Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 09/06/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 27 de mayo de 2005, de la Delegación del Gobierno de Huelva aprobando el cambio de calificación jurídica de una finca rústica comunal del Ayuntamiento de El Almendro (Huelva) en Bien Patrimonial.

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Expediente Bienes 058-2005

Examinado el expediente instruido y de conformidad con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 20 de mayo de 2005 se recibe en el Registro General de esta Delegación del Gobierno, expediente instruido por el Excmo. Ayuntamiento de El Almendro relativo a la desafectación como bien comunal de la siguiente finca rústica, para su conversión en bien patrimonial:

Terreno con una superficie de 78.521,50 metros cuadrados, a segregar de la parcela, Polígono, situado al sur del paraje "La Peñita". La finca matriz aparece inscrita en el Registro de la Propiedad de Ayamonte al tomo 403, libro 23, folio 220, finca 1197, inscripción primera. Sus coordenadas UTM son las siguientes:

UTM X UTM Y

652764,1733 4154496,9445

652976,2601 4154593,0335

653035,9103 4154582,7594

653129,7042 4154520,9240

653106,8610 4154365,7237

652986,5398 4154357,2423

652935,2185 4154278,9179

652898,6159 4154256,5626

652843,3005 4154258,6809

Segundo. Consta en el expediente acuerdo plenario de la Entidad Local adoptado en sesión del día de marzo de 2005 con el quórum de mayoría absoluta, así como justificación documental de que dicho terreno se dejó de utilizar por el común de los vecinos desde hace aproximadamente 28 años, dado que es una tierra poco productiva. Igualmente figura en el procedimiento el certificado de exposición pública del acuerdo municipal durante el plazo de un mes sin que se hayan formulado alegaciones al mismo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo del Real Decreto Legislativo/1986, de 18 de abril; en los artículos 8 y 100 del Real Decreto/1986, de de junio; en los artículos y 81 de la Ley/1985, de de abril, así como a los requisitos exigidos en el artículo de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre y demás preceptos de general aplicación.

Segundo. El Decreto/2000, de 7 de noviembre, por el que se determinan los órganos competentes de la Consejería de Gobernación en materia de tráfico jurídico de bienes de las Entidades Locales, en su artículo 3, confiere a esta Delegación atribuciones en materia de aprobación de la desafectación de bienes comunales de las Corporaciones Locales.

En su virtud y al amparo de la legislación citada,

HE RESUELTO

Primero. Aprobar la desafectación como bien comunal del terreno propiedad del Excmo. Ayuntamiento de El Almendro que se identifica en el antecedente de hecho primero de la

presente resolución, para su conversión en bien patrimonial. La citada aprobación se realiza a reserva de que el

Ayuntamiento aporte a esta Delegación del Gobierno copia de la escritura de segregación del terreno citado y certificación registral de inscripción de la misma en el Registro de la Propiedad con la nueva calificación de patrimonial.

Segundo. Notificar dicha aprobación al Excmo. Ayuntamiento de El Almendro.

Tercero. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Contra la presente Resolución podrá interponerse el recurso de alzada del artículo de la Ley/1992, de de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Consejera de Gobernación en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Huelva, 27 de mayo de 2005.- El Delegado del Gobierno, Justo Mañas Alcón.

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