Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 26/04/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 15 de marzo de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede autorización administrativa a Horizontes de Energía, SA, para instalar una planta eólica de generación de energía eléctrica en los términos municipales de Illora y Montefrío (Granada). (PP. 1052/2004).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 9 de marzo de 2000, la empresa "Horizontes de Energía, S.A.", con domicilio social en Maracena (Granada), ctra. Maracena-Albolote km, solicitó en la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Granada, autorización administrativa para realizar una instalación eólica de generación de energía eléctrica, en los términos municipales de Illora y Montefrío (Granada), denominada "Parque Eólico Parapanda". La instalación incluía, en principio, la línea de evacuación de la energía que a iniciativa del promotor, será objeto de tramitación posterior.Segundo. De acuerdo con el artículo 9 del Decreto

2617/66, de 20 de octubre que regula el procedimiento para otorgar autorización administrativa en materia de instalaciones eléctricas, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. de

6 de marzo de 2001 y en el BOP de Granada núm. de 21 de abril de 2001, produciéndose alegaciones al mismo por el titular del Derecho Minero denominado "Santa Esther y Otras", resuelto por acuerdo entre las partes.

Tercero. La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Granada emitió Declaración de Impacto Ambiental, con fecha 6 de septiembre de 2001, por la que estima viable la instalación con los condicionados que en la misma se recogen.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, es competente para conceder la citada autorización según lo dispuesto en el Título I, artículo 13.4 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decreto 102/2003, de 15 de abril, por el que se modifica el Decreto 244/2000 de 31 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Vistos la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, así como el Decreto 2617/66 citado anteriormente.

Vistos la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Granada, así como el informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Granada.

Considerando que no hay oposición al proyecto por organismos afectados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía R E S U E L V E

Conceder Autorización Administrativa a Horizontes de Energía, S.A. para realizar la instalación referida, cuyas características principales serán:

- aerogeneradores con generador asíncrono 690/1 MW. Rotor de 3 palas de 54 m de diámetro y con superficie de rotación de

2.290 m, emplazado en torres metálicas tubulares troncocónicas.

- centros de transformación de 1.000 kVA, 0,69/33 kV, tipo interior.

- Subestación transformadora intemperie 132/33 kV, ubicada en las proximidades del Cortijo Pepiñán, en término municipal de Illora, con dos transformadores de potencia trifásicos, relación 33/132, uno de 37,5 MVA para el P.E. Parapanda y otro de 27,5 MVA para el P.E. Artesilla.

El sistema de 132 kV: Exterior convencional y el sistema de 33 kV: Cabinas de interior.

- Instalación y equipos auxiliares de protección, maniobra, control, regulación y medida.

- Potencia instalada 35.000 kW.

Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2617/66, de 20 de octubre, condicionada al

cumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental

anteriormente citada, así como a la obtención del punto de conexión necesario para evacuar la energía de acuerdo con la Orden de 30 de septiembre de 2002, por la que se regula el procedimiento para priorizar el acceso y conexión a la red eléctrica para evacuación de energía de las instalaciones de generación contempladas en el Real Decreto 2818/1998, sin perjuicio de las que correspondan conceder a otros Organismos para instalaciones anejas a la planta que quedan fuera de la competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Las obras de realización de la citada instalación no podrán iniciarse mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/66, de 20 de octubre, debiendo solicitar la indicada aprobación en un plazo máximo de 2 años. Caso de no ser factible, lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el artículo 49 de la Ley

4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía

administrativa podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de marzo de 2004.- El Director General, Jesús Nieto González.

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