Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 17/06/2005

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

NOTIFICACION de la Delegación Provincial de Huelva, de Acuerdo de Iniciación en los procedimientos de desamparo núm. 353-2005-21-000068.

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De conformidad con el art. 59.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el art. del Decreto 42/02, de 12 de febrero, del Régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica Acuerdo de Iniciación en el procedimiento de desamparo núm.-2005-21-

000068, relativo al menor A.J.A.B., al padre del mismo don Javier Aguilar Orbe, por el que se acuerda:

1. Iniciar el procedimiento de desamparo con respecto a A.J.A.B.

2. Declarar la situación provisional de desamparo de A.J.A.B, y en base a tal declaración, ejercer la tutela de dicho menor de conformidad con lo dispuesto en el art. 172 del Código Civil.

3. Constituir el residencial del menor que será ejercido Unidad Familiar núm. 4, C/ Acacia, núm. 15. 21400, Ayamonte.

4. Se autorizan las visitas de los padres, familiares y allegados en los días y horarios señalados por el Centro a tal fin.

5. Designar como Instructor del procedimiento que se inicia a Miguel Calero Bermejo.

6. Comunicar el presente acuerdo a las partes interesadas y a los órganos administrativos, de acuerdo con los arts. 22.2 y

29.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero.

Con respecto a los padres o tutores del menor se les comunica que disponen, según el artículo 24.1 del Decreto 42/2002, de

12 de febrero, de un plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a esta notificación, para aportar cuantas alegaciones y documentos estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse.

El artículo 42.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, establece el plazo general para la Resolución y notificación del presente procedimiento de tres meses, pudiendo acordarse la ampliación del mencionado plazo según el artículo 49 de la citada norma.

En caso de que al vencimiento del plazo máximo establecido no se haya dictado y notificado Resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento. En este supuesto, la resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo se informa sobre la posibilidad de intervenir en dicho procedimiento por medio de representante, pudiendo solicitar ante el Colegio de Abogados competente el beneficio de justicia gratuita y el nombramiento en su caso del Letrado que le asista, en defensa de sus intereses, de acuerdo con los requisitos y procedimiento establecidos legalmente al efecto.

Contra este acto no cabe recurso alguno, pudiendo alegarse la oposición al mismo por los interesados, para su consideración en la Resolución que ponga fin al procedimiento conforme a lo previsto en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Huelva, 28 de abril de 2005.- El Delegado, José Martín Gómez.

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