Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 15/07/2005

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

ACUERDO de 5 de julio de 2005, del Consejo de Gobierno, por el que se actualizan las cuantías de los precios públicos de los servicios académicos de las enseñanzas de Grado Superior de Música y de Grado Superior de Danza.

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El Acuerdo de 4 de septiembre de 2001, del Consejo de Gobierno, determinó los servicios susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos relativos a las enseñanzas de Grado Superior de Música. Asimismo, el Acuerdo de 30 de julio de 2002, del Consejo de Gobierno, determinó los servicios académicos de las enseñanzas de Grado Superior de Danza susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos.

Los artículos 145.3, 146.2 y 150.1 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, disponen que corresponde al Consejo de Gobierno fijar precios públicos inferiores al coste del servicio o disponer su no exigencia cuando existan razones sociales que así lo aconsejen; lo que se efectuó mediante los Acuerdos del Consejo de Gobierno anteriormente citados.

De acuerdo con lo anterior, procede actualizar para el próximo curso escolar 2005-2006 las cuantías aprobadas por los citados Acuerdos del Consejo de Gobierno de 4 de septiembre de 2001 y de 30 de julio de 2002, y que fueron revisadas mediante Acuerdos del Consejo de Gobierno de 8 de julio de 2003 y de 6 de julio de 2004, previéndose para cursos posteriores su actualización en función del índice de Precios al Consumo.

En su virtud, a iniciativa de la titular de la Consejería de Educación, y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 5 de julio de

2005, adoptó el siguiente

A C U E R D O

Primero. Se actualizan para el curso escolar 2005-2006 las cuantías de los precios públicos por la prestación de los servicios académicos de las enseñanzas de Grado Superior de Música y de Grado Superior de Danza, que son las que se señalan en el Anexo del presente Acuerdo.

Segundo. Las cuantías de los precios públicos previstas en el Anexo del presente Acuerdo se actualizarán en función del Indice de Precios al Consumo mediante Orden de la Consejería de Educación publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de julio de 2005

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Economía y Hacienda

A N E X O

1. Apertura expediente: 17,28 euros.

2. Curso completo: 404,34 euros.

3. Asignaturas sueltas:

- En primera matrícula, por cada crédito: Precio del curso completo / número de créditos del curso.

- En segunda matrícula, por cada crédito: Precio del curso completo / número de créditos del curso, más el 15%.

- En tercera o sucesivas matrículas, por cada crédito: Precio del curso completo / número de créditos del curso, más el 50%.

4. Prueba de acceso: 34,55 euros.

5. Servicios generales: 6,91 euros.

6. Los beneficiarios de becas o ayudas al estudio de carácter general, obtenidas al amparo de lo establecido en el Real Decreto 2298/1983, de 28 de julio, por el que se regula el sistema de becas y otras ayudas al estudio de carácter

personalizado, no abonarán cantidad alguna por distintos conceptos anteriormente referidos, siendo igualmente de aplicación a los beneficiarios de las becas y ayudas de carácter especial a que se refiere el Título III del

mencionado Real Decreto, cuando así se establezca en la correspondiente convocatoria.

Las víctimas de actos terroristas, así como sus cónyuges y sus hijos, no abonarán cantidad alguna por la prestación de los servicios académicos de estas enseñanzas. Asimismo, no abonará cantidad alguna la persona con la que la víctima hubiera venido conviviendo con análoga relación de afectividad a la del cónyuge.

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