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El apartado 1 del artículo 20 de la Ley 5/1997, de 26 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Andalucía, prevé que la duración del mandato de los miembros del Consejo Económico y Social de Andalucía será de cuatro años, renovables por períodos de igual duración. Una vez transcurrido el plazo establecido procede efectuar la renovación de cuatro miembros, dos titulares y dos suplentes, en representación de los consumidores y usuarios. La designación, conforme a lo establecido en el apartado 3 a) del artículo 9 de la Ley 5/1997, corresponde realizarla a los miembros del Consejo Andaluz de Consumo que representen a las asociaciones de consumidores y usuarios; no habiendo existido unanimidad a la hora de efectuar dicha designación, y atendiendo a los informes jurídicos obrantes en el expediente tramitado, procede acudir a un sistema rotatorio entre las distintas asociaciones.
En su virtud, a tenor de lo establecido en el apartado 1 del artículo 10 de la Ley del Consejo Económico y Social de Andalucía y en el apartado 1 del artículo 44 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y a propuesta del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico,
D I S P O N G O
Artículo único. Vengo en nombrar como miembros del grupo tercero del Consejo Económico y Social de Andalucía en representación de los consumidores y usuarios a:
- Don Francisco Sánchez Legrán, como miembro titular.
- Don Juan Moreno Rodríguez, como miembro titular.
- Don Miguel Angel Santos Genero, como miembrosuplente.
- Doña M.ª Angeles Rebollo Sanz, como miembro suplente. Sevilla, 2 de diciembre de 2003
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
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