Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 18/05/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 29 de abril de 2004, de la Delegación del Gobierno de Córdoba, por la que se determinan las cantidades que corresponden a los municipios de la provincia en concepto de nivelación de servicios municipales en el ejercicio 2004.

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La Orden de 3 de marzo de 2004, de la Consejería de Gobernación, establece en su artículo 4 los indicadores para la distribución de los créditos consignados en el presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2004 con destino al programa de Nivelación de Servicios Municipales. Dicha Orden ha tenido corrección de errores publicada en el BOJA núm. 60 del 26 de marzo de 2004.

En base a dichos indicadores, la citada Orden distribuye los créditos del programa entre las provincias andaluzas, facultando a los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía, dentro de su correspondiente ámbito territorial, la competencia para dictar la resolución que fije las cuantías correspondientes a cada municipio de la provincia, así como a la aprobación de los gastos, su compromiso y liquidación, interesando de la Consejería de Economía y Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 6 y 7 de la Orden de la Consejería de Gobernación de

3 de marzo de 2004 (BOJA núm. de 17 de marzo de 2004) y la corrección de errores publicada en el BOJA núm. de 26 de marzo de 2004,

R E S U E L V O

Primero. Distribuir la cantidad de cuatro millones ciento setenta y ocho mil quinientos sesenta euros con noventa y un céntimos de euro (4.178.560,91 E) correspondientes a la provincia de Córdoba, atribuyendo a cada municipio, por aplicación de los indicadores establecidos en el artículo 4 de la Orden de 3 de marzo de 2004, las cantidades que se indican en el Anexo.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria

0.1.11.00.01.14.46300.81A.1, el gasto total de 4.178.560,91 euros, correspondiente a las citadas transferencias, que se harán efectivas en dos pagos para cada Ayuntamiento.

El importe total del primero de dichos pagos ascenderá a

2.073.369,58 euros, y el segundo de tales pagos importará los

2.105.191,33 euros restantes.

Tercero. Dada la naturaleza jurídica de transferencias que se atribuye a los créditos de Nivelación de Servicios Municipales, los documentos de pago correspondientes se efectuarán en firme.

En el plazo de tres meses contados a partir del abono del segundo pago correspondiente a la transferencia por nivelación de servicios municipales del presente ejercicio, los municipios beneficiarios remitirán a esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, certificación en la que se acredite el ingreso de los dos pagos, los números de asientos contables practicados y la fecha de los mismos.

Cuarto. La presente Resolución, que se dicta por delegación del Consejero de Gobernación, pone fin a la vía administrativa, y podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante esta Delegación del Gobierno o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso- administrativo, en la forma y plazos establecidos en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

Córdoba, 29 de abril de 2004.- El Delegado del Gobierno, Antonio Márquez Moreno.

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