Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 23/08/2005

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

ORDEN de 21 de julio de 2005, por la que se acuerda avocar la competencia que se cita, delegada en la titular de la Delegación Provincial de Córdoba, para delegarla en el titular de la Viceconsejería.

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El artículo 6.6.b) de la Orden de esta Consejería de 12 de julio de 2004 (BOJA núm. 150, de 2 de agosto), delega en los titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería la competencia para la imposición de sanciones por infracciones graves previstas en la Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en materia de Drogas y la resolución de los recursos que se interpongan contra las mismas, hasta que se suscriban los oportunos convenios entre la Administración de la Junta de Andalucía y los respectivos Ayuntamientos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto

167/2002, de 4 de junio, por el que se desarrollan determinados aspectos de la citada Ley 4/1997. Razones de orden técnico y eficacia administrativa aconsejan avocar la competencia conferida por la mencionada Orden de 12 de julio de 2004, en relación con la resolución del recurso núm. 14/2005, interpuesto por don Horacio Antonio Antolí Ranchal contra resolución de la Delegada Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Córdoba, de fecha 23 de noviembre de 2004, recaída en el procedimiento sancionador núm. 17/2004, y su posterior delegación en el titular de la Viceconsejería.

En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

D I S P O N G O

Primero. Avocar la competencia para la resolución del recurso núm. 14/2005 interpuesto por don Horacio Antonio Antolí Ranchal contra resolución de la Delegada Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Córdoba, de fecha 23 de noviembre de 2004, recaída en el procedimiento sancionador núm. 17/2004, delegada en la titular de la Delegación Provincial de dicha capital en virtud del artículo

6.6.b) de la Orden de 12 de julio de 2004, y delegarla en el titular de la Viceconsejería.

Segundo. En los actos administrativos que se adopten en virtud de la delegación de competencias que se confiere por la presente Orden se indicará expresamente esta circunstancia. Sevilla, 21 de julio de 2005

MICAELA NAVARRO GARZON

Consejera para la Igualdad y Bienestar Social

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