Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 01/07/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 22 de noviembre de 2004, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se concede una subvención a Vivienda y Desarrollo de Aracena Empresa Municipal, S.L., para la construcción de 4 viviendas de Régimen Especial en La Umbría, Aracena (Huelva), C/ La Iglesia (expte. 21-1-PO-E-00-0031/00).

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Vista la solicitud de Calificación Provisional de fecha 20 de junio de 2000 presentada en esta Delegación por Vivienda y Desarrollo de Aracena Empresa Municipal con CIF B21248240, Expediente 21-1-PO-E-00-0031/00, Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, para la construcción de 4 vivienda de Régimen Especial sitas en Aracena (Huelva), C/ La Umbría, C/ La Iglesia, y teniendo en cuenta los siguientes:H E C H O S

Primero. Con fecha 23 de marzo de 2004 el citado expediente obtuvo de esta Delegación Provincial Calificación Definitiva de Vivienda de Régimen Especial con destino a venta.

Segundo. El municipio de Aracena no se encuentra entre los declarados como singulares en la Orden 738/2002, de 27 de marzo, del Ministerio de Fomento.

Tercero. El promotor de esta actuación, de Régimen Especial y desarrollada en municipio no singular, opta a las ayudas establecidas en el artículo 117 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 127/2002, de 17 de abril, para aquellas viviendas que cumplan las limitaciones de superficies regladas en dicho artículo. En el Anexo I se incluye relación de contratos correspondientes a viviendas de dicha promoción, visados hasta la fecha por esta Delegación Provincial, con especificación del importe de la ayuda calculada por cada una de dichas viviendas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. De conformidad con lo establecido en el artículo 117 del citado Decreto, la Consejería de Obras Públicas y Transportes, dentro de sus posibilidades presupuestarias, podrá conceder al promotor de actuaciones en Régimen Especial que se desarrollen en municipios no declarados singulares, una subvención equivalente al 5% del precio de venta de las viviendas cuya superficie útil no supere los 70 metros cuadrados, o bien de 90 metros cuadrados cuando las viviendas se destinen a familias numerosas.

Segundo. De conformidad con el art 113 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, que establece que los/las titulares

de las Delegaciones Provinciales de la COPT resolverán sobre las ayudas económicas solicitadas, es por lo que:

Esta Delegación Provincial, a la vista de lo anterior, y teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa preceptiva.

R E S U E L V E

Conceder a Vivienda y Desarrollo de Aracena Empresa Municipal una subvención por importe de nueve mil ochocientos veintiún euros con cincuenta y seis céntimos (9.821,56 euros).

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Huelva, 22 de noviembre de 2004.- La Delegada, Rocío Allepuz Garrido.

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