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De conformidad con los artículos 59.4 y 61 de la Ley
30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y habida cuenta de que han sido intentadas las notificaciones sin que hayan surtido efecto, se notifican, por medio de su anuncio haciendo saber a los interesados que, conforme al artículo 44 del Decreto 282/2002, los padres biológicos del menor podrán comparecer en un plazo de quince días, en este Organismo, sito en C/ Ancha de Gracia núm. 6 de Granada, desde la notificación de esta resolución, a fin de poder presentar las alegaciones y documentos que estimen conveniente y conocer el contenido integro del procedimiento.
Expediente: 159 y 160/04. Que con fecha 22 de diciembre de
2004, se ha dictado Resolución de Constitución de Acogimiento Familiar Permanente en familia extensa, de forma judicial, respecto de los menores A. V. V. y E. V. V., hijos de don Enrique Viñas Rivas y doña Piedad Valdivieso Martínez, pudiendo formular reclamación ante el Juzgado de 1.ª Instancia-Familia de esta capital.
Granada, 22 de diciembre de 2004.- La Delegada, Rosario Quesada Santamarina
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