Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 15/04/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 29 de marzo de 2004, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se acuerda la tramitación de urgencia de los procedimientos de recursos y reclamaciones contra los listados de alumnos admitidos y no admitidos en los centros sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2004/05.

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En fecha 29 de marzo de 2004 se ha dictado la siguiente Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de Sevilla.

"RESOLUCION DE LA DELEGACION PROVINCIAL EN SEVILLA DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA DE 29 DE MARZO DE 2004, POR LA QUE SE ACUERDA LA TRAMITACION DE URGENCIA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE RECURSOS Y RECLAMACIONES CONTRA LOS LISTADOS DE ALUMNOS ADMITIDOS Y NO ADMITIDOS EN LOS CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PUBLICOS PARA EL CURSO

ESCOLAR 2004/05

En virtud de lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto

77/2004, de 24 de febrero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los universitarios, ante esta Delegación Provincial se tramitan los expedientes de recursos/reclamaciones contra los listados de alumnos y alumnas admitidos y no admitidos en los diferentes centros sostenidos con fondos públicos del ámbito competencial de la misma.

Teniendo en cuenta que en el presente supuesto concurren razones de interés público para la tramitación de los mismos con la máxima celeridad, dado que el artículo 35.4 de la norma citada establece que los reseñados recursos y reclamaciones deben resolverse dentro de un plazo que garantice la adecuada escolarización del alumnado y que, para dicha Resolución, es necesario solicitar informes a otras Administraciones, se acuerda la aplicación a los reseñados procedimientos la tramitación de urgencia, para lo cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 50, apartado 1, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Contra el presente acuerdo no cabrá recurso alguno, a tenor de lo preceptuado en el apartado 2 del artículo 50 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, antes citada. Sevilla, 29 de marzo de 2004.- La Delegada Provincial, Elena Nimo Díaz." Sevilla, 29 de marzo de 2004.- La Delegada, Elena Nimo Díaz,

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