Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 18/01/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 30 de diciembre de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público listado definitivo de beneficiarios de la ayuda con cargo al Fondo de Acción Social, convocatoria 2003, en su modalidad de estudios, para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

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Una vez realizados los ajustes presupuestarios que se efectúan tras la resolución de las ayudas de Acción Social, dentro de un ejercicio económico, se comprueba la existencia de un presupuesto disponible por cuantía de 830.214 euros.

El artículo 6, 2 del Reglamento de ayudas de Acción Social, aprobado por Orden de la Consejera de Justicia y Administración Pública de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), establece que, en caso de que exista remanente de presupuesto en la cantidad asignada a una o a varias modalidades de ayudas, se procederá a cubrir las necesidades detectadas en otras, según propuesta de la Comisión y la Subcomisión de Acción Social, quienes tienen acordado que, respecto de las ayudas que se gestionan con cargo al Capítulo I del presupuesto, el remanente se destinará, con prioridad, a la ayuda de estudios, al ser la que más solicitantes quedan excluidos por falta de presupuesto.

La Disposición Adicional Primera de la Orden de la Consejera de Justicia y Administración Pública ya citada, relativa a la competencia para conocer sobre esta materia, faculta a esta Dirección General para dictar la Resolución necesaria en este asunto.

En base a lo expuesto y demás preceptos de general aplicación, esta Dirección General,

R E S U E L V E

Publicar un listado complementario de beneficiarios de la ayuda de "Estudios", correspondiente a la convocatoria de

2003, que quedará expuesto en esta Consejería y en las Delegaciones Provinciales de Justicia y Administración Pública y cuya consulta podrá realizarse, a su vez, a través de la página web http://cjap.junta-

andalucia.es/subvencionesyayudas/aas/aas.php, así como a web del empleado público http://empleado.juntadeandalucia.es.

Contra lo establecido en la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer los siguientes recursos:

El personal funcionario y no laboral, podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Sevilla, o ante el Juzgado en cuya circunscripción tuviera el demandante su domicilio, a elección de este último, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

El personal laboral, podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos

120 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Sevilla, 30 de diciembre de 2004.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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