Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 166 de 25/08/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 28 de julio de 2005, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Albondón, Albuñol, Almuñécar, Gualchos-Castell de Ferro, Itrabo, Jete, Lentejí, Lújar, Motril, Otívar, Polopos, Rubite, Sorvilán y Salobreña, integrados en la Mancomunidad de Municipios de La Costa Tropical de Granada (Granada). (PP. 3132/2005).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

Cuota fija o de servicio

Uso doméstico

Calibre del contador en mm euros/mes Hasta 20 1,3595 25 4,4889

30 6,4576

40 11,4852

50 17,9492

65 30,3451

80 45,9536

100 71,8161

125 y mayores 112,2164

Se aplicará el mayor de los dos valores siguientes:

a) El de la tabla según el calibre del contador.

b) El resultado de multiplicar el número de viviendas y/o locales suministrados, por la cuota correspondiente a un contador de 13 mm.

Para las bocas de incendio, se aplicará, como cuota del servicio, la correspondiente al calibre de la acometida al sistema que las soporta.

Uso industrial, comercial, organismos

oficiales y otros usos

Calibre del contador en mm euros/mes Hasta 20 1,3807

25 4,5590

30 6,5584

40 11,6645

50 18,2294

65 30,8188

80 46,6710

100 72,9372

125 y mayores 113,9681

Se aplicará el mayor de los dos valores siguientes:

a) El de la tabla según el calibre del contador.

b) El resultado de multiplicar el número de viviendas y/o locales suministrados, por la cuota correspondiente a un contador de 13 mm.

Para las bocas de incendio, se aplicará como cuota del servicio, la correspondiente al calibre de la acometida al sistema que las soporta.

Bonificaciones: Conforme a las Normas Reguladoras aprobadas por la Junta General de la Mancomunidad, con fecha 23 de junio de 2005, que se transcriben a continuación:

- Centros de Enseñanza.

Los suministros de Enseñanza Secundaria y Concertados se bonificarán respecto de las cuotas de uso de organismos oficiales, aplicando los siguientes precios:

Calibre del contador en mm euros/mes

Hasta 20 0,8271

25 2,7354

30 3,9337

40 7,0013

50 10,9416

65 18,4899

80 28,0052

100 43,7663

125 y mayores 68,3848

- Consumos municipales.

Se bonificarán respecto de las cuotas de uso de los organismos oficiales, aplicando los siguientes precios:

Calibre del contador en mm euros/mes

Hasta 20 0,8271

25 2,6429

30 3,8007

40 6,7646

50 10,5716

65 17,8646

80 27,0581

100 42,2862

125 y mayores 66,0723

Cuota variable o de consumo

Uso doméstico euros/m3

De 0 a 20 m3/mes 0,2406

Más de 20 m3 0,4090

Bonificaciones: Conforme a las Normas Reguladoras aprobadas por la Junta General de la Mancomunidad, con fecha 23 de junio de 2005, que se transcriben a continuación:

Por consumo.

Todos los consumos entre 0 y 7 m3 al mes y que no sobrepasen dicha cantidad, se facturarán a 0,0802 euros/m.Jubilados- Pensionistas.

Para los jubilados-pensionistas que cumplan los siguientes requisitos:

- La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el salario mínimo

interprofesional.

- Tengan un único suministro a su nombre, siendo éste el domicilio habitual.

- No convivan con otras personas con rentas contributivas.

- Su consumo sea menor o igual a 10 m al mes.

Se les aplicará una bonificación del 100% a los primeros 7 m al mes.

Uso industrial, comercial y otros usos euros/m3

De 0 a 20 m/mes 0,4138

Más de 20 m/mes 0,6358

Bonificaciones: Conforme a las Normas Reguladoras aprobadas por la Junta General de la Mancomunidad, con fecha 23 de junio de 2005, que se transcriben a continuación:

A todos los consumos entre 0 y 7 m al mes y que no sobrepasen dicha cantidad, se les facturará a 0,2433 euros/mUso centros oficiales:

Bloque único 0,6192 euros/m Bonificaciones: Conforme a las Normas Reguladoras aprobadas por la Junta General de la Mancomunidad, con fecha 23 de junio de 2005, que se transcriben a continuación:

- Centros de Enseñanza.

Los consumos de los Centros de Enseñanza Secundaria públicos y concertados, se bonificarán para el año 2005 en 0,3856

euros/m, facturándose por lo tanto a 0,2336 euros/m.

- Consumos municipales.

Los consumos municipales de los Ayuntamientos adscritos al Servicio de Abastecimiento de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical de Granada, se bonificarán para el año 2005 en 0,3856 euros/m, facturándose por lo tanto a 0,2336 euros/m.

Cuota de contratación

Calibre del contador en mm euros

Hasta 13 27,0617

15 36,8963

20 61,4962

25 86,0959

30 106,2490

40 142,3490

50 178,4490

65 232,5990

80 286,7490

100 y mayores 358,9490

Fianzas:

- Para contratos de suministro de uso doméstico e industrial, cualquiera que sea el calibre del contador, que no tenga un tiempo determinado de duración: 23,3557 euros.

- Para contratos de suministro de obras o de duración

determinada:

Calibre del contador en mm euros

Hasta 13 60,3108

15 92,9411

20 219,6981

25 430,2714

30 742,6047

40 1.761,1997

50 3.439,1889

Derechos de acometida

Parámetro A: 12,6352 euros/mm

Parámetro B: 175,5005 euros/l/seg

Cuota de reconexión

Calibre del contador en mm euros

Hasta 13 27,0617

15 36,8963

20 61,4962

25 86,0959

30 106,2490

40 142,3490

50 178,4490

65 232,5990

80 286,7490

100 y mayores 358,9490

Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los

artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de julio de 2005.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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