Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 27/01/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 14 de enero de 2005, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se crea en el Ayuntamiento de Estepona (Málaga), el puesto de trabajo de Secretaría Adjunta y se clasifica como Secretaría de clase segunda.

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Vista la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Estepona (Málaga), relativa a la creación en la plantilla de personal del Ayuntamiento del puesto de trabajo de Secretaría Adjunta, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada, sobre la base del Acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 9 de junio de 2004.

Tramitado expediente de conformidad con lo previsto en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en el Decreto/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto/1994, de 29 de julio, relativas al régimen jurídico de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y de conformidad con el artículo 12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Crear en la plantilla del Ayuntamiento de Estepona (Málaga), el puesto de trabajo de Secretaría Adjunta y clasificarlo como Secretaría de clase segunda, para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de Secretaría, categoría de entrada.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de enero de 2005.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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