Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 26/07/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 8 de julio de 2005, de la Universidad de Granada, por la que se anuncia la convocatoria de concurso interno de méritos para la provision de puestos de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios en el área funcional AF3 (Bibliotecas).

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Encontrándose vacantes en esta Universidad los puestos de trabajo del área funcional AF3 que se acompañan como Anexo I a esta Resolución, y siendo necesaria su provisión según lo previsto en la legislación general de funcionarios, (Ley

30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio), en la legislación autonómica de desarrollo (Ley

6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía), en los Estatutos de la Universidad de Granada (aprobados por Decreto 325/2003, de 25 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía) y en el Reglamento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada (Resolución de 25 de julio de 1997, BOJA núm. 116, de 4.10.97).

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo.2.e) de la misma norma, así como en el artículo 158 de los Estatutos de la Universidad de Granada, ha dispuesto anunciar la convocatoria de provisión de los puestos relacionados en el Anexo I, por el procedimiento de concurso interno de méritos, con arreglo a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Requisitos y condiciones de participación.

1.1. Podrán tomar parte los funcionarios de carrera al servicio de la Administración de la Universidad de Granada que reúnan los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada, publicada por Resolución de 3 de diciembre de 2004 (BOJA núm. 4, de 7.1.2005) y que se encuentren en la situación de servicio activo o en las situaciones de servicios especiales, excedencia forzosa o voluntaria, declaradas por el órgano competente de la Universidad de Granada.

1.2. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular sólo podrán participar si al término de presentación de instancias llevasen más de dos años en dicha situación.

1.3. Están obligados a participar, los funcionarios que presten servicios en la Universidad de Granada que tengan atribuido, mediante adscripción provisional, el desempeño de un puesto de trabajo.

1.4. Los puestos de trabajo que pueden ser objeto de solicitud son los que aparecen relacionados en el Anexo I de esta convocatoria. En dicho Anexo se incluyen los puestos de trabajo vacantes y aquellos puestos actualmente ocupados que pudieran quedar vacantes como consecuencia de la obtención por sus actuales titulares de otros puestos de trabajo en el presente concurso, y resulte necesaria su cobertura.

1.5. De acuerdo con lo dispuesto en el Baremo que se recoge en el apartado 2 de las presentes Bases, se cubrirán mediante concurso de méritos específico los puestos de trabajo convocados cuyo nivel de intervalo sea 2 ó 3. El resto de puestos se cubrirán mediante concurso de méritos general.

1.6. Para poder participar en el concurso de los puestos de trabajo que en el Anexo I se indica que tienen como requisito exigido para su desempeño "Conocimiento Idiomas" (columna de observaciones) será necesario acreditar dichos conocimientos en el idioma Inglés mediante la superación de la correspondiente prueba de aptitud, realizada por la autoridad convocante en el plazo de un mes a partir de la finalización de la presentación de solicitudes.

1.7. De igual forma, para poder participar en el concurso de los puestos que en el Anexo I tienen como requisito exigido para su desempeño "Dominio Ofimática" (columna de

Observaciones) será necesario acreditar dichos conocimientos mediante la superación de la correspondiente prueba de

aptitud, realizada por la autoridad convocante en el plazo de un mes a partir de la finalización de la presentación de solicitudes.2. Méritos.

2.1. La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas se ajustará al baremo que se recoge a continuación, aprobado por Consejo de Gobierno en su sesión de 9 de mayo de

2005 (BOJA núm. 111, de 9.6.05)

Parte general (máximo 79 puntos)

1.º Méritos de carácter personal (Hasta un máximo de 41 puntos).

1.1. Grado consolidado: Máximo 12 puntos.

30: 12 puntos.

29 y 28: 11 puntos.

27 y 26: 10 puntos.

25 y 24: 9 puntos.

23 y 22: 8 puntos.

21 y 20: 7 puntos.

19 y 18: 6 puntos.

17 y 16: 5 puntos.

15 o menor: 4 puntos.

1.2. Pertenencia a Cuerpo o Escala: Máximo 8 puntos.

Se valorará la pertenencia al Cuerpo o Escala en función del grupo sólo para los concursos a puestos con doble grupo de adscripción y de acuerdo con la siguiente puntuación:

Grupo Superior: 8 puntos.

Grupo Inferior: 4,25 puntos.

1.3. Antigüedad: Máximo 12 puntos.

0,50 puntos por año o fracción mensual que proporcionalmente le corresponda, de servicios prestados en la Universidad de Granada.

0,25 puntos por año o fracción mensual que proporcionalmente le corresponda, de servicios prestados en otras

Administraciones Públicas.

1.4. Titulación: Máximo 9 puntos.

Licenciado: 8 puntos.

Diplomado: 6 puntos.

Bachiller o equivalente: 3 puntos.

G. Escolar o equivalente: 1 punto.

Se otorgará 1 punto adicional en los casos en que exista una doble titulación reglada o la posesión del grado de doctor.

No se valorarán como méritos títulos académicos

imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las reconocidas por el M.º de Educación y Ciencia con carácter general válidas a todos los efectos.

2.º Méritos de carácter profesional (Hasta un máximo de 38 puntos).

2.1. Cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo al que se aspira: Máximo 15 puntos.

Se valorarán los cursos organizados por el INAP, INAPE, IAAP, Universidad de Granada y otros Organismos oficiales de

Formación. Para ello deberá aportarse por los interesados, además de la correspondiente certificación, documentación que acredite los siguientes extremos: Número de horas, asistencia o en su caso aprovechamiento.

Se valorará a razón de 0,03 puntos por hora de formación.

Título de Experto: 1,50 puntos.

Máster: 3 puntos.

Con la excepción de los títulos de Experto y Máster la

puntuación de los cursos se incrementará en el 100% de su valor, si se acreditara no sólo la asistencia sino la aptitud o aprovechamiento.

Exclusivamente para el Personal funcionario de Bibliotecas y de Informática, se valorarán aquellos otros cursos organizados por Colegios, Asociaciones y Sociedades profesionales

relacionadas con estas áreas.

La Comisión deberá inexcusablemente hacer público junto con el resultado del concurso, la relación de cursos y puntuaciones asignadas a cada uno de ellos.

2.2. Valoración del trabajo desarrollado. Máximo 19 puntos.

La Comisión valorará el trabajo desarrollado y rendimiento apreciado en los candidatos en los distintos puestos de trabajo, según los siguientes criterios:

- Hasta un máximo de 5 puntos, teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en puestos de trabajo de cada nivel.

30 y 29: 0,50 puntos por año o fracción mensual.

28 y 27: 0,45 puntos por año o fracción mensual.

26 y 25: 0,40 puntos por año o fracción mensual.

24 y 23: 0,35 puntos por año o fracción mensual.

22 y 21: 0,30 puntos por año o fracción mensual.

20 y 19: 0,25 puntos por año o fracción mensual.

18 y 17: 0,20 puntos por año o fracción mensual.

16 y 15: 0,15 puntos por año o fracción mensual.

14 y 13: 0,10 puntos por año o fracción mensual.

12 o menor: 0,05 puntos por año o fracción mensual.

- Hasta un máximo de 10 puntos, teniendo en cuenta la

experiencia en el desempeño de puestos de trabajo y la

similitud/analogía entre su contenido técnico y el de aquéllos a los que aspira.

A estos efectos se establecen las siguientes Areas de

similitud/analogía constituidas por las Unidades que se especifican a continuación:

Areas de similitud/analogía a efectos de concursos:

Area 1: Servicios y Estructuras de Gestión y Administración (AF1).

Area 2: Centros Académicos (AF2).

Area 3: Bibliotecas (AF3).

Area 4: Informática (AF4).

La valoración de la experiencia en este apartado se realizará asignando:

a) 0,75 puntos por año o fracción mensual correspondiente, por el desempeño del mismo puesto al que se aspira dentro de la misma Unidad.

b) 0,60 puntos por año o fracción mensual correspondiente, por el desempeño de distinto puesto al que se aspira, dentro de la misma Unidad.

c) 0,40 puntos por año o fracción mensual correspondiente, por el desempeño de puestos de trabajo en diferentes Unidades dentro del mismo Area.

d) 0,30 puntos por año o fracción mensual correspondiente, por el desempeño de puestos de trabajo en distintas Areas.

- Con carácter excepcional, y previos los informes que, en su caso, se estimen oportunos, la Comisión podrá asignar hasta un máximo de 4 puntos, en atención a las aptitudes y rendimientos apreciados a los aspirantes en los puestos anteriormente desempeñados.

2.3. Otros méritos: Hasta un máximo de 4 puntos.

La Comisión podrá valorar otros méritos (otras titulaciones académicas, experiencia acreditada en otros trabajos de la Administración Pública o empresa privada relacionada con la plaza a que se aspira, publicaciones, comunicaciones,

ponencias, becas, ayudas y premios recibidos, cursos

impartidos, etc.) que se aporten por los aspirantes y que no estén incluidos en los distintos apartados del presente baremo.

Parte Específica (máximo 21 puntos).

La parte Específica será de aplicación a todos aquellos puestos de trabajo convocados cuyo nivel de intervalo sea 2 ó

3.

Para poder acceder al puesto de trabajo solicitado, el

candidato deberá obtener en la parte Específica una puntuación mínima de 8 puntos.

1.1. Memoria: Máximo 9 puntos.

Los candidatos/as elaborarán y presentarán, por quintuplicado, una Memoria, con una extensión máxima de 20 páginas, según formato que se acompaña como Anexo III, que consistirá en una descripción de las medidas que se proponen para desarrollar la función a ejecutar descrita en el Acuerdo de Homologación del Personal de Administración y Servicios de las Universidades Públicas Andaluzas (las descripciones de los distintos puestos se acompañan como Anexo IV,) teniendo en cuenta la competencia relacionada asignada al puesto.

1.2. Entrevista y defensa de la Memoria: Máximo 12 puntos.

La Comisión entrevistará a los candidatos/as sobre el

contenido de la memoria y de otros aspectos relacionados con el puesto de trabajo que se solicita.

2.2. Conservación y depósito de la memoria.

2.2.1. La memoria, una vez finalizado el proceso de

valoración, será devuelta a aquellos candidatos que, no habiendo obtenido el puesto, así lo soliciten. No obstante, un ejemplar de la misma quedará depositada en el Servicio de PAS como documentación del expediente del concurso.

2.2.2. La memoria del candidato que obtenga el puesto objeto de concurso se remitirá a la Unidad Orgánica correspondiente para conocimiento general. Así mismo, un ejemplar quedará a disposición de la Gerencia, al objeto de poder realizar el correspondiente seguimiento de ejecución.

3. Solicitudes.

3.1. Los interesados dirigirán sus solicitudes al

Excelentísimo y Magnífico Sr. Rector de la Universidad de Granada, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el día 1 hasta el 18 de septiembre de 2005, ambos incluidos, y se presentarán en el Registro General de la Universidad de Granada o en la forma establecida en el

artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.2. Las solicitudes deberán ajustarse al modelo Anexo II, que se recogerá en el Servicio de Personal de Administración y Servicios, en la que se relacionarán los puestos de trabajo solicitados por orden de preferencia, tanto los vacantes como aquellos relacionados que estando ocupados en la actualidad puedan quedar vacantes con motivo del presente concurso y ser objeto de resultas.

3.3. Los requisitos a que hace referencia la base 1 y los méritos deberán ser acreditados mediante los documentos justificativos correspondientes.

3.4. Los interesados que soliciten puestos de trabajo de nivel

2 ó 3 deberán presentar por quintuplicado, la/s Memoria/s para la aplicación de la parte específica del baremo, bien junto con la solicitud o en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Para aquellos puestos que queden vacantes y sean objeto de resultas, el plazo para presentar la/s Memoria/s será

igualmente de un mes desde la fecha de publicación en el tablón de anuncios del Servicio de Personal de Administración y Servicios de la adjudicación definitiva de los puestos.

3.5. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y para la posesión y valoración de los méritos que se aleguen será el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

3.6. Una vez transcurrido el plazo de presentación de

instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario, no admitiéndose ni alteraciones ni

modificaciones en las mismas.

3.7. La lista de admitidos y excluidos se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Personal de Administración y Servicios, concediéndose un plazo de cinco días naturales para posibles reclamaciones, que serán resueltas por la Gerencia.

4. Comisión de Valoración.4.1. Los méritos serán valorados por una Comisión, que estará compuesta por los siguientes

miembros:

Miembros titulares:

Presidente: Don José Jiménez Benavides. Gerente de la

Universidad de Granada.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos actuará como Secretario: Don Roberto Gómez Amate y don Félix Raya Muñoz (Secretario).

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las

Organizaciones Sindicales: Doña Mercedes López Roldán y don Cristóbal Pasada Ureña.

Miembros suplentes:

Presidente: Don José Sánchez Rodrigo. Vicegerente de Asuntos Económicos.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos actuará como Secretario: Don Lucas Montes Muñoz y don Antonio Fernández Porcel (Secretario).

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las

Organizaciones Sindicales: Don Marciano Almohalla Gallego y doña Cristina Peregrín Pardo.

4.2. La Comisión podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que en calidad de asesores actuarán con voz pero sin voto.

4.3. Corresponde a la Comisión de Valoración interpretar y aplicar el baremo, así como hacer las propuestas de

adjudicación de los puestos de trabajo objeto del presente concurso.5. Resolución del concurso y tomas de posesión.

5.1. Resuelto el concurso, la Comisión de Valoración expondrá en el tablón de anuncios del Servicio de Personal de

Administración y Servicios de Administración y Servicios el resultado con la adjudicación provisional de los puestos correspondientes a la misma, abriéndose un plazo de tres días para que los interesados puedan reclamar ante dicha Comisión para la corrección de errores materiales o de hecho.

5.2. El orden de prioridad para la adjudicación de la plaza vendrá dado por la puntuación obtenida. En caso de empate en la puntuación total, se tendrá en cuenta la puntuación

obtenida en los méritos, según el siguiente orden de

prioridad: el grado personal, la valoración del trabajo desempeñado, los cursos de formación y perfeccionamiento y la antig?edad. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo.

5.3. La publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de la resolución del concurso pondrá fin al

procedimiento y figurarán los datos del funcionario y del puesto adjudicado; la publicación servirá de notificación a los interesados y, a partir de la misma, empezarán a contarse los plazos establecidos.

5.4. El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia. Si la resolución

comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde la fecha de concesión de dicho reingreso.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando

finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas

justificadas el órgano convocante acuerde suspender el

disfrute de los mismos.

Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se

considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el primer año.

5.5. Excepcionalmente, la Gerencia de la Universidad de Granada, por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, podrá aplazar la fecha de incorporación del

funcionario al nuevo puesto de trabajo, como máximo tres meses.

5.6. Los destinos adjudicados serán irrenunciables.

6. Norma final.

6.1. La interpretación de las presentes bases y la resolución de las incidencias que se planteen en ocasión de la aplicación de las mismas corresponderá a la Comisión de Valoración.

6.2. A efectos del cómputo de los distintos plazos recogidos en la presente convocatoria, el mes de agosto se declara inhábil.

6.3. Para la valoración de la experiencia profesional a la que se refiere el apartado 2.2 del Baremo, el tiempo de desempeño en los puestos del área: Previsión de Nuevas Necesidades, adscritos a la Unidad Orgánica de Gerencia, se considerarán prestado en el área funcional de la Unidad de Destino a la que hayan sido adscritos los mismos, y en puestos de la plantilla tipo de igual denominación y nivel de intervalo.

6.4. De igual forma, cuando sea necesario para la valoración de los distintos méritos a que hace referencia el Baremo, establecer equivalencias entre puestos de la anterior Relación de Puestos de Trabajo y la actualmente vigente, la Comisión de Valoración establecerá las mismas en base a lo dispuesto en la Resolución de la Gerencia de la Universidad de Granada de fecha 1 de junio de 2005 por la que se hace pública la Tabla de Equivalencias.

6.5. La presente convocatoria y los actos derivados de la misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre de 1992), modificada por Ley

4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14 de enero de 1999).

Granada, 8 de julio de 2005.- El Rector, David Aguilar Peña.

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ANEXO III

Formato para la presentación de la Memoria:

- Tipo de letra: Times New Roman (10).

- Interlineado: Sencillo.

- Margen superior: 2,5 cm.

- Margen inferior: 2,5 cm.

- Margen izquierdo: 3 cm.

- Margen derecho: 3 cm.

- Encuadernación: 0 cm.

- Posición del margen interno: Izquierda.

- Orientación: Vertical.

- Tamaño de papel: Ancho: 21 cm/Alto: 29,7 cm

(formato A4).

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 42) height="15">.

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