Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 01/08/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 22 de julio de 2005, de la Dirección General de Recursos Humanos y Medicina Legal, por la que se resuelve los beneficiarios de las distintas Ayudas de Acción Social ejercicio 2004 para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Por Resolución de 7 de julio de 2004, de la Dirección General de Recursos Humanos y Nuevas Tecnologías, se aprobó convocatoria de Ayudas de Acción Social, ejercicio 2004, para el personal funcionario de la Administración de Justicia, en las modalidades de ayudas por estudios de funcionarios, ayuda a minusválidos, ayuda por hijos menores de 18 años, ayuda por hijos mayores de 18 años y ayuda por alquileres.

Por Resolución de 26 de mayo de 2005, se dio trámite de audiencia a los posibles beneficiarios de las Ayudas de Acción Social para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia conforme a la Base Sexta 8 y aquellos cuyas solicitudes resultaban desestimadas conforme a lo dispuesto en los apartados 6 y 7 de la Base Sexta para que en el plazo de 10 días alegaran lo que estimasen conveniente en defensa de sus intereses.

Transcurrido el plazo anterior conforme al apartado 9 de la Base Sexta y una vez examinadas las alegaciones y en virtud del artículo 9.a) del Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por Decreto

132/2005, de 24 de mayo,

HA RESUELTO

Primero. Conceder las Ayudas de Acción Social ejercicio 2004 al personal al servicio de la Administración de Justicia, que figura en los listados definitivos de beneficiarios en sus distintas modalidades, asimismo publicar los listados de excluidos con las causas de exclusión previstas en los apartados y 7 de la Base Sexta y aquellos por falta de crédito presupuestario. Los referidos listados serán publicados en los tablones de las Delegaciones Provinciales de Justicia y Administración Pública, Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales.

Segundo. Acordar hacer efectivo el importe de las Ayudas.

Tercero. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este Organo en el plazo de un mes o ser impugnada directamente, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo competente en el plazo de dos meses, ambos a contar desde el día siguiente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley 30/1992, de RJAP y PAC, y 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de julio de 2005.- El Director General, Alberto Jiménez Lirola.

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