Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 09/06/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 6 de mayo de 2005, por la que se dispone la publicación de la de 21 de febrero de 2005, por la que se aprueba la Modificación núm. de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Arahal en el ámbito de las Unidades de Ejecución núms. 20, 21 y 22 y de la normativa de dicha Modificación.

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Para general conocimiento y tras haberse procedido previamente a la inscripción y depósito del Instrumento urbanístico de referencia en el Registro Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Arahal y en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se acuerda la publicación de la resolución y normativa correspondiente al citado Instrumento urbanístico según los contenidos de los Anexos y 2, respectivamente.

Sevilla, 6 de mayo de 2005

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

ANEXO 1. RESOLUCION

RESOLUCION DE 21 DE FEBRERO DE 2005, DE LA CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES, POR LA QUE SE APRUEBA LA MODIFICACION NUM. 13 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO DE ARAHAL EN EL AMBITO DE LAS UNIDADES DE EJECUCION NUMS. 20, 21 Y 22

El Ayuntamiento de Arahal (Sevilla) ha formulado la Modificación núm. 13 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de dicho municipio, que tiene por objeto el cambio de las determinaciones vigentes de las citadas Normas en el ámbito de tres Unidades de Ejecución en suelo urbano, la UE-20, UE-21 y UE-22, conllevando un cambio de clasificación de unos terrenos que pasan de suelo no urbanizable a urbano, integrándose en el ámbito de las citadas Unidades de Ejecución, y una nueva ordenación con alteración de los espacios libres y dotaciones.

La citada Modificación ha sido aprobada inicial y provisionalmente por el citado Ayuntamiento, mediante acuerdos del Pleno de 27 de marzo de 2003 y 30 de septiembre de 2004, respectivamente.

El artículo 5.3.d) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con los artículos 31 y 36.2.c.2.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, atribuye al titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes la competencia para aprobar las modificaciones de los instrumentos de planeamiento urbanístico que, siendo competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tengan por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de parques, jardines o espacios libres, dotaciones o equipamientos, todo ello previo informe del titular de la Dirección General de Urbanismo y dictamen favorable del Consejo Consultivo de

Andalucía.

La Ley 8/1993, de 19 de octubre, de creación del Consejo Consultivo de Andalucía, determina en su artículo 16.8.d) la consulta preceptiva a este órgano en este tipo de modificaciones del planeamiento urbanístico.

En desarrollo de los anteriores preceptos, con fecha 20 de diciembre de 2004, la Directora General de Urbanismo ha emitido un informe con carácter favorable sobre la presente Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico Municipal de Arahal y con fecha 3 de febrero de

2005, el Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido dictamen favorable.

Vistos los referidos informes, las disposiciones legales de aplicación y de acuerdo con las competencias que tengo

atribuidas por el art. 5.3.d) del Decreto 193/2003,

RESUELVO

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación núm. de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Arahal (Sevilla), en las Unidades de Ejecución núms. 20, 21 y 22, por cuanto su contenido, determinaciones y tramitación son acordes con la legislación urbanística vigente.

Segundo. Este Acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Arahal y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, previo depósito en los registros administrativos de

instrumentos de planeamiento del citado Ayuntamiento y de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, respectivamente.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-

administrativo, ante la correspondiente Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO 2. NORMATIVA

CUADROS COMPARATIVOS DE LAS UNIDADES

DE EJECUCION

Se adjuntan a continuación los cuadros comparativos de

superficies de la ordenación vigente con los resultantes de la ordenación propuesta en esta Modificación.

height="15">.

- Usos en zona de no edificación.

La zona de no edificación reflejada en el planeamiento

modificado está impuesta por los informes sectoriales del Servicio de Carreteras de la Delegación de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía. Como usos pormenorizados se incluyen los vinculados al uso industrial que no contemplen edificación alguna incluyendo como edificación los

cerramientos de fábrica.

- Sistema de actuación.

Se establece para las tres unidades de ejecución el sistema de compensación. Este sistema se podrá sustituir por los de cooperación/expropiación si transcurrido un año desde la aprobación definitiva de esta modificación, no se han

presentado en el Excmo. Ayuntamiento de Arahal, los

correspondientes proyectos de reparcelación para su aprobación municipal.

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