Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 21/04/2004

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Otros. AUTORIDAD PORTUARIA DE ALMERIA-MOTRIL

EDICTO de 10 de febrero de 2004, sobre notificación individualizada de deudores. (PP. 567/2004).

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MINISTERIO DE FOMENTO

AUTORIDAD PORTUARIA DE ALMERIA-MOTRIL

EDICTO

Don José Antonio Amate Rodríguez, Presidente de la Autoridad Portuaria de Almería-Motril.

Hace saber: Que al no haber sido posible efectuar la notificación individualizada a las personas que más adelante se relacionan por deudores a esta Autoridad Portuaria de Almería- Motril, por el concepto de las Tarifas y Ejercicios que se especifican, por el presente y en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les notifica para que realicen el pago en período voluntaria de las siguientes liquidaciones:

Estas liquidaciones habrán de abonarse en el plazo máximo de veinte (20) días naturales, a contar de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Orden del Ministerio de Fomento de 30 de julio de 1998, por la que se establece el régimen de las Tarifas por Servicios Prestados por las Autoridades Portuarias.

A las deudas no satisfechas en el plazo de veinte (20) días, una vez efectuada la notificación y transcurrido el término fijado para ésta, se les impondrá un recargo por demora consistente en aplicar a las cantidades adeudadas el interés legal del dinero vigente incrementado en cuatro puntos, durante el período que se haya incurrido en mora.

Contra estas liquidaciones podrá interponerse ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Almería-Motril, reclamación previa a la vía judicial civil, con los requisitos y procedimientos establecido en los artículos 122 a 124 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un (1) mes, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 9 de la Orden Ministerial de 30 de julio de

1998.

Almería, 10 de febrero de 2004.- El Presidente, José Antonio Amate Rodríguez.

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