Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 12/08/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 6 de junio de 2005, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los estatutos de la Fundación Hospital de San Juan de Dios, de la localidad de Bujalance.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Hospital de San Juan de Dios, de la localidad de Bujalance, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha 6 de mayo de 2005 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitud para la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación, adoptada por su Patronato.

Segundo. La Fundación fue reconocida, y clasificada por el Ministerio de la Gobernación, por Orden de 19 de septiembre de

1935.

Tercero. La modificación estatutaria afecta en general a su adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

Cuarto. A dicha solicitud se adjuntó copia simple de la escritura de elevación a público del acuerdo social relativo a la adaptación de Estatutos, otorgada el 9 de noviembre de 2004 ante la notario doña Gloria Calero González, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 845 de su protocolo.

Quinto. La escritura pública incorpora certificación del acta de 18 de marzo de 2004, de la reunión del Patronato, en la que se aprueba el borrador de Estatutos, Acuerdo de 24 de mayo de

2004 de la Secretaría General Técnica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, prestando conformidad al citado borrador de Estatutos y el texto íntegro de los Estatutos modificados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto

279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al presente expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 29 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta en el expediente que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, habiendo obtenido un pronunciamiento favorable por Resolución de la Secretaría General Técnica de 21 de enero de

2005.

Cuarto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. La Consejería de Justicia y Administración Pública es competente para resolver el presente procedimiento de

inscripción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 de su Reglamento de organización y funcionamiento.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Hospital de San Juan de Dios, de la localidad de Bujalance, que se contienen en la escritura pública otorgada el 9 de noviembre de 2004, ante la notario doña Gloria Calero

González, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 845 de su protocolo.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados, su comunicación al Protectorado de

Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a la Administración del Estado y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 6 de junio de 2005.- La Directora General,

M.ª Luisa García Juárez.

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