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- En la Base 4, apartado 4.1, donde dice: "naturales"; debe decir: "hábiles".
- En la Base 10, apartado 10.1, donde dice: "naturales"; debe decir: "hábiles".
- La Base 7.5 quedará redactada de la siguiente forma: "Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles".
- La Base 13 quedará redactada de la siguiente forma: "Contra las presentes Bases podrá interponerse en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Sevilla, conforme a lo dispuesto en los artículos 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa".
Palomares del Río, 14 de abril de 2004
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