Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 169 de 30/08/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 11 de julio de 2005, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación, que se cita (Expte. AT-6503/02). (PP. 3162/2005).

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Visto el escrito de solicitud formulado por "Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.".

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha de 10.6.2004, registro de entrada número

1440, don Pedro Javier Zarco Periñán, con DNI número

27.287.398-Z, en representación de la mercantil "Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.", con CIF núm. B-82.846.817, con domicilio en la Avda. de la Borbolla núm. 5, C.P. 41004, en la ciudad de Sevilla, solicitó autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la variante del tramo comprendido entre los apoyos núm. 31 y núm. 37 de la línea aérea a 220 kV S/C Puerto de la Cruz-Facinas, en el término municipal de Tarifa (Cádiz).

Segundo. De acuerdo con el artículo 125 del Real Decreto

1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante R.D. 1955/2000), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el BOP de Cádiz con el número 200 de 28.8.2004 y en el BOJA con el número 190 de 28.9.04.

Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 127 y

131 del R.D. 1955/2000, se le dio traslado a las administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, con bienes y derecho a su cargo, al objeto de que establezcan el condicionado técnico procedente. En concreto, al Ayuntamiento de Tarifa y a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Cuarto. En fecha de 25.8.04, se recibe en esta Delegación, escrito del Ayuntamiento de Tarifa, al que adjunta informe técnico en el que manifiesta, que con carácter previo deberá solicitarse informe al Area de Patrimonio y Montes del Ayuntamiento; y antes del inicio de las obras, deberá solicitarse la correspondiente licencia de obra municipal. Del citado escrito, se dio traslado al peticionario para aceptación o reparos.

En fecha de 16.7.04, se le da traslado a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, a fin de prestar conformidad u oposición, así como, para establecer el condicionado técnico procedente, reiterándose en fecha de 29.10.04, con indicación de que transcurrido el plazo de 10 días, se le tendría por conforme.

Quinto. Durante el período de información pública, han presentado alegaciones, los siguientes: Don Roy Hazle, don Miguel Medina González, don Francisco Ballesteros Meléndez, doña Antonia León González, doña Isabel León González, don José León González, don Luis León González, doña María Luz León González, doña Francisca León González, doña Lucrecia Victoria Marín Delgado, doña Juana Marín Delgado, doña Isabel Rosario Marín Delgado, doña Josefa Marín Delgado, don Juan Meléndez Marín. Todos ellos, manifestaron que consideraban correcto el trazado; pero que ello, supone una diferenciación de trato, por la no modificación del trazado, para con sus fincas, lo que sitúa a la Administración en clara desviación de poder; solicitando el cambio del trazado actual de la línea en lo que afecta a sus propiedades.

En fecha de 30.9.04, se le dio traslado de las mismas a la peticionaria; manifestando, que en las alegaciones se considera correcto el trazado; y que las solicitudes efectuadas, serían atendidas de conformidad con el artículo

153.1 del R.D. 1955/2000, siendo los gastos de la variación, a costa del solicitante de la misma.

Sexto. En fecha de 18.11.04, la Consejería de Medio Ambiente requiere la remisión del Estudio de Impacto Ambiental, como requisito para iniciar el trámite establecido en el Decreto

292/95, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el

Reglamento de Evaluación Ambiental; siendo remitido en fecha de 10.12.04.

En fecha de 18.5.05, tuvo entrada en esta Delegación, escrito de la Consejería de Medio Ambiente al que se adjuntaba

Declaración de Impacto Ambiental; estableciendo condicionados a la misma.

A los anteriores antecedentes de hecho, le corresponden los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primiro. Esta Delegación Provincial es competente para otorgar la citada autorización y aprobación del proyecto, según lo dispuesto en el artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía, L.O.

6/1981, de 30 de diciembre, así como los Decretos de

Presidencia de la Junta de 11/2004, de 14 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, BOJA núm. 59, de 28.3.2005, de la

Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delega competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de Innovación, Ciencia y

Empresa.

Segundo. Se han cumplido los trámites reglamentarios

establecidos en el Título VII, del Real Decreto 1955/2000, de

1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del Sector Eléctrico.

Tercero. En cuanto a las alegaciones efectuadas, hay que señalar que ninguna se opone al trazado propuesto, por

entender que es correcto. En cuanto a las peticiones

efectuadas, relativas al cambio de trazado de la actual línea, que fue aprobada en su día y que discurre por sus propiedades, hay que señalar, que el presente no es el procedimiento adecuado para formular tal petición. Para el cambio de

trazado, solicitado en los escritos de alegaciones, la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, establece en su artículo 58 que el dueño podrá solicitar el cambio de trazado de la línea, si no existen dificultades técnicas, corriendo a su costa los gastos de la variación. Finalmente la aprobación, no supone diferencia de trato. "Endesa

Distribución Eléctrica, S.L.U.", fundamenta su solicitud en la petición formulada por la Entidad Local Autónoma de Facinas, para liberar unos terrenos en los que existe una residencia de ancianos y se proyecta un futuro parque industrial; con lo que, la fundamentación jurídica está basada en la orientación al servicio de los intereses generales, de cara a la

comunidad, y no al servicio de ningún interés particular, cumpliéndose así lo establecido en el artículo 103.10 de la Constitución Española.

En cuanto a la desviación de poder alegada, hay que decir "que quien alega que un órgano administrativo se apartó del cauce jurídico, ético y moral que está obligado a seguir, debe demostrar la intencionalidad torcida y desviada del mismo, no siendo suficientes simples alegaciones, al ser necesaria una prueba, si no plena, si suficiente para crear en el Tribunal una razonable convicción sobre el fin perseguido por los actos impugnados se aparta del interés público..." (Sentencia de 22 de marzo de 2005, Sección 3.ª, Sala de lo

ContenciosoAdministrativo del Tribunal Supremo).

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,

RESUELVE

Primero. Conceder autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución a "Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.", para realizar la instalación referida, cuyas

características principales serán:

Descripción de la instalación: Linea 220 kV.

- Origen: Apoyo núm. 31 existente.

- Final: apoyo núm. 37 existente.

- Tipo: Aérea S/C.

- Longitud en Km.: 3,0912.

- Tensión de servicio: 220 kV.

- Conductor: LARL-HAWK.

- Cable de tierra: OPGW 48 fibras.

- Apoyos metálicos galvanizados.

Finalidad de la instalación: Liberar servidumbres de paso.

Referencia: Expediente AT-6503/02.

Segundo. Antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación en cuestión se deberá tener en cuenta lo

siguiente:

1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás

licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación.

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen.

3. El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir de la notificación de la presente resolución.

4. El titular de la citada instalación, dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la

correspondiente acta de puesta en servicio.

5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de

aplicación durante la ejecución del proyecto y en su

explotación.

6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la

Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las

disposiciones legales vigentes.

7. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionamientos que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Ilmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo

114.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

Cádiz, 11 de julio de 2005.- La Delegada, Angelina María Ortiz del Río.

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