Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 29/04/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 4 DE TORREMOLINOS

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 290/2003. (PD. 1281/2004).

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N.I.G.: 2990143C20038000236.

Procedimiento: Proced.Ordinario (N) 290/2003. Negociado: MA.

De: Don Helmut Peter Buchholz.

Procurador: Sr. López Espinosa Plaza , José Antonio.

Contra: Don Josef Chiess y esposa.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced.Ordinario (N) 290/2003 seguido en el J. Primera Instancia Núm. 4 de Torremolinos (Antiguo Mixto Núm. 8) a instancia de Helmut Peter Buchholz contra Josef Chiess y esposa, sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: SENTENCIA NUM.

En la ciudad de Torremolinos (Málaga) a 2 de abril de 2004.

Vistos por el Sr. don Antonio Valero González, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Cuatro de esta Ciudad y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 290/03, seguidos ante este Juzgado a instancia de Helmut Peter Buchholz y Hedwig Buchholz representados por el Procurador Sr. López-Espinosa Plaza y defendida por el Letrado Sr. Vila Marcos contra Josef Schiess y su esposa declarados en rebeldía, y,

"F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador López- Espinosa Plaza, en nombre y representación de Helmut Peter Buchholz contra Josef Schiess debo condenar y condeno al mismo a elevar a escritura pública el contrato de compraventa celebrado entre los mismos el día uno de abril de 1977 sobre los apartamentos núms. 302 y 303 sitos en el Edificio El Intimo, C/ Los Nidos, núm. 9, de Torremolinos. El apartamento núm. 302 aparece inscrito en el Registro de la Propiedad núm.

3 de Málaga, Tomo 1.046, Folio 180, Finca núm. 48.321 y el apartamento núm. 303 aparece inscrito en el Registro de la Propiedad núm. 3 de Málaga, Tomo 1.046, Folio 183, Finca núm.

48.323, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo se verificará por el Juzgado a su costa, haciendo pasar al demandado por dicho otorgamiento, todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada. Igualmente desestimando la acción ejercitada por Helmut Peter Buchholz contra la esposa de Josef Schiess y la ejercitada por Hedwig Buchholz contra Josef Schiess y su esposa, debo absolver y absuelvo a los mismos, sin expresa declaración de costas.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días a preparar ante este Juzgado y a sustanciar ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo.

E/.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Juez que la ha dictado constituido en audiencia pública.

Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Josef Chiess y esposa, extiendo y firmo la presente en Torremolinos, a dos de abril de dos mil cuatro. El/La Secretario.

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