Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 23/06/2005

3. Otras disposiciones

Otros. CAMARA DE CUENTAS DE ANDALUCIA

RESOLUCION de 31 de marzo de 2005, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Tarifa, correspondiente al ejercicio 2001.

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En virtud de las facultades que me vienen atribuidas por el artículo 21 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Institución, en la sesión celebrada el día 15 de febrero de 2005,

R E S U E L V O

De conformidad con el art. 12 de la citada Ley 1/1988, ordenar la publicación del Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Tarifa, correspondiente al ejercicio 2001.

Sevilla, 31 de marzo de 2005.- El Consejero Mayor, Rafael Navas Vázquez.

FISCALIZACION DEL AYUNTAMIENTO DE TAFIFA (CADIZ)

Ejercicio 2001

El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión celebrada el día 15 de febrero de 2005 con asistencia de todos sus miembros, ha acordado aprobar por unanimidad el Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Tarifa, correspondiente al ejercicio 2001.

I N D I C E

I.INTRODUCCION

I.1. Objetivo, alcance y metodología

I.2. Limitaciones al alcance

I.3. Control interno

II.AREAS DE FISCALIZACION

II.1.Aspectos generales

II.1.1. Aprobación del Presupuesto

II.1.2. Modificaciones

II.1.3. Estados y Cuentas Anuales

II.2.Gastos de personal

II.3.Gastos corrientes

II.4.Endeudamiento

II.4.1. Cálculo del Ahorro Bruto, Ahorro Neto y Carga

Financiera

II.5.Transferencias

II.5.1. Transferencias concedidas

II.5.2. Transferencias recibidas

II.6.Inmovilizado

II.7.Recaudación

II.8.Ingresos patrimoniales

II.9.Tesorería

II.10.Deudores y Acreedores

III.CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

IV.OPINION

V.ANEXOS

V.1.Anexo I. Estados y cuentas anuales

V.2.Anexo II. Operaciones de crédito y tesorería

V.3.Anexo III. Derechos pendientes de cobro y obligaciones pendientes de pago incluidos en el remanente de tesorería

V.4.Anexo IV. Criterios para determinar los derechos que pudieran considerarse de difícil materialización, según el artículo 172 de la Ley 39/1988 reguladora de las Haciendas Locales y 101 y siguientes del Real Decreto 500/1990, por el que se desarrolla el Capítulo I del texto de la Ley 39/1988, en materia de presupuestos

A B R E V I A T U R A S

AEATAgencia Estatal de Administración Tributaria

artArtículo

BOPBoletín Oficial de la Provincia de Cádiz

CCACámara de Cuentas de Andalucía

EEuros

EEFFEntidades Financieras

IAEImpuesto sobre Actividades Económicas

IBIImpuesto sobre Bienes Inmuebles

ICALOrden de 17 de julio de 1990, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Local

IIVTNUImpuesto sobre Incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana

INEMInstituto Nacional de Empleo

IRPFImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

IVTMImpuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

kmkilómetros cuadrados

LRFPLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública

LCAPReal Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas

LGPLey General Presupuestaria, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre

LRBRLLey 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local

LRHLLey 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de Haciendas Locales

mEMiles de euros

MPMillones de pesetas

ptas.Pesetas

Ptes.Pendientes

RDReal Decreto

RDLReal Decreto Legislativo

SASociedad Anónima

SLSociedad Limitada

SSSeguridad Social

TGSSTesorería General de la Seguridad Social

UPDPUso privativo del dominio público

URTASAUrbanizadora Tarifeña Sociedad Anónima

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