Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el recurso contencioso-administrativo número 290/2004, interpuesto por doña Josefa Márquez García, contra resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Córdoba, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, de fecha 4.2.2004, expediente CO/AAI/00455/2003, se ha dictado Sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Córdoba, con fecha
20 de octubre de 2004, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallo: Que debo desestimar y desestimo el recurso interpuesto, en los propios términos dichos que se tienen aquí por reproducidos por ser la Resolución recurrida conforme a Derecho. Todo ello sin expresa condena en costas."
Según lo establecido en el artículo 118 de la Constitución y
17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 17 de enero de 2005.- El Secretario General
Técnico, Javier Aguado Hinojal.
Descargar PDF