Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 30/05/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

RESOLUCION de 16 de mayo de 2005, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba la resolución definitiva del segundo procedimiento de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de determinadas especialidades de facultativos especialistas de área, se anuncia la publicación de los listados definitivos en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del SAS y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, y se inicia el procedimiento de cierre de la fase de provisión.

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De conformidad con lo establecido en las bases 8.1, 8.2 y

8.3 del Anexo I de la Resolución de 16 de mayo de 2002 (BOJA núm. 74 de 25 de junio), por la que se convoca proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de determinadas especialidades de Facultativos Especialistas de Areas dependientes del Servicio Andaluz de Salud, vistas por el Tribunal Calificador las alegaciones presentadas contra la Resolución provisional del segundo procedimiento de provisión (Resolución de 8 de abril de 2005-BOJA núm. 77 de 21 de abril-) y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio) por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el Decreto 241/2004, de 18 de mayo (BOJA núm. 99, de 21 de mayo) de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y de conformidad con la Ley

16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud (BOE núm. 280 de 22 de noviembre de 2001), esta Dirección General,

HA RESUELTO

Primero. Resolución Definitiva del Segundo Procedimiento de Provisión.

Aprobar, a propuesta de los respectivos Tribunales Calificadores, las resoluciones definitivas del segundo procedimiento de la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo por las que se adjudican definitivamente las plazas ofertadas en las especialidades que se citan, atendiendo al Hospital donde los concursantes realizaron la entrevista y al orden determinado por la puntuación total obtenida por cada uno de ellos -una vez sumadas las puntuaciones tanto de la entrevista como de los méritos valorados por el Tribunal Calificador:

- ORL.

- Pediatría.

Segundo. Publicación de listados definitivos. Anunciar la publicación de las listas definitivas del segundo procedimiento de provisión, ordenadas alfabéticamente, en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con indicación de la puntuación consignada por los concursantes en el autobaremo de méritos presentados por los mismos, de la puntuación obtenida por cada aspirante tanto en la entrevista como en la valoración de méritos, así como de la plaza definitivamente asignada, en su caso, en el Hospital donde el aspirante optó por realizar la entrevista.

Tercero. Inicio del procedimiento de cierre de la fase de provisión.

Iniciar, de conformidad con lo establecido en la base 8.3 de la convocatoria, el procedimiento de cierre de la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de las especialidades de Facultativos Especialistas de Areas que se citan en el Anexo I.

De conformidad a lo establecido en la citada base 8.3 de la convocatoria, el cierre de la fase de provisión consistirá en la adjudicación, centralizada y automática, de las plazas vacantes o no adjudicadas en el segundo procedimiento de provisión, atendiendo a la puntuación obtenida en los

apartados 2 y 3 del baremo que figura como Anexo V de la Resolución de convocatoria y por su orden.

Cuarto. Oferta de Plazas.

Aprobar la relación de plazas que se ofertan conforme a la distribución por centros de destino y especialidades que se indican en el Anexo I de la presente Resolución.

En este nuevo procedimiento de provisión se ofertan las plazas no adjudicadas, o que hayan resultado vacantes tras la

obtención de nuevo destino por los participantes que fueran titulares de las mismas, como consecuencia de la resolución definitiva del segundo procedimiento de provisión.

Quinto. Participantes.

1. Conforme a lo establecido en la base 8.3 de la

convocatoria, sólo pueden participar en este procedimiento de cierre de la fase de provisión aquellos concursantes que han participado en el segundo procedimiento y no han resultado adjudicatarios de plaza en el mismo.

2. Deberán participar obligatoriamente en esta fase de

provisión los siguientes candidatos:

a) El personal que, como consecuencia de su participación en la fase de selección del proceso de consolidación de empleo, haya sido declarado, mediante Resolución de 19 de enero de

2004 de esta Dirección General, personal estatutario en situación de expectativa de destino en la especialidad a que ahora concursa, y que habiéndose presentado a las entrevistas del segundo procedimiento de provisión no haya obtenido destino definitivo en la resolución del mismo.

El personal que se encuentre en esta situación, y no participe en este procedimiento de cierre de la fase de provisión, se le considerará decaído en sus derechos, sin que pueda

adjudicársele plaza alguna, perdiendo su situación de personal estatutario en expectativa de destino en la categoría y especialidad correspondiente.

b) El personal que se encuentre en situación de reingreso provisional en Centros Sanitarios dependientes del Servicio Andaluz de Salud -concedido en fecha anterior al inicio del primer procedimiento de provisión-, en algunas de las

especialidades que se citan en el Anexo I, deberá participar obligatoriamente en este procedimiento de cierre de la fase de provisión a fin de obtener destino definitivo en la

especialidad en la que ostente nombramiento en propiedad, solicitando, al menos, todas las plazas que se le oferten en la misma Area de Salud donde le fue concedido el reingreso provisional.

El personal en situación de reingreso provisional al servicio activo que no participe en este procedimiento de cierre de la fase de provisión, o que no pueda participar por no haber concurrido al segundo procedimiento, así como aquél que aún participado en esta fase de cierre no solicite todas las plazas a que hace referencia el párrafo anterior, será

declarado de oficio en una nueva situación de excedencia voluntaria, en el plazo de tres días hábiles desde la

resolución del procedimiento de consolidación de empleo, incluso en el supuesto de que la plaza que viniese ocupando no hubiera sido adjudicada en dicho concurso.

Sexto. Participación en el procedimiento de cierre de la fase de provisión.

Para participar en este procedimiento de cierre de la fase de provisión los concursantes deberán personarse en la sede de esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, sita en Sevilla, C/ Pedro Muñoz Torres s/n, el próximo día 7 de junio a las 11 horas.

En dicho acto, los concursantes manifestarán su voluntad de participar en este procedimiento de cierre de la fase de provisión y procederán a elegir, en su caso, un centro de destino de entre los que se le oferten.

Dicho acto estará presidido por el Director General de

Personal y Desarrollo Profesional, o persona en quien delegue, y en el mismo estarán presentes todos los participantes de la especialidad convocada. Asimismo podrá asistir un

representante de cada una de las organizaciones sindicales presentes en Mesa Sectorial.

De todas las actuaciones se levantará acta que será firmada por el Director General de Personal y Desarrollo Profesional, o persona en quien delegue, por los representantes sindicales que asistan al acto, y por uno de los participantes.

Séptimo. Elección de centro de destino.

El Director General de Personal y Desarrollo Profesional, o persona en quien delegue, procederá a llamar al participante de mayor puntuación y le instará a que elija un centro de destino de entre los ofertados en el Anexo I. Sucesivamente irá llamando al resto de participantes para que vayan

eligiendo las plazas sobrantes.

El orden de llamamiento vendrá establecido por la puntuación obtenida por cada concursante en la resolución definitiva del segundo procedimiento de provisión.

Octavo. Resolución definitiva.

Finalizado dicho acto, la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional procederá a dictar la Resolución prevista en la base 8.4 y 8.5 de la convocatoria por la que se resolverá definitivamente el proceso extraordinario de

consolidación de empleo de las especialidades citadas.

Contra la presente Resolución, que agota la via

administrativa, cabe interponer recurso potestativo de

reposición ante esta Dirección General de Personal y

Desarrollo Profesional en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o bien

directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía -Sala de lo

Contencioso-Administrativo de Granada- en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.

Sevilla, 16 de mayo de 2005.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.

ANEXO I

DISTRIBUCION DE PLAZAS

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