Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 24/01/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 30 de diciembre de 2004, por la que se autoriza el cambio de titularidad al centro docente privado Albaydar, de Sevilla.

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Montserrat Negre Rigol, como Presidenta de la Sociedad Civil de Actividades Profesionales, Culturales y Deportivas, titular del centro docente privado "Albaydar", con domicilio en Avda. de la Palmera, 36, Sevilla, solicitando cambio de titularidad del citado centro cuyas enseñanzas fueron autorizadas por Orden de la entonces Consejería de Educación y Ciencia de 5 de marzo de 2002 (BOJA de 4 de abril), según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que por la citada Orden de 5 de marzo, el centro con código 41007060 tiene autorización para impartir Bachillerato: dos unidades de Ciencias de la Naturaleza y la Salud y cuatro unidades de Humanidades y Ciencias Sociales; Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio: uno de Comercio y tres de Gestión Administrativa; y Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior: dos de Administración y Finanzas y dos de Secretariado. Funcionan en régimen de concierto durante el curso 2004/05 tres unidades de Ciclos Formativos de Grado Medio y seis unidades de Ciclos Formativos de Grado Superior. Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad del referido centro, a favor de la entidad "Sociedad Civil de Actividades Profesionales, Culturales y Deportivas, Albaydar". Resultando que la entidad "Sociedad Civil de Actividades Profesionales, Culturales y Deportivas, Albaydar", mediante escritura de cesión de titularidad otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, don Rafael Leña Fernández, con el número 2324 de su protocolo, fechada en Sevilla a veintinueve de octubre de dos mil cuatro, cede la titularidad del mencionado centro a la "Asociación Educativa, Social y Cultural Albaydar", inscrita en el Registro de Asociaciones de Andalucía con el núm. 5604 de la Sección Primera de Asociaciones, quedando representada por don Ignacio José Valduerteles Bartos, Presidente de dicha Asociación. Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma.

Vistas: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE de 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que imparten enseñanzas escolares de régimen general; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio (BOE de 28), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad en la Educación; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia, esta Consejería de Educación,

HA DISPUESTO

Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro docente privado "Albaydar", con código 41007060 de Sevilla, que en lo sucesivo la ostentará "Asociación Educativa, Social y Cultural Albaydar", que como cesionaria queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afectan al centro, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las

relacionadas con las ayudas y préstamos que el centro pueda tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración que a continuación se especifica:

Denominación Genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación Específica: "Albaydar".

Titular: Asociación Educativa, Social y Cultural Albaydar. Domicilio: Avda. de la Palmera, 36.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código del Centro: 41007060.

Enseñanzas autorizadas:

- Bachillerato:

Modalidad: Ciencias y Tecnología.

Capacidad: 2 unidades para 53 puestos escolares.

Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 4 unidades para 87 puestos escolares.

Transitoriamente y hasta que se implanten las enseñanzas correspondientes al Bachillerato, en la modalidad de Ciencias y Tecnología, de acuerdo con el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, el centro podrá impartir en las unidades autorizadas de dicha modalidad las enseñanzas correspondientes a la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud (2 unidades para 53 puestos escolares) del

Bachillerato establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre.

- Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio:

Comercio.

Núm. Ciclos: 1.

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

Gestión Administrativa.

Núm. Ciclos: 3.

Grupos: 3.

Puestos escolares: 90.

- Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior.

Administración y Finanzas.

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Secretariado.

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del Centro.

Tercero. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 30 de diciembre de 2004

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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