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NIG: 2905441C20034000080.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 90/2003. Negociado: AM.
De: Canales y Lumbreras, S.A.
Procuradora: Sra. Luque Rosales, M.ª Isabel.
Contra: Don Juan Manuel Moguel Moreno.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 90/2003, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola a instancia de Canales y Lumbreras, S.A. contra Juan Manuel Moguel Moreno, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
S E N T E N C I A
En la ciudad de Fuengirola (Málaga), a veintinueve de junio de dos mil cuatro.
Vistos ante este Tribunal compuesto por la Ilma. Sra. Magistrado doña María de los Angeles Ruiz González, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Fuengirola y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado a instancia de Canales y Lumbreras, S.A. que estuvo representado por el Procurador de los Tribunales doña María Isabel Luque Rosales, y asistido del Letrado don José Luis García H. Sarazá, contra don Juan Manuel Moguel Moreno, que permaneció en situación procesal de rebeldía, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad.
F A L L O
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Canales y Lumbreras, S.A. contra don Juan Manuel Moguel Moreno, debo condenar y condeno al demandado a que pague a la demandante la cantidad de siete mil doscientas catorce euros con doce céntimos (7.214,12 euros), de principal, más los intereses devengados desde la fecha de la presentación de la demanda e intereses legales, todo ello con condena en costas a la parte demandada.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Juan Manuel Moguel Moreno, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a veintinueve de marzo de dos mil cinco.- El/La Secretario.
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