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NIG: 410910OC20030036585.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1464/2003. Negociado: 34.
Sobre: Resolución contrato de arrendamiento por no ocupación.
De: Mirohe, S.L.
Procurador: Sr. Miguel Angel Márquez Díaz171.
Letrado: Sr. Isidoro Rodríguez Habela.
Contra: Doña Estrella Muñoz Hernández.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1464/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Sevilla a instancia de Mirohe, S.L., contra Estrella Muñoz Hernández sobre resolución contrato arrendamiento por no ocupación, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM.
En la Ciudad de Sevilla a 10 de mayo de 2005.
Vistos por el Ilmo. Sr. don Francisco Berjano Arenado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Once de esta Ciudad los presentes autos de juicio ordinario sobre resolución de contrato de arrendamiento urbano, seguidos con el núm. 1464/03 entre partes, de la una como demandante la Entidad Mirohe, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don Miguel Angel Márquez Díaz y defendida por el Letrado don Isidoro Rodríguez Habela, que firmó la demanda y don Enrique Alvarez Rodríguez, que asistió al acto de audiencia previa y de la otra como demandada doña Estrella Muñoz Hernández, en situación procesal de rebeldía.
F A L L 0
Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales don Miguel Angel Márquez Díaz, en nombre y representación de la entidad mercantil Mirohe, S.L., contra doña Estrella Muñoz Hernández, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento celebrado en fecha de 14 de octubre de 1960 sobre la vivienda sita en la calle Jimios, núm., bajo 2 de esta Ciudad y que ligaba a las partes, debiendo condenar y condenando a la parte demandada a estar y pasar por tal declaración, así como a que deje dicho inmueble libre de enseres y moradores y todo ello con expresa imposición de las costas a dicha la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla en el plazo de cinco días a contar del siguiente a la notificación que deberá ser preparado e interpuesto ante este Juzgado.
Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Estrella Muñoz Hernández, extiendo y firmo la presente en Sevilla a diez de mayo de dos mil cinco.- La Secretario.
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