de Entrada y Salida.

10. Procedimientos judiciales.

11. Representantes apoderados.

12. Recursos.

13. Procedimientos sancionadores.

14. Reclamaciones y Denuncias.

15. Gestión de Contratación.

16. Usuarios Potenciales.

17. Concesiones.

ANEXO II

REGULACION DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS DE DATOS DE CARACTER PERSONAL EXISTENTES EN LA EMPRESA

PUBLICA DE PUERTOS DE ANDALUCIA

(1) Fichero: Usuarios de la Empresa Publica Puertos de

Andalucía.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

Gestionar los recursos económicos derivados del uso de las instalaciones portuarias por los Usuarios. Se utiliza para llevar a cabo las funciones propias de gestión de cobros, contabilidad y marketing.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personal que requiera los servicios y/o acceda a las

instalaciones de esta entidad portuaria.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Del propio interesado, a través de formularios y soporte papel, ficha de control o ficha general de entrada.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo y personales: Nombre y Apellidos, Número de Identificación Fiscal, Dirección Postal y Electrónica, Número de Teléfono y Fax, Nacionalidad y Cuenta bancaria

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. Dirección General de la Policía y Guardia Civil, en virtud de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad reguladora de las actividades para el ejercicio de las funciones de vigilancia, protección y seguridad

ciudadana.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel básico.

(2) Fichero: Proveedores de la Empresa Publica Puertos de Andalucía.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad del fichero es la gestión y coordinación de las obras, servicios y suministros ofrecidos por los proveedores, y así tener un control de los mismos para el cumplimiento de sus obligaciones. Los usos que se dan al fichero son los derivados de la gestión y tramitación de expedientes de contratación.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Proveedores de servicios y productos de esta entidadpública.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

A través del propio interesado, en formularios, soporte papel y vía telemática.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección postal y electrónica.

Datos económico-financieros y bancarios.

Datos de transacciones, bienes, servicios suministrados y obras ejecutadas.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. No previstas.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación yoposición. Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel básico.

(3) Fichero: Control de Acceso a edificios.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad es la Gestión, control y seguimiento de las funciones de vigilancia y el uso que se le da es el derivado del control y seguridad respecto al personal, no vinculado laboralmente a esta entidad, que accede al edificio.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personal que accede al edificio y oficinas de esta entidad.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

A través del propio interesado en formularios.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/NIF y empresa a la que representa.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. No previstas.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel básico.

(4) Fichero: Control de presencia de los empleados.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad es el control de asistencia y horario al lugar de trabajo del personal laboral dependiente de la entidad y su uso es el derivado de este control de presencia.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personal que presta sus servicios en la Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Del propio personal, Automatizado desde el reloj a la terminal de control horario y manualmente las incidencias.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI, número de registro personal y categoría profesional.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. No se prevén cesiones.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel básico.

(5) Fichero: Promoción de Servicios de la Empresa Publica Puertos de Andalucía.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad es la promoción de los servicios y actividades gestionadas por esta entidad entre los usuarios de los puertos dependientes de la misma y los usos son los derivados de la gestión y control de los datos personales de usuarios de los puertos dependientes de este Organismo que desean información acerca de las novedades, actividades y eventos que esta entidad organiza.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Usuarios de los servicios e instalaciones de los puertos dependientes de esta entidad pública.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Del propio interesado, en formularios, soporte papel y vía telemática.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo y personales: Nombre y Apellidos, Número de Identificación Fiscal, Dirección Postal y Electrónica, Número de Teléfono y Fax, Nacionalidad.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. No previstas.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel básico.

(6) Fichero: Agenda de Comunicaciones y Medios de la Empresa Publica Puertos de Andalucía.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad del fichero es mantener una agenda de los

contactos y representantes de medios de comunicación e

instituciones públicas y privadas, nacionales e

internacionales con las que esta entidad mantiene relaciones y los usos que se darán al fichero son los de gestión de envíos de comunicaciones para la organización de actos y eventos de protocolo necesarios para el mantenimiento de relaciones institucionales de esta entidad.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personalidades y cargos de determinadas entidades relacionadas con EPPA así como de representantes de medios de comunicación e instituciones públicas y privadas.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

A través del propio interesado, en el ejercicio de sus

funciones, mediante sus tarjetas de presentación, de la institución o medio que representa, así como del fichero público, prevista como tal en el artículo 3.j) de la Ley Orgánica 15/1999, constituido por la agenda y anuario de la comunicación.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo y comerciales: Nombre y Apellidos, Número de Identificación Fiscal, Dirección Postal y Electrónica, Número de Teléfono y Fax, Nacionalidad, categoría profesional, organismo que representa.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. No previstas

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en dicho Reglamento como Nivel básico.

(7) Fichero: Gestión de Personal de la Empresa Publica Puertos de Andalucía.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad del mismo es la gestión del personal adscrito a esta entidad, gestión de los salarios mensuales así como las demás tareas inherentes a la relación laboral.

Los usos que se darán del fichero serán los derivados de la gestión de recursos humanos, control y situación laboral, gestión de nóminas, obtención de ficheros destinados a la Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social, entidades de crédito pagadoras y demás derivadas del

cumplimiento de las obligaciones legales.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personal funcionario o laboral adscritos a esta entidad.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Transmisión por medios informáticos de los datos relativos al personal o del propio interesado, en formularios, soporte papel y vía telemática.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y Apellidos, DNI o NIF, número de Seguridad Social, dirección postal, teléfono y fax.

Datos de características personales: Sexo, estado civil, nacionalidad, edad, fecha y lugar de nacimiento y datos familiares.

Datos de circunstancias sociales: Fechas y Altas, licencias, permisos, autorizaciones y situación militar.

Datos Académicos y profesionales: Titulaciones, Formación y experiencia profesional.

Datos especialmente protegidos: Afiliación sindical, bajas por enfermedad y minusvalías.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. A la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en virtud de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

A la Tesorería General de la Seguridad Social, en virtud del RDL 1/1994, de 20 de junio, texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y la Ley 42/94 que modifica el artículo

36 de la anterior Ley.

A los Sindicatos, Mutualidades de Funcionarios y Entidades bancarias colaboradoras.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Alto.

(8) Fichero: Siniestros.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad del fichero es la gestión administrativa de las personas implicadas en los siniestros y accidentes acontecidos en los diferentes puertos dependientes de esta entidad y los usos previstos son los derivados del control de los

expedientes derivados de los siniestros acontecidos en los puertos dependientes de esta entidad.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Usuarios de los servicios e instalaciones portuarias

dependientes de esta entidad e implicados en algún siniestro y/o accidente.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Del propio interesado, en formularios y soporte papel y vía telemática.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. Abogados y Procuradores de los Tribunales para el ejercicio de sus funciones.

Tribunales y Organos de Administración de Justicia.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad de nivel básico, previstas en dicho Reglamento como Nivel Bajo.

(9) Fichero: Registros de Entrada y Salida de la Empresa Publica Puertos de Andalucía.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad es la gestión del registro de entrada y salida de documentos de esta entidad, en los términos previstos en el artículo 45 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los usos que se dan al mismo son los derivados de la gestión interna de las operaciones de registro de documentos de entrada y salida en relación con el asunto que corresponda.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personas físicas o representantes de personas jurídicas que se dirigen y comunican con esta entidad.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Declaración del propio interesado en soporte papel, magnético o vía telemática.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y Apellidos, DNI o NIF, dirección postal, teléfono y fax.

Datos de representación y datos relacionados con el documento presentado.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. No previstas

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad previstas en el mismo como Nivel Bajo.

(10) Fichero: Procedimientos judiciales.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

Gestión y control de los procedimientos judiciales, ya sean contenciosos-administrativos, laborales o penales en los que está incurso esta entidad y el personal adscrito a esta entidad pública de Puertos de Andalucía.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personas físicas dependientes de la entidad y que están incursos en algún procedimiento judicial.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Declaración del propio interesado en soporte papel, magnético o vía telemática.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y Apellidos, DNI o NIF, dirección postal, teléfono y fax.

Datos relacionados con el asunto procesal.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. Abogados y Procuradores de los Tribunales para el ejercicio de sus funciones.

Tribunales y Organos de Administración de Justicia.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad de nivel básico, previstas en dicho Reglamento como Nivel Bajo.

(11) Fichero: Representantes apoderados de la Empresa Publica Puertos de Andalucía.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad del fichero es la gestión y control

administrativo interno de los apoderados de esta entidad pública.

El uso que se da a este fichero es el derivado del control de poderes, revocación, cesión y otorgamiento de poderes.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Apoderados con representación en este organismo público.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Del propio interesado en soporte papel.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y Apellidos, DNI o NIF, dirección postal, teléfono y fax.

Datos relacionados con el asunto procesal.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. Abogados y Procuradores de los Tribunales para el ejercicio de sus funciones.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad de nivel básico, previstas en dicho Reglamento como Nivel Bajo.

(12) Fichero: Recursos Administrativos.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad consiste en la gestión administrativa de los diferentes expedientes y recursos interpuestos ante la

Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía o ante la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Los usos que se dan al fichero son los derivados de la gestión y tramitación de los recursos interpuestos ante actos de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía para su resolución en el ejercicio de sus competencias.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personas físicas que interpongan recursos ante la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía y que dichos expedientes sean cedidos a esta entidad para su

resolución.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Del propio interesado, en formularios, soporte papel y vía telemática.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y Apellidos, DNI o NIF, dirección postal, teléfono y fax.

Datos relacionados con el asunto procesal.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. A la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en el ejercicio de las competencias atribuidas.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad de nivel básico, previstas en dicho Reglamento como Nivel Bajo.

(13) Fichero: Procedimientos sancionadores de la Empresa Publica Puertos de Andalucía.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

Gestión de los expedientes sancionadores que como consecuencia de las denuncias interpuestas en los diferentes puertos dependientes de este organismo, son tramitados, a través de los distintos boletines de denuncias.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personas físicas o jurídicas afectadas por los expedientes sancionadores tramitados por esta entidad.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Del propio interesado a través de los boletines de denuncias que forman parte de los expedientes sancionadores.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y Apellidos, DNI o NIF, razón, dirección postal, teléfono y fax.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. A la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la junta de Andalucía en el ejercicio de las competencias atribuidas. A otros órganos administrativos en virtud del deber de

colaboración que se establece en la ley 30/92 de Régimen Jurídico de la Administración del Estado.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad de nivel básico, previstas en dicho Reglamento como Nivel Medio.

(14) Fichero: Reclamaciones y Denuncias.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

El control y gestión de las reclamaciones y denuncias

formuladas por los particulares ante la entidad.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personas físicas o jurídicas, organismos públicos o privados que formulen reclamaciones y denuncias ante esta entidad pública Puertos de Andalucía.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Del propio interesado, en formularios y soporte papel.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y Apellidos, DNI o NIF, dirección postal, teléfono y fax.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. No previstas

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad de nivel básico, previstas en dicho Reglamento como Nivel Bajo.

(15) Fichero: Gestión de Contratación de la Empresa Publica Puertos de Andalucía.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad y usos de este fichero son el control y la gestión de las personas físicas y jurídicas que participan en procesos de licitación pública y ofertas para la contratación de obras, productos y servicios.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personas físicas y jurídicas que participan en procesos de licitación pública y ofertas para la contratación de productos y servicios.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Del propio interesado en formularios, soporte papel y vía telemática.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y Apellidos, DNI o NIF, dirección postal, teléfono y fax.

Datos profesionales y de representación.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. No previstas.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad de nivel básico, previstas en dicho Reglamento como Nivel Bajo.

(16) Fichero: Usuarios Potenciales de la Empresa Publica Puertos de Andalucía

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

La finalidad del fichero es el control de los usuarios

demandantes de las instalaciones y servicios prestados por los puertos dependientes de la entidad.

Los usos que se da a este fichero son los derivados de

gestionar las listas de espera y reserva para acceder a estos servicios.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Personal demandante de los servicios y acceso a las

instalaciones dependientes de esta entidad portuaria.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Del propio interesado, mediante formularios preparados a estos efectos en cada uno de los puertos.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección postal y electrónica.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. No previstas.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad de nivel básico, previstas en dicho Reglamento como Nivel Bajo.

(17) Fichero: Concesionesy autorizaciones otorgadas por la Empresa Publica Puertos de Andalucía.

1. La finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo.

Gestión y control de las concesiones y autorizaciones

otorgadas por esta entidad pública para el ejercicio de competencias y actividades a ella atribuidas así como para darlas a conocer en atención al interés público.

2. Las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a

suministrarlos.

Titulares de empresas y profesionales a los cuales la entidad les concede licencia para el desarrollo de actividades y competencias atribuidas a ella.

3. El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.

Del propio interesado, en formularios, soporte papel y vía telemática.

4. La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo. Datos de carácter identificativo y comerciales: Nombre, apellidos, dirección, población, provincia, DNI/CIF, teléfono, fax, dirección electrónica, número de Seguridad Social, Actividades y negocios, licencias comerciales.

5. Las cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros. No previstas.

6. Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.

La Empresa Pública de Puertos de Andalucía.

7. Los servicios o unidades ante los que pudiesen ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y

oposición.

Gerencia de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía. Sevilla.

8. Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros

Automatizados que contengan datos de carácter personal, se aplicarán a este fichero las medidas de seguridad de nivel básico, previstas en dicho Reglamento como Nivel Bajo.

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