Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 10/06/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 1 de junio de 2005, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se hace pública la adjudicación de una beca para la formación de personal técnico de archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales, convocada por Resolución que se cita.

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Reunida la Comisión de Selección el día 29 de abril de

2005 para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución de esta Delegación Provincial de fecha 14 de febrero de 2005 (BOJA núm., de 24 de febrero) y en relación con la Ley/2003, de de noviembre, General de Subvenciones, la Ley/2004, de de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras y las bases establecidas en el Anexo I de la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de de agosto de 2003 (BOJA núm. 183, de 23 de septiembre), que convocaba una beca para la formación de personal técnico de archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales de esta Delegación y teniendo en cuenta la propuesta llevada a cabo por dicha Comisión, considerando las calificaciones obtenidas,

HA RESUELTO

Primero. Adjudicar la beca con una dotación de 1.100 euros/mes, durante doce meses, a partir del uno de junio de

2005, y con cargo a las aplicaciones presupuestarias 0.1.15.00

02.29.48000.75A.0 y 3.1.15.00.02.29.48000.75A.6.2006, para realizar trabajos en materia de archivos y aplicaciones informáticas a fondos documentales a:

Espert Simó, Vanesa; 44604388-M.

Suplentes:

Primera. Morales Lozano, Laura; 53693864-L.

Segunda. Bautista González, María Luisa; 53685524-M .

Segundo. A tenor de lo dispuesto en la base tercera del Anexo I de la Orden de 27.8.03 citada, los trabajos, estudios e informes realizados por los adjudicatarios en el disfrute de sus becas, serán propiedad de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

Tercero. Además de las obligaciones previstas en los artículos

105 y 108, de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el pago de la última mensualidad estará condicionado a la entrega de una memoria de las actividades realizadas durante el período de duración de la beca, de conformidad con lo establecido en la base novena a que se refiere la Convocatoria.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición en el plazo de un mes o impugnar directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo.1 de la Ley/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Málaga, 1 de junio de 2005.- El Delegado, José Cosme Martín Jiménez.

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