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Al amparo de la Orden de 25 de enero de 2005 de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), fue convocada la concesión de subvenciones para la organización de actividades físico-deportivas y para la participación en competiciones oficiales, correspondientes al ejercicio 2005.
El artículo 10 de la Orden, recoge en su apartado tercero la delegación del Consejero de Turismo, Comercio y Deporte en favor de los Delegados Provinciales de esta Consejería para la resolución de las solicitudes acogidas a dicha Orden.
De otra parte dicho artículo señala que el plazo de resolución y notificaciones será de tres meses desde la fecha de entrada en registro de las solicitudes.
Concurriendo la circunstancia prevista en el apartado 6.º del artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, consistentes en el excesivo número de las solicitudes formuladas y las personas afectadas que pudieran suponer un incumplimiento del plazo máximo de resolución y notificación por el órgano competente para resolver, procede razonablemente acordar la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación de dichas solicitudes.
Por todo lo expuesto y de conformidad con el artículo de la citada Ley 30/1992 LRJAP-PAC en relación con el artículo 10 de la Orden mencionada, esta Delegación Provincial ha resuelto:
Ampliar el plazo de resolución y notificación de las subvenciones convocadas por la citada Orden, en tres meses.
Contra la presente Resolución y de conformidad con lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, no cabe recurso alguno.
Granada, 13 de junio de 2005.- La Delegada, M.ª Sandra García Martín.
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