Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 19/07/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº1 DE LUCENA

EDICTO dimanante del procedimiento de separación por causa legal núm. 76/2000. (PD. 2688/2005).

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Número de Identificación General: 1403841C20001000094.

Procedimiento: Separación por causa legal 76/2000.

Negociado: JP

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Lucena.

Juicio: Separación por causa legal núm. 76/2000.

Parte demandante: Carmen Lara Buendía.

Parte demandada: Manuel Gámez Guerrero.

Sobre: Separación por causa legal.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

"SENTENCIA

En Lucena a veintiséis de enero de dos mil uno. La Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Lucena y su Partido, doña Macarena Sánchez del Rosalo, ha visto y examinado los presentes autos de Separación seguidos bajo el núm. 76/00."

"FALLO

Que estimando en parte la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ruiz de Castroviejo en nombre y representación de doña Carmen Lara Buendía contra don Manuel Gámez Guerrero, debo acordar y acuerdo la separación matrimonial de ambos cónyuges, elevando a definitivas las medidas provisionales que fueron acordadas por auto de fecha 6 de junio de 2000, declarando la disolución del régimen económico matrimonial sin que haya lugar a establecer pensión com

pensatoria a favor de la esposa, todo ello sin hacer especial pronunciamiento en materia de costas ....."

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de fecha 6 de julio de 2005 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la fijación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de notificación de Sentencia al demandado don Manuel Gámez Guerrero.

Lucena, seis de julio de dos mil cinco.- El/La Secretario/a Judicial.

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